sábado, 29 de septiembre de 2012

Asegura Leonardo Palacios: Implementación de la moneda comunal es inconstitucional

Asegura Leonardo Palacios: Implementación de la moneda comunal es inconstitucional
  • La moneda comunal (google)
Caracas, septiembre 26 (Marlene Monsalve).- Hasta este viernes, estará abierta la consulta pública en torno a las normas que regirán los aspectos relacionados con el diseño, fabricación y uso de la moneda comunal, de acuerdo con la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal.
Leonardo Palacios, abogado experto en tema de las comunas, explicó que la moneda comunal usada como forma de pago o en representación de una forma alternativa como trueque, toma y dame, cambalache, dando y dando es absolutamente inconstitucional.
“También son inconstitucionales las leyes del poder popular que abarca a la Ley Orgánica del Poder Popular; Ley Orgánica de las Comunas; Ley Orgánica de Contraloría Socia;, Ley Orgánica de la Economía Comunal; Ley Planificación Pública y Popular y por último la Ley Orgánica del Poder Público Municipal”.
Señala que en Venezuela la gente aún no ha entendido que la aplicación de este tipo de leyes o sistema de trueque, está inserto en un plan que lo que busca simplemente es el apoderamiento de los medios de producción, distribución, la asignación y dirección del consumo a través de lo que se conoce como “centralismo democrático o planificación centralizada, la cual establece que todas estas leyes del Poder Popular, como una forma alternativa de ver funcionar lo que se establece como el Estado Social de Derecho”.
Recordó que estas leyes debieron ser objeto de reforma. “En el 2007, el pueblo le dijo no a la Reforma Constitucional, pero igual fueron aprobadas como orgánicas, entre gallos y medianoche, el 21 de diciembre de 2010”.
Reiteró que “todas estas leyes son inconstitucionales, porque tienen una estructura política, las cual hace que se desaparezcan las sociedades intermedias. Generan además todos un proceso de controles y contrapeso al poder nacional como son, los Estados y los Municipios”.

Estructura paralelaManifestó además que con estas normativas, se crean estas formas de participación que se apoyan en el Poder Popular y que al final resultan ser una estructura paralela, que posee un sistema económico con el que se busca la intervención del Estado; la abolición de la propiedad privada y los mecanismos que permiten tener acceso al mercado, como la adquisición de bienes y la posibilidad de darle a la moneda un valor, como se establece con la ley de costos y la demanda.
Aseguró también que la implementación de la moneda comunal en un Estado centralizado, evita el problema de acceso al dinero físico, hace ilusoria la productividad y los elementos de medición de rentabilidad y ganancias, la cual en la actualidad es controlada por la Ley de Costos y Precios Justos.
“No se podrá medir la productividad a efectos de la medición de los salarios, buscan una forma sustitutiva con relación al tipo de trabajo” y agregó que la moneda comunal es un instrumento ideologizante, que será simplemente manejado por grupos de comunas, en un sistema económico paralelo y que está al margen de la Constitución y atribuciones del Banco Central de Venezuela.
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