domingo, 6 de mayo de 2012

Nueva Lottt es fuente de conflicto cuando debería promover soluciones

Nueva Lottt es fuente de conflicto cuando debería promover soluciones
El abogado José Dionisio Morales, experto en Derecho Laboral, explicó que la nueva Ley del Trabajo es rígida, ideologizante, y plantea una desigualdad entre trabajadores y el patrono

Ideologizante, rígida y altamente sancionatoria, son solo algunos de los calificativos atribuidos a la nueva Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt), creada y firmada recientemente por el presidente Hugo Chávez, y cuya constitucionalidad fue avalada la tarde del viernes por el Tribunal Supremo de Justicia.
Expertos consultados por diferentes medios de comunicación en los últimos días, luego de que finalmente se pudo conocer el contenido de este instrumento legal, han señalado que la misma no beneficia en nada a los trabajadores, cierra las posibilidades de aumentar la generación de empleo y busca castigar duramente a los patronos.
A juicio del invitado a este Desayuno en la Redacción, "la ley es fuente de conflicto cuando debía ser fuente de solución", a propósito de la existencia de una serie de omisiones peligrosas y la promoción de la desigualdad entre las partes, a partir de "una errada noción de que el patrono siempre busca burlar la ley y burlar al trabajador".
En esta extensa y completa entrevista que presentamos a continuación, el abogado José Dionisio Morales, especialista en Derecho Laboral, cuestiona también que este texto legal fue lamentablemente contaminado por un ambiente electoral, de manera innecesaria, lo cual habría llevado a la falta de ponderación en la elaboración de algunos artículos.
Morales fue recibido por Ricardo J. Degwitz, presidente de Editorial Notitarde; Laurentzi Odriozola Echegaray, director del diario; Margarita Jiménez Márquez, miembro de la junta directiva, Omaira Puente, gerente de Recursos Humanos; María Inés Ferrero, gerente de Relaciones Institucionales; Humberto Torres, editor de Ciudad; Daniela Chirinos Arrieta, editora de Cultura y quien suscribe, Francisco Briceño Jiménez.
Es la segunda ley más importante y no fue discutida en la Asamblea
La intervención del abogado José Dionisio Morales inicia destacando el talante ideologizante de la ley. "En la parte de arriba dice que el Presidente dicta la ley con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y engrandecimiento del país".
A propósito de esto, agrega que hay serios cuestionamientos sobre la constitucionalidad del instrumento, ya que algunos dicen que por ser Ley Orgánica, tenía que discutirse en la Asamblea Nacional. "Eso es un tema esencial. Se dice que después de la Constitución, ésta es la ley más importante, entonces tuvo que ser la Asamblea Nacional quien la discutiera porque ahí debe estar representado todo el país, las tendencias y distintos sectores sociales y en ese seno debió discutirse y sin embargo no se hizo".
Ahora bien, toda vez que ya está firmada por el Primer Mandatario Nacional, Morales no desestima las intenciones de algunos grupos de impugnarla, toda vez que por la relevancia de la misma, al ser de carácter orgánica, ameritaba incluso la aprobación de las dos terceras partes del Parlamento Nacional.
Asimismo, resalta que no se tomó en cuenta al país, al sector patronal, a las academias, las universidades, colegios de abogados ni colegios de relacionistas industriales.
"De esa gente nadie fue tomado en cuenta ni consultado, a diferencia del antecedente que tenemos que es la ley de 1991 en la que el ex presidente Rafael Caldera, senador vitalicio para entonces, preparó el anteproyecto y se discutió durante cinco años en una comisión que estaba en el viejo Congreso Nacional todos los miércoles y el que iba, opinaba, lo atendían, consignaba su punto de vista y durante cinco años fue manejándose aquello. Después vino el debate parlamentario, la cámara de diputados, de senadores, con audiencias de expertos nacionales e internacionales", añade.
En este sentido, advierte que "acá el proyecto nadie lo conoció, no existió, no hay una exposición de motivos que casi es exigente para la ley orgánica y nadie sabe dónde se discutió esto físicamente. Se nombró una comisión presidencial y he escuchado por la prensa que no todos fueron convocados a la hora en que se empezó a manejar la parte final de esto, se nombró una comisión dirigida por el Canciller con la integración de una serie de personas allí, que algunos sectores dicen que no todos fueron convocados".
Morales concluye este aspecto destacando que "no se escuchó a la sociedad civil y se eliminó una excelente oportunidad para que los aportes del mercado laboral moderno pudieran incorporarse allí".
Una rígida ley que no trató los pasivos laborales del Estado
Según el abogado, las consecuencias de todo lo expuesto se traducen en el "incremento del sesgo autoritario del Ministerio del Trabajo, donde se articulan además procedimientos en los cuales se dejan de lado las exigencias constitucionales del debido proceso y la presunción de inocencia".
Antes de profundizar en los aspectos concretos, punto por punto del texto legal, Morales lamenta que, por ejemplo, se le haya dado tanta rigidez a una ley que "en todo caso, lo que no trató es casualmente la deuda que tiene el Estado con sus trabajadores".
El abogado señaló que no se debe olvidar que en el año 1997 se obligó a que los patronos privados a que hicieran un corte de cuenta el 16 de junio y la antigüedad anterior la debían pagar y la pagaron todos, y al Estado le dieron 5 años para que pagara y no pagó nunca y tampoco ha pagado hasta ahora.
"Esta ley no dice cómo se pagan los pasivos laborales que van a seguir incrementándose. El pasivo sigue y sobre todo sigue creciendo porque la antigüedad en el sector público es mucho mayor que en el privado, porque el que trabaja en el sector público se queda toda la vida ahí", sostiene.
Recuerda además las palabras de un representante de Venezuela ante la Organización Interamericana de Trabajo quien señaló que certifica incluso esa cifra que ellos manejan de 20 mil millones de dólares, en la cual no está el cálculo actual, que es agarrar todas esas prestaciones, ver cuánto suman y aplicarle el último salario de 30 días por año.
"Habrá una fuente de conflicto en el sector público y privado, porque la ley da cinco días para que en ese lapso se paguen las prestaciones sociales, que de todas maneras en la ley anterior se decía que era de cancelación inmediata, y si no pagan, entonces vienen los intereses de mora", afirma Morales, quien concluye la frase mencionando que "eso tendrá que ser resuelto por la presión de los sindicatos del sector público".
A propósito de todos estos argumentos, el abogado reitera que "la ley es ideologizante, rígida y sancionatoria al máximo, y además tiene un problema gravísimo de tiempo, en el tiempo que la ley fue dictada es un ambiente electoral que la contaminó innecesariamente".
"Las sociedades modernas tienden a que las leyes laborales sean hechas con tanto cuidado para que duren", agrega Morales, quien no duda en sostener que "esta ley del Trabajo es fuente de conflicto cuando debía ser fuente de solución".
Prestaciones Sociales
Uno de los más controversiales puntos que fue abordado por José Dionisio Morales, fue el tema de las prestaciones sociales.
Al respecto, recuerda que "se colocó como una suerte de demonio que en el año 1997 se aplicara el mecanismo de cálculo de prestaciones y se sustituyera por uno nuevo, y la ley deja el cálculo de 1997, no lo elimina, lo mantiene, de manera que ahora en vez de ser mensualmente, cada 3 meses el patrono debe abonarme mis 5 días por cada mes, y dos días por cada año".
Explica que ese sistema existía y existe y eso debe ser el salario integral, donde debe tomarse en cuenta la alícuota de vacaciones y utilidades. "La diferencia es que para cuando termine la relación laboral me van a hacer dos cálculos, me van a sumar todos los abonos, y también me van a calcular a razón de 30 días de salario por cada año de antigüedad que yo tengo desde el 97 para acá, y me van a comparar cuál es el mejor escenario, cuál es el que es mayor y entonces el patrón está obligado a pagarme el mayor".
Relata que esto ha sido un mecanismo que ha sorprendido a mucha gente que decía que volvíamos a la retroactividad "porque la retroactividad aquí realmente es muy sutil. Yo he visto algunos escenarios que han hecho algunos contadores donde partiendo de la premisa de que en el país hay un promedio de antigüedad de seis años, algunos dicen que un poco menor, entonces la incidencia es muy poca".
Añade que "individualmente cada quien saca sus cuentas, sobre todo en algunos sectores, los que siempre se han mantenido por el salario mínimo, me han dicho que con los primeros nueve años o diez años, la situación es casi igual que calcular a un mes por año, al abono que tendría una persona con la antigüedad de más de diez años o desde el año 1997 para acá donde debería para la fecha tener acumulado 90 días por año".
Informa además que los depósitos trimestrales y anuales, se efectuarán en un fideicomiso individual o un Fondo Nacional de Prestaciones Sociales, según lo disponga el trabajador.
Entre tanto, el anticipo de prestaciones sociales no sufrió modificación y las garantías de las prestaciones sociales podrán ser acreditadas en la contabilidad de la entidad de trabajo, según la voluntad del trabajador y con autorización por escrito.
Reducción de la jornada
De acuerdo a la nueva Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras, se redujo la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales. A juicio del experto, Venezuela se coloca entonces con Ecuador, en Sudamérica, como los únicos países que tienen esa reducción.
Sobre el particular, refiere que "es inconveniente porque la Constitución incluso planteaba la reducción progresiva de la jornada. En todo caso aquí habrá sectores muy golpeados con esto, particularmente el sector servicio".
Precisó que Venezuela por razones históricas "tiene un puntal porque la gente trabaja normalmente de lunes a viernes, ¿cómo hace el sector comercio? Bueno, el sector comercio no abrirá el lunes porque la ley te obliga a tener dos días consecutivos de descanso".
Advirtió que eso va a traer un mecanismo en el que el mercado de trabajo tendrá que ver cómo se adapta porque eso apunta a los centros comerciales, por ejemplo.
"Tendrás que aumentar la nómina en algunos casos porque los centros comerciales que ahora son centros de esparcimiento, trabajan todos los días", acotó.
Detalló que el tiempo de descanso y alimentación será al menos de una hora diaria y en el caso de los trabajadores que no pueden ausentarse de sus sitios de trabajo para la alimentación del trabajador, no será menor de 30 minutos.
Indicó que además contempla que la jornada de trabajo no excederá de cinco días a la semana y el trabajador tendrá dos días de descanso continuos y remunerados; la jornada diurna no podrá exceder de 8 horas diarias y 40 semanales; la jornada nocturna no podrá exceder de 7 horas diarias y 35 semanales y la mixta no podrá exceder de 7 horas y media diarias ni de 37 horas y media semanales.
Convención colectiva
Con referencia a la convención colectiva, el abogado expresa su preocupación en cuanto a la injerencia que ahora tendrá el Ministerio de Trabajo sobre los acuerdos y beneficios que de mutuo acuerdo logren el trabajador y el patrono.
"Hasta ahora era obligatoria de acuerdo con la ley actual para el momento del depósito, ahora dice que es obligatoria desde el momento en que el inspector la homologa. Lamentablemente la administración del Ministerio del Trabajo se ha metido en la autonomía de las partes en una negociación colectiva", señala.
Morales expresa que "ahora después de que las partes llegan a un acuerdo, hay que ir al Ministerio del Trabajo y el inspector del trabajo debe revisarlo, y si le hace observaciones no se homologa".
Al respecto, sostiene que el problema es que anteriormente la ley decía que eso era relativo al orden público laboral "y eso se entiende, por ejemplo, no es posible que un contrato colectivo diga que usted goza de 12 días por año cuando la ley dice que son 15. No es posible que usted tenga 10 días de utilidades cuando la ley dice que son 30. Ése es el orden público laboral. Pero si yo digo que hay otros beneficios ahí o la forma como negocio los beneficios, no tiene el inspector por qué meterse ahí porque irrumpe en la negociación entre trabajador y patrono, donde te doy un beneficio porque te lo cambio por otro".
Añade que con este fundamento basado en una omisión, "podría ahora aumentarse la intervención del inspector del trabajo en el resultado de la convención colectiva y destruye la naturaleza de la convención".
Este aspecto ha sido considerado como uno de los violatorios de las resoluciones de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), donde le da plena vigencia a la voluntad de partes negociantes en una convención colectiva de trabajo para que sus acuerdos se mantengan, sin injerencia del Ministerio del Trabajo.
Otras consideraciones sobre la figura del trabajador
Otro de los aspectos de la ley que llama la atención del abogado, está relacionado con que se define a la figura del trabajador dependiente como la persona que presta servicios en el proceso social del trabajo bajo dependencia de otro.
"En este concepto se eliminó la noción a la ajenidad, al trabajo por cuenta ajena, como fundamento en la cual la abundante jurisprudencia de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia había identificado el carácter laboral de toda relación prestacional que siempre tendrá presente el elemento dependencia", señala.
Asimismo, explica que con esto "se intensifica el sistema rígido de contratación laboral al no proveerse las nuevas formas de contratación laboral que han surgido en el mercado moderno, las cuales han permitido la incorporación a ese mercado de trabajo a los jóvenes, estudiantes, amas de casa y al adulto mayor".
Morales considera además que con la eliminación a los intermediarios y toda forma flexible de contratación, ya que se califica a la tercerización como simulación o fraude laboral, "se ha incrementado la angustia a sectores como las franquicias y las cooperativas de producción de bienes y servicios".
Sobre la materia salarial, explica que se mantienen muchas de las anteriores disposiciones, sin embargo, se introduce un nuevo elemento a la hora de establecer el monto del salario, pues si bien en el artículo 99 se establece la libertad de estipulación, "el artículo 100 incorpora como elemento para la fijación del salario, su equivalencia con los salarios devengados por trabajadores de la localidad o de aquéllos o aquéllas que presten el mismo servicio".
Considera que la gravedad de esto es que pudiera convertirse en fuente de conflicto, toda vez que no se toma en consideración tampoco el tamaño de la empresa y la capacitación de la persona.
Una Ley punitiva
"La ley es muy punitiva, aumenta las sanciones económicas y corporales al patrono", indica Morales tras pasearse por los aspectos más fundamentales del texto legal.
En este sentido, explica que la ley se pone al margen de la Constitución cuando dispone que las multas si no se pagan con dinero, deben pagarse con arresto. "Esa norma, que estaba en la ley desde el año 1936, la sala Constitucional dijo que era inconstitucional porque aquí nadie puede ser detenido por una deuda de valor".
Indica que también el castigo corporal, como prisión, pudiera ser consecuencia del desacato a las órdenes del inspector.
"Para hacer una detención debe haber un proceso judicial aunque sea pequeño", sostiene.
En conclusión, Morales precisa que estamos en presencia de una ley con materia de orden público que es muy rígida, donde "solamente tú puedes hacer lo que las normas te autorizan".
La aplicación es inmediata, la adaptación para la jornada laboral es de un año y la eliminación de la tercerización es en tres años. Los posibles problemas que acarreará este instrumento legal que no se discutió con el colectivo, seguramente comenzarán a relucir en solo cuestión de horas y todo apunta a que los principales afectados serán los empleados y el sector público.
Ventana
Mejorar la justicia depende de todos
Daniela Chirinos Arrieta
Para José Dionisio Morales Báez el sistema judicial "tiene un compromiso con el país de hacerla (la justicia) más transparente, eficaz y sobre todo debe luchar por su plena autonomía", pues "el día en que los poderes no puedan decidir en libertad, ese mismo día el ciudadano no podrá dormir tranquilo".
A su juicio, "el estado de derecho en le país está muy debilitado a pesar que sí existe en la formulación de las leyes, pero la aplicación práctica depende de todos nosotros". También, reconoce que "he sabido que la independencia de los poderes ha estado muy disminuida", situación que lamenta, pues ésa es la base fundamental del sistema democrático.
No obstante, sabe que consolidar el funcionamiento correcto de la justicia "es un proceso difícil de crecimiento social", lo cual "depende de todos, incluso de los abogados, quienes somos parte del sistema de justicia", y "debemos trabajar diariamente para que ese estado de derecho se consolide", pues solo así "podemos seguir avanzando hacia una sociedad más justa, equilibrada y menos conflictiva".
La abogacía no es un hecho casual para este valenciano, pues sus padres, José Dionisio Morales y Cira Báez, son abogados también, y sus hijos Cecilia Milagros y José Dionisio están interesados en estudiar ciencias jurídicas.
Se graduó en la Facultad de Derecho en la UC, en 1976. Más tarde hizo postgrados en Derecho Administrativo y Derecho Laboral, en las universidades Católica Andrés Bello y Santa María. Además, ha sido Juez del Trabajo y Juez de lo Contencioso Administrativo, en Valencia.
Por otro lado, mientras estudiaba y después de graduarse, participó en el Orfeón Universitario de la UC, dirigió las corales de Protinal y del Grupo Químico Mendoza en Carabobo y fundó otros grupos de voces, cultivando la música venezolana. Y estos días celebra la victoria reciente del "gran Real Madrid", en la Liga Española.
"Creo en el país y en las nuevas generaciones, pues son muchachos comprometidos con sus valores muy por encima de la mediocridad que dejaron todos los padecimientos del mundo y de Venezuela en particular, y se siente en todos los ámbitos que en el país hay un gran empuje de reversión social y avance, en manos de nuestra juventud", concluye. http://www.notitarde.com/

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