jueves, 29 de diciembre de 2011

¿A QUE SE DENOMINA CONCILIACIÓN FISCAL DE RENTAS?

¿A QUE SE DENOMINA CONCILIACIÓN FISCAL DE RENTAS? 
Al procedimiento mediante el cual se determina el enriquecimiento neto sujeto a la aplicación de las tarifas I, 2 y 3 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, a partir de la utilidad o pérdida del ejercicio contable según los libros legales del contribuyente y de conformidad con VEN NIF, antes del ajuste financiero.

La conciliación se practica sobre la base de la información contable en bolívares históricos de los enriquecimientos de fuente tanto territorial como extraterritorial de forma separada, pero incluye el resultado del reajuste por inflación de acuerdo al título IX de la Ley de Impuesto Sobre la Renta para la renta territorial. En efecto, los formularios disponibles en el portal fiscal, están diseñados para que los ingresos, costos y deducciones se trascriban en bolívares históricos, a pesar de que los libros de contabilidad deben incluir el ajuste financiero NIC 29 o Sección 31 de NIIF para las PYMES, porque así lo establece la misma ley:
Artículo 90, L.I.S.L.R: Los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados en la República Bolivariana de Venezuela, los libros y registros que esta Ley, su Reglamento y las demás Leyes especiales determinen…. 
Por su parte, el literal f del artículo 192 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta que se transcribe a continuación así lo señala. Similar disposición está contenida en el ordinal 18 del artículo 123 del Reglamento de la Ley.
Artículo 192. Los contribuyentes sujetos al sistema integral de ajuste y reajuste por efectos de la inflación, previsto en este Título, deberán llevar un libro adicional fiscal donde se registran todas las operaciones que sean necesarias, de conformidad con las normas, condiciones y requisitos previstos en el Reglamento de esta Ley y en especial las siguientes:

f. Una conciliación entre los resultados Históricos del ejercicio y la renta gravable.

¿EN QUE CONSISTE LA CONCILIACIÓN FISCAL DE RENTAS?
Los ingresos, costos y gastos que reconoce la contabilidad, con base en las hipótesis fundamentales del devengo o acumulación y en las distintas normas, difieren de los que se consideran disponibles para fines de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, por lo que es necesario ajustar el resultado contable para adecuarlo a las disposiciones de la ley. Las distintas Secciones de las NIIF para las PYMES contienen disposiciones respecto a las condiciones que debe cumplir el reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos.

En el artículo 5, la Ley de Impuesto Sobre la Renta establece normas que difieren de las contables, con relación al momento en que los ingresos, costos y gastos están disponibles. También la norma tributaria establece, además de las exenciones, exoneraciones, no sujeciones y rentas presuntas, prohibiciones, límites y condiciones para el reconocimiento de los conceptos determinantes del enriquecimiento neto. De igual manera, algunos enriquecimientos están sujetos a impuestos proporcionales por lo que se excluyen a los fines de determinar el enriquecimiento neto sujeto a las tarifas de la Ley. En términos prácticos, la conciliación fiscal de rentas consiste en:







Utilidad o pérdida del ejercicio contable

más:
Ingresos gravables no contabilizados


Costos no imputables contabilizados
Gastos no deducibles contabilizados


Ganancia por Inflación (de ser el caso)

menos:
Ingresos contabilizados no gravables


Costos imputables no contabilizados
Gastos deducibles no contabilizados


Pérdida por inflación (de ser el caso)


Enriquecimiento neto o pérdida fiscal




CLASIFICACION DE LOS ENRIQUECIMIENTOS
A LOS FINES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
(Reforma febrero de 2007)




3 comentarios:

  1. Cuando la utilidad fiscal es superior a la utilidad del ejercicio, que cuentas se afectan para registrar la obligacion del pago de impuesto?

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  2. Si la utilidad fiscal del año 2014, por ejemplo, es superior a la pérdida del ejercicio del 2013, cómo cancelo del Balance General del 2014 la pérdida que venía arrastrando del 2013?

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  3. Si la utilidad fiscal del año 2014, por ejemplo, es superior a la pérdida del ejercicio del 2013, cómo cancelo del Balance General del 2014 la pérdida que venía arrastrando del 2013?

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