jueves, 29 de diciembre de 2011

¿A QUE SE DENOMINA CONCILIACIÓN FISCAL DE RENTAS?

¿A QUE SE DENOMINA CONCILIACIÓN FISCAL DE RENTAS? 
Al procedimiento mediante el cual se determina el enriquecimiento neto sujeto a la aplicación de las tarifas I, 2 y 3 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, a partir de la utilidad o pérdida del ejercicio contable según los libros legales del contribuyente y de conformidad con VEN NIF, antes del ajuste financiero.

La conciliación se practica sobre la base de la información contable en bolívares históricos de los enriquecimientos de fuente tanto territorial como extraterritorial de forma separada, pero incluye el resultado del reajuste por inflación de acuerdo al título IX de la Ley de Impuesto Sobre la Renta para la renta territorial. En efecto, los formularios disponibles en el portal fiscal, están diseñados para que los ingresos, costos y deducciones se trascriban en bolívares históricos, a pesar de que los libros de contabilidad deben incluir el ajuste financiero NIC 29 o Sección 31 de NIIF para las PYMES, porque así lo establece la misma ley:
Artículo 90, L.I.S.L.R: Los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados en la República Bolivariana de Venezuela, los libros y registros que esta Ley, su Reglamento y las demás Leyes especiales determinen…. 
Por su parte, el literal f del artículo 192 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta que se transcribe a continuación así lo señala. Similar disposición está contenida en el ordinal 18 del artículo 123 del Reglamento de la Ley.
Artículo 192. Los contribuyentes sujetos al sistema integral de ajuste y reajuste por efectos de la inflación, previsto en este Título, deberán llevar un libro adicional fiscal donde se registran todas las operaciones que sean necesarias, de conformidad con las normas, condiciones y requisitos previstos en el Reglamento de esta Ley y en especial las siguientes:

f. Una conciliación entre los resultados Históricos del ejercicio y la renta gravable.

¿EN QUE CONSISTE LA CONCILIACIÓN FISCAL DE RENTAS?
Los ingresos, costos y gastos que reconoce la contabilidad, con base en las hipótesis fundamentales del devengo o acumulación y en las distintas normas, difieren de los que se consideran disponibles para fines de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, por lo que es necesario ajustar el resultado contable para adecuarlo a las disposiciones de la ley. Las distintas Secciones de las NIIF para las PYMES contienen disposiciones respecto a las condiciones que debe cumplir el reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos.

En el artículo 5, la Ley de Impuesto Sobre la Renta establece normas que difieren de las contables, con relación al momento en que los ingresos, costos y gastos están disponibles. También la norma tributaria establece, además de las exenciones, exoneraciones, no sujeciones y rentas presuntas, prohibiciones, límites y condiciones para el reconocimiento de los conceptos determinantes del enriquecimiento neto. De igual manera, algunos enriquecimientos están sujetos a impuestos proporcionales por lo que se excluyen a los fines de determinar el enriquecimiento neto sujeto a las tarifas de la Ley. En términos prácticos, la conciliación fiscal de rentas consiste en:







Utilidad o pérdida del ejercicio contable

más:
Ingresos gravables no contabilizados


Costos no imputables contabilizados
Gastos no deducibles contabilizados


Ganancia por Inflación (de ser el caso)

menos:
Ingresos contabilizados no gravables


Costos imputables no contabilizados
Gastos deducibles no contabilizados


Pérdida por inflación (de ser el caso)


Enriquecimiento neto o pérdida fiscal




CLASIFICACION DE LOS ENRIQUECIMIENTOS
A LOS FINES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
(Reforma febrero de 2007)




miércoles, 14 de diciembre de 2011

resmen de tu abogado...

Juez @MariaAfiuni: Caso de Violación continuada de derechos humanos en Venezuela

Maria De Lourdes AfiuniCentro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
En escrito fechado el 29 de noviembre de 2011, el Ministerio Público solicitó extender por dos años la medida privativa de libertad que pesa contra la Juez María Lourdes Afiuni desde el 10 de diciembre de 2009. Este hecho constituye una violación continuada de los derechos humanos de la juez, toda ...


http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/276-derechos-humanos/2819-juez-mariaafiuni-caso-de-violacion-continuada-de-derechos-humanos-en-venezuela.html



Gaceta Oficial 39815 de 7 Diciembre 2011

Gaceta Oficial 39.815 de 7 Diciembre 2011

Sumario
Presidencia de la República
Decreto N° 8.665, mediante el cual se designa al ciudadano Guillermo Rafael Barreto Esnal, como Viceministro para el Fortalecimiento de la Ciencia y las Tecnologías del Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología.
Decreto N° 8.666, mediante el cual se designa al ciudadano Guy Alberto Vernáez Hernández, como Viceministro para Planificación y Aplicaciones de la Ciencia y la Tecnología del Ministerio del Poder Popular p...


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Ley sobre Transplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos

Gaceta Oficial Nº 39.808 del 25 de noviembre de 2011

ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Decreta

la siguiente,

LEY DE REFORMA DE LA LEY SOBRE TRANSPLANTE DE ÓRGANOS Y MATERIALES ANATÓMICOS EN SERES HUMANOS


PRIMERO. Se modifica la denominación del título de la Ley en la forma siguiente:

LEY SOBRE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS EN SERES HUMANOS

SEGUNDO. Se modifica el artículo 1, en la forma siguiente:

Artículo 1

Objeto

E...


http://www.tuabogado.com/leyes/leyes/legislacion/1778-ley-sobre-transplante-de-organos-y-materiales-anatomicos-en-seres-humanos.html


Sentencia de la Sala Constitucional sobre legitimidad y cualidad procesal
"...Los accionantes alegan que se les violó su derecho constitucional al debido proceso establecido en el artículo 26 y 257 de la Constitución cuando dicho Juzgado Superior declaró sin lugar la apelación y confirmó el fallo recurrido.

En tal sentido, una vez analizado el contenido de la acción propuesta a la luz de las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala observa del expediente que:

1) Que la sentencia accionada no cumple con los requisitos formales de la se...


http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/constitucional/378-sentencia-de-la-sala-constitucional-sobre-legitimidad-y-cualidad-procesal.html

500 nuevos profesionales se despidieron de Faces-UC

500 nuevos profesionales se despidieron de Faces-UC
Los nuevos profesionales celebraron junto a sus familiares y profesores.(Foto Orlando Nader)
 MARIANGIE TARAZONA
Más de 500 nuevos profesionales de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad de Carabobo (Faces) se despidieron con la tradicional marcha triunfal de esta casa de estudios que los formó como contadores públicos, relacionistas industriales, economistas y administradores comerciales, además de varios licenciados quienes obtuvieron sus títulos de Magíster y Especialistas.
Cientos de familiares acompañados por el cuerpo de docente se congregaron en la Plaza Roja para recibir a los nuevos egresados, quienes con pitos y globos desfilaron por los pasillos del edificio de Faces, mientras las lágrimas de emoción corrían por sus rostros.
Esta celebración se realizó por primera vez después de efectuado el acto académico. La marcha triunfal estuvo encabezada por el decano de esta facultad, Benito Hamidian, acompañado por el directorio académico.
En medio de la festividad, Hamidiam felicitó a estos profesionales y les recordó que la Universidad de Carabobo seguirá siendo su casa, donde pueden seguir especializándose.
A pesar de la crisis financiera, el decano de Faces comentó que esta facultad ha sido la que ha egresado más universitarios.
El número de egresados fue: Contaduría Pública (215), Relaciones Industriales (148), Administración Comercial (110) y Economía (65), además 125 Magíster y 52 Especialistas. www.el-carabobeno.com

resumen de los amigos abogados

Municipio y patrimonio cultural // Por: Abogado Eduardo Lara Salazar

Todos los pueblos del mundo transmiten de generación en generación sus legados culturales, así como tradiciones o costumbres. Esto permite conservar o adquirir nuevas manifestaciones para que se mantenga el gentilicio.
En Venezuela, a través del nivel municipal, la legislación asigna esta responsabilidad al Cronista, el cual está concebido por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM, 2010) como uno de los llamados Órganos Auxiliares.


http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/derecho/derecho-municipal/2823-municipio-y-patrimonio-cultural--por-abogado-eduardo-lara-salazar.html



Gaceta Oficial 39819 del 13 Diciembre 2011
Gaceta Oficial 39.819 del 13 Diciembre 2011
Sumario
Presidencia de la República
Decreto N° 8.626, mediante el cual se crea una Comisión Presidencial denominada Órgano Superior de la Gran Misión Hijos de Venezuela.- (Se reimprime por fallas en los originales).
Decreto N° 8.694, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Gran Misión En Amor Mayor Venezuela.
Decreto N° 8.695, mediante el cual se crea una Comisión Presidencial denominada Órgano Superior de la Gran Misió...


http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3368-gaceta-oficial-39819-del-13-diciembre-2011.html


Ley para la Gran Misión Hijos de Venezuela

Gaceta Oficial Nº 39.818 del 12 de diciembre de 2011

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY PARA LA GRAN MISIÓN HIJOS DE VENEZUELA

El pueblo venezolano sometido históricamente a la explotación y exclusión, propias del sistema capitalista mediante la expropiación de sus tierras, de los medios de producción y la apropiación de los beneficios de la renta petrolera por parte de la oligarquía, terminó viviendo mayoritariamente en condiciones estructurales de pobreza. Las llamadas políticas sociales compensatorias aplicadas en la Cuarta...


http://www.tuabogado.com/leyes/leyes/legislacion/1791-ley-para-la-gran-mision-hijos-de-venezuela.html


Jurisprudencia vinculante que desaplica por control difuso de la constitucionalidad los artículos 471-A y 472 del Código Penal (Delito de Invasión)
"...Ahora bien, en atención a los hechos expuestos, precisa la Sala analizar el contenido del los artículos 471-a y 472, ambos del Código Penal, que establecen los tipos penales referidos a la invasión y a la perturbación violenta de la posesión de bienes inmuebles, previstos, respectivamente, mediante los cuales fueron condenados los ciudadanos arriba mencionados..."


http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/381-jurisprudencia-vinculante-que-desaplica-por-control-difuso-de-la-constitucionalidad-los-articulos-471-a-y-472-del-codigo-penal-delito-de-invasion.html

Presentan Proyecto de Ley del Ejercicio del Profesional en Turismo.

Presentan Proyecto de Ley del Ejercicio del Profesional en Turismo.

Este miércoles 14 de diciembre a las 09:00 am en conversatorio gratuito en la UDONE.
FBH – Xamiel Cabrera.
cnp: 19.178

Este miércoles 14 de diciembre entre las 09:00am y las 12:00m, en la sala de usos múltiples de Educación Integral de la Universidad de Oriente Núcleo Nueva Esparta, se presentará públicamente el PROYECTO DE LEY DEL EJERCICIO DEL PROFESIONAL EN TURISMO, como iniciativa para formalizar el desempeño de estos egresados universitarios en el estado y el país. Esta es iniciativa pionera en el estado y tendrá rango de aplicación nacional.
Francisco Briceño uno de los corredactores, señaló al respecto: “este es uno de los tantos resultados que el esfuerzo Iniciativa Destino Margarita ha venido arrojando en el estado en materia de legislación turística, reivindicando su condición de egresados universitarios en el área turismo”.
En torno a este proceso se ha condensado un producto de siete meses de labor compartida y más de diez profesionales del área, entre los que se destaca: una abogado con maestría en turismo, tres licenciados igualmente en turismo, tres profesionales con maestría en diversas temas y varios técnicos superiores, informó el empresario Briceño.
Así mismo, se pudo conocer que este proyecto legal considera siete (7) títulos, siete (7) capítulos y 52 artículos, en donde se incluyen dos disposiciones transitorias y una final; igualmente establece diez (10) áreas que deberán ser reguladas por un Reglamento General.
Briceño insistió en la importancia del instrumento legal para apuntalar políticas públicas en materia de Turismo Sustentable y la aplicación de la innovación social en el desarrollo turístico nacional, regional y municipal, además de su discusión y aprobación en el seno de la junta directiva del Colegio de Profesionales en Turismo del Estado Nueva Esparta (COTELITHNE).
Por último el especialista en turismo Briceño, extendió la invitación a sus colegas profesionales del área turística, a egresados universitarios del sector, a políticos, empresarios, representantes y diputados de la asamblea nacional y concejo legislativo regional, así como a los agremiados y a la comunidad en general a participar, puesto que de esta presentación, se iniciará un ciclo de aportes y recomendaciones públicas, que servirán
de sustento a la aplicación de los artículos 06 y 70 de la Constitución de la República Bolívariana de Venezuela, sobre esta iniciativa que conformará una ley nacional.

Historia del visado

Para quienes no lo sepan, el primer reglamento de visado nació en el Estado Nueva Esparta en el año 1982 y tuvo una efímera existencia, debido a que se trataba de una copia del reglamento de los abogados, cuyo mecanismo de reintegro de honorarios fue rechazado por los colegas. Posteriormente, el Colegio del Estado Anzoátegui puso en vigencia un reglamento de visado,  cuya razón, propósito y espíritu, era  la de garantizar al usuario que el profesional actuante era efectivamente un contador público, como un mecanismo institucional para enfrentar los innumerables casos de ejercicio ilegal protagonizados por los mal llamados "técnicos en contabilidad". La contraprestación que por ese servicio sufragaban los contadores públicos era prácticamente simbólica y estaba destinada exclusivamente para cubrir los gastos de las oficinas que se abrieron en Anaco y en el Tigre. El problema surgió cuando se sancionó en el DNA celebrado el año 1983 en Maturin un Reglamento Nacional, cuyo instrumento se transformó en un medio para obtener ingentes recursos para los colegios, por encima de las cuotas ordinarias previstas en la Ley. Esta perversión de los objetivos originales del visado, trajo como consecuencia que un grupo de colegas conscientes de que se trata de una exacción inconstitucional, solicitaron un recurso de amparo que devino en la sentencia de nulidad por todos conocida y que no ha sido derogada.
Alfredo Pérez Galán

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domingo, 11 de diciembre de 2011

Noticias y Hemeroteca:

Noticias y Hemeroteca:

Asamblea Nacional debatirá reforma a la Ley Orgánica de la Justicia de Paz
asambleanacional.gob.ve
Este viernes 09 de diciembre de 2011, diputados y...

http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/hemeroteca/poder-judicial/2820-asamblea-nacional-debatira-reforma-a-la-ley-organica-de-la-justicia-de-paz.html
Juez @MariAfiuni: Caso de Violación continuada de derechos humanos en Venezuela
http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/276-derechos-humanos/2819-juez-mariaafiuni-caso-de-violacion-continuada-de-derechos-humanos-en-venezuela.html

Dirección de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivenda
http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/hemeroteca/derecho/derecho-inquilinario/2818-superintendencia-nacional-de-arrendamientos-de-vivenda-anuncia-su-nueva-sede.html

Suspendidas por lluvias clases en Vargas, Miranda, Mérida y Distrito Capital

http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/hemeroteca/administrativo/2816-suspendidas-por-lluvias-clases-en-vargas-miranda-merida-y-distrito-capital.html
El municipios y el sistema de discapacidad // Abg. Eduardo Lara Salazar
http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/derecho/derecho-municipal/2814-el-municipios-y-el-sistema-de-discapacidad-abg-eduardo-lara-salazar.html


Gaceta Oficial:

Gaceta Oficial 39816 del 8 Diciembre 2011
Gaceta Oficial 39.816 del 8 Diciembre 2011
Sumario
http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3365-gaceta-oficial-39816-del-8-diciembre-2011.html
Gaceta Oficial 39815 de 7 Diciembre 2011
Gaceta Oficial 39.815 de 7 Diciembre 2011
Sumario

http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3364-gaceta-oficial-39815-de-7-diciembre-2011.html
Gaceta Oficial 39814 del 6 Diciembre 2011
Gaceta Oficial 39.814 del 6 Diciembre 2011
Sumario
http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3363-gaceta-oficial-39814-del-6-diciembre-2011.html
Gaceta Oficial 39813 del 5 Diciembre 2011
Gaceta Oficial 39.813 del 5 Diciembre 2011
Sumario
http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3362-gaceta-oficial-39813-del-5-diciembre-2011.html
Gaceta Oficial 39812 del 1 Diciembre 2011
Asamblea Nacional
Aviso Oficial mediante el cual se corrige por error material el Acue...

http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3361-gaceta-oficial-39812-del-1-diciembre-2011.html

Leyes y Nueva Normativa:

Instructivo Temporal que regula el procedimiento el Registro Nacional de motocicletas hasta doscientos cincuenta centímetros cúbicos (250 ...
Instructivo Temporal que regula el procedimiento para el Registro Nacional de vehículos, tipo m...

http://www.tuabogado.com/leyes/29-providencias/1789-instructivo-temporal-que-regula-el-procedimiento-el-registro-nacional-de-motocicletas-hasta-doscientos-cincuenta-centimetros-cubicos-250-cc.html
Reglamento Interno de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora
Gaceta Oficial No. 39.813 del 5 de diciembre de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA...

http://www.tuabogado.com/leyes/27-reglamentos/1787-reglamento-interno-de-la-superintendencia-de-la-actividad-aseguradora.html
Ley sobre Transplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos
Gaceta Oficial Nº 39.808 del 25 de noviembre de 2011
ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚ...

http://www.tuabogado.com/leyes/leyes/legislacion/1778-ley-sobre-transplante-de-organos-y-materiales-anatomicos-en-seres-humanos.html
Decreto 8.628 de obligación a la banca de otorgar préstamos hipotecarios para la adquisición de inmuebles que hayan sido construidos con ...
Decreto N° 8.628, mediante el cual se establece que las instituciones del sector bancario tanto...

http://www.tuabogado.com/leyes/30-decretos/1780-decreto-8628-de-obligacion-a-la-banca-de-otorgar-prestamos-hipotecarios-para-la-adquisicion-de-inmuebles-que-hayan-sido-construidos-con-prestamos-a-corto-plazo-otorgados-con-recursos-provenientes-de-cartera-hipotecaria.html
Normas Relativas a los Supuestos y Requisitos para tramitar operaciones en el Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SI...
Gaceta Oficial 39.798 del 11 de noviembre de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA<...

http://www.tuabogado.com/leyes/9-uncategorised/1758-normas-relativas-a-los-supuestos-y-requisitos-para-tramitar-operaciones-en-el-sistema-de-transacciones-con-titulos-en-moneda-extranjera-sitme-por-parte-de-las-personas-juridicas.html

Jurisprudencia:

Si el funcionario no participó en concurso para el cargo, puede ser removido bajo el esquema del personal de libre nombramiento y remoción
Sala Constitucional declara no procedente desaplicación del Artículo 3 del Estatuto de Personal...

http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/funcionarial/379-si-el-funcionario-no-participo-en-concurso-para-el-cargo-puede-ser-removido-bajo-el-esquema-del-personal-de-libre-nombramiento-y-remocion.html
Sentencia de la Sala Constitucional sobre legitimidad y cualidad procesal
"...Los accionantes alegan que se les violó su derecho constitucional al debido proceso establec...

http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/constitucional/378-sentencia-de-la-sala-constitucional-sobre-legitimidad-y-cualidad-procesal.html
Sala Constitucional reitera que el bono por metas alcanzadas sí forma parte del salario
Sala Constitucional en recurso de revisión, Jurisprudencia Laboral
Igualmente reiteró que...

http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/derecho/derecho-laboral/377-sala-constitucional-reitera-que-el-bono-por-metas-alcanzadas-si-forma-parte-del-salario.html
Jurisprudencia sobre el trámite del recurso de hecho en la jurisdicción contencioso administrativa
tsj.gtov.ve, Sala Político Administrativa
"IV MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Previo...

http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/contencioso-administrativo/376-jurisprudencia-sobre-el-tramite-del-recurso-de-hecho-en-la-jurisdiccion-contencioso-administrativa.html
Jurisprudencia sobre la procedencia de nulidad de laudos arbitrales y la necesidad de cauciones y garantías que deben presentarse
 
PUNTO PREVIO  De acuerdo con jurisprudencia reiterada, compete a la Sala de Casación C...

http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/374-jurisprudencia-sobre-la-procedencia-de-nulidad-de-laudos-artitrales-y-la-necesidad-de-cauciones-y-garantias-que-deben-presentarse.html

Gerencia en Acción / Venezuela en cifras 2011


Gerencia en Acción / Venezuela en cifras 2011
CHICHÍ PÁEZ
La economía venezolana, desde la época colonial, siempre se ha caracterizado por ser una economía de mercado orientada a las exportaciones: inicialmente, eran productos agrícolas (café, cacao, etc.); luego, la principal actividad ha sido la explotación y refinación de petróleo para la exportación y consumo interno.
El Informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre “Desarrollo Humano 2011” afirma que los apremiantes desafíos globales de sostenibilidad y equidad deben tratarse de forma conjunta y, al mismo tiempo, identifica aquellas políticas nacionales y globales que podrían dar un impulso a la consecución de estos objetivos vinculados al Desarrollo Humano. Dicho Informe prevé un retroceso alarmante de dichas tendencias en caso de que el deterioro medioambiental y las desigualdades sociales sigan intensificándose, con una previsión de que los países menos desarrollados invertirán esta tendencia y se alejarán de nuevo de los patrones globales antes de 2050.
Dentro de la clasificación de países menos desarrollados está Venezuela y uno de los temas que más preocupa a los venezolanos es la galopante inflación, por cuanto afecta directamente el rendimiento del salario de la población. Dicha inflación continúa fuera de control, pues las propuestas presentadas hasta ahora no van al fondo del problema: un desfase profundo entre la oferta y la demanda agregada y una política fiscal más ordenada que se corresponda con el objetivo del control de la inflación. Venezuela tiene el índice de inflación más alto del continente americano y está ubicada como la tercera en el mundo.
En la edición 2011 de su ya tradicional Indice de Percepción de la Corrupción (CPI), tan sólo tres de los veinte países del área latinoamericana aprueban al respecto de la transparencia percibida de su sector público. En una escala de 0 (muy corrupto) a 10 (muy transparente), Chile (7,2) ocupa el puesto 22 de los 183 países analizados, Uruguay (7,9) el 25 y Puerto Rico (5,6) el 39, mientras que Nicaragua (2,5), Paraguay (2,2) y Venezuela (1,9) ocuparon el vagón de cola, en los puestos 134, 154 y 172, respectivamente. Acá vale expresar: los últimos son los primeros (los más corruptos).
La inflación acumulada en Venezuela durante los últimos trece años se ubica en 753%. Por otra parte, la inflación acumulada desde la aparición del Bolívar Fuerte es del 74,6%, LO QUE SIGNIFICA QUE UN BOLÍVAR FUERTE ACTUALMENTE VALE 0,5727 CÉNTIMOS.
La entrada en vigencia de la Ley de Costos y Precios Justos, en un contexto electoral, es, por decir lo menos, osada. Medidas o acciones como éstas y otras (como el congelamiento de precios y el acorralamiento del sector privado mediante la implementación de esta Ley), de reciente implementación por el Ejecutivo Nacional van a provocar un alza en los indicadores de escasez y desabastecimiento; algo muy peligroso para un régimen que busca la reelección. Adicionalmente, un ambiente de confrontación con el sector privado no contribuye a mejorar la “sensación de bienestar y bonanza” que el proceso piensa construir en los meses venideros. Hasta el propio Banco Central de Venezuela alerta sobre la implementación de esta Ley.
La salud ocupa un lugar significativo en los programas de desarrollo humano, la realidad -al hablar de la gerencia de los hospitales del Sistema de Salud en Venezuela- se encuentra con fallas que debilitan su funcionamiento, como los son: falta de un factor humano calificado en administración estratégica; falta de mecanismos de mantenimiento en las áreas de asistencia médica hospitalaria; falta de planificación y control de mecanismos preventivos y evaluativos de los sistemas tecnológicos en las áreas técnicas y médicas; falta de políticas prioritarias que sustenten la disponibilidad de medicamentos, recurso humano y equipamiento para el desarrollo de la asistencia médica preventiva y curativa.
La inseguridad personal: 168.091 asesinatos en Venezuela en los últimos trece años. En Venezuela muere una persona cada nueve minutos víctima de la violencia. El nivel de criminalidad en Venezuela es diez veces superior al de México, pese a que el país norteamericano está en la fase más dura de la guerra contra el narcotráfico.
El presupuesto Nacional de Venezuela para este año aumentó la inversión social en un 28,15%, porcentaje éste que se incrementará considerablemente para el próximo ejercicio fiscal.
El régimen actual ha expropiado 623 empresas entre 2002 y enero de este año, según los datos de la Confederación Venezolana de Industriales (Conindustria). La organización de los industriales aseveró que en la mayoría de esas expropiaciones sólo se ha visto un deterioro en el rendimiento de las empresas que antes administraba eficientemente el sector privado.
En el sector habitacional hay que considerar el déficit de viviendas y la escasez de insumos, tales como: cemento, cabilla, etc, traerá como consecuencia que el precio de las soluciones habitacionales se incrementará en un porcentaje muy significativo.
Para cambiar todas estas realidades se requiere una concertación -”ganar ganar”- entre el sector público, privado y trabajadores. Se necesita un ambiente positivo que estimule la inversión, la creación de empleo, mejor calidad de vida para los trabajadores, mejor estabilidad económica para el empresario y -por supuesto- SE HA DE CREAR UN MEJOR PAÍS.
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Normas Interprofesionales para el Ejercicio de la Función de Comisario

Colegas todos, de acuerdo al capítulo II, artículos Nº 2 y 3  de las Normas Interprofesionales para el Ejercicio de la Función de Comisario, para ejercer dicha función  de acuerdo a los Art 275,27 y 327 del Código de Comercio, se requiere ser LICENCIADO EN ADMINISTRACION, ECONOMISTA O CONTADOR PUBLICO, de conformidad con lo dispuesto en el Literal N) del artículo 8 de la ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administracion,  los profesionales a que se refiere el Art. Nº 2 de las Normas , deberán estar inscritos y ser miembros activos y solventes de sus respectivos Colegios o Delegaciones, a cuyos efectos  estas instituciones expedirán certificados o constancias que acrediten tal condición, de tal manera esas Normas son de obligatorio cumplimiento por todos los profesionales señalados en el articulo Nº 2, el informe anual a la asamblea elaborado por el comisario debería ser impreso en hojas de seguridad e inclusive visado por el respectivo colegio para darle un agregado final al informe y al profesional actuante.    Es sabido que este informe final  deberá estar sustentado con los papeles de trabajo de la revisión que se le haga a la empresa donde actuamos (Ese papel de trabajo es del Profesional actuante lo cual deberá ser resguardado por si en el futuro la empresa  o alguna institución requiere algún detalle al respecto) Atentamente,   Lcdo. Ildemaro RodriguezLAC 01-39.837 DC

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CONSTITUCION DE FIRMAS PERSONALES

CONSTITUCION DE FIRMAS PERSONALES


 

Colega.


Para la constitución de las firmas personales, el Capital mínimo exigido por el Registro Mercantil de Bs. 20.000,00. si el capital es en efectivo, solo se requiere la planilla de depósito por ese monto. Si es en Inventario de Mercancías o Activo Fijo, se requiere inventario detallado.


El informe debe ser presentado en el SECP 4.


 &d  Ciudadano
XX

Propietario de la Firma Personal A N Ciudad.-  He realizado los procedimientos enumerados a continuación, sobre la preparación del inventario anexo, los cuales fueron previamente convenidos solamente para ayudarlos con respecto a la realización del inventario de Mobiliarios y Equipos de la firma personal “A N”. Este compromiso para la aplicación de estos procedimientos  fue realizado de acuerdo con la norma “Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos Independientes” (SEPC-4), promulgada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.  La suficiencia de los procedimientos es solamente responsabilidad de los usuarios del informe;  consecuentemente no representa compromiso alguno a cerca de la suficiencia de los procedimientos descritos a continuación, tanto para el propósito por el cual este informe ha sido requerido o para cualquier otro propósito. Los procedimientos convenidos consistieron en la constatación de la existencia física de los bienes relacionados en el inventario anexo, y la propiedad de los mismos. El objetivo de mi trabajo mediante la aplicación de procedimiento previamente convenidos fue el de llevar a cabo procedimientos de revisión  en los cuales he convenido con la entidad y cualesquiera terceras partes interesadas.  No se me contrató para la realización de una auditoria, cuyo objetivo sería la opinión sobre elementos específicos, cuentas o partidas de un estado financiero.  Por lo tanto no expreso opinión sobre los rubros presentados. El propósito de este informe es solamente para los usuarios especificados anteriormente y no deberá ser utilizado por otros quienes no tuvieron conocimiento de los procedimientos aplicados y no asumieron responsabilidad por la suficiencia de los mismos. En Puerto la Cruz, a los veinte días del mes de Septiembre del año dos mil once.                                                                 


                                               Lic. J C
                                     C.P.C.


JUANA CEDEÑO
ESTADO ANZOATEGUIL

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jueves, 8 de diciembre de 2011

Ley del Sistema Económico Comunal no será anulada

Ley del Sistema Económico Comunal no será anulada
  YAMIS URBANO
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró sin lugar la solicitud de suspensión presentada por Gerardo Blyde, alcalde del municipio Baruta del estado Miranda y otros ciudadanos, contra la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.011 el 21 de diciembre de 2010.
El pasado 28 de julio, Blyde aseguró que la ley atenta contra la participación ciudadana porque establece, entre otras cosas, que las organizaciones e instancias del Poder Popular deben dirigir su actuación hacia la construcción del modelo socialista. “No reconocen la participación ciudadana para fines distintos al socialismo y eso, además de inconstitucional, es discriminatorio y excluyente”.
El artículo 19 de la reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal define a las comunas como entidad local y determina que su territorio no tendrá que circunscribirse al de un solo municipio y que no podrá ser regulada, en modo alguno, por las ordenanzas municipales. Expertos en derecho constitucional señalan que esa regulación de la comuna y la edificación del Estado Comunal, sustituyen inconstitucionalmente al municipio en el carácter que tiene de unidad política primaria de la organización nacional, según expresa el artículo 168 de la Carta Magna.
De los más de 80 consejos comunales que existen en el municipio Baruta, sólo 20 están reconocidos por el Ministerio de las Comunas y de esos, sólo 4 son adversos al Gobierno. En este sentido la máxima autoridad local increpó: “¿De cuándo acá la participación ciudadana tiene que esperar por un registro del Gobierno central? No se puede excluir y limitar la decisión de los baruteños”.
El alto tribunal del país a través de la Sala Constitucional decidió sobre la medida cautelar de suspensión de efectos de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, que “los fundamentos han sido expuestos en sentido genérico sin concreción alguna, los argumentos por los cuales se pretende solicitar la protección cautelar no fueron suficientes para lograr la medida cautelar solicitada, razón por la cual la Sala negó la nulidad de la Ley”. http://www.el-carabobeno.com/

miércoles, 7 de diciembre de 2011

En 25,4% se ubica inflación acumulada hasta noviembre

En 25,4% se ubica inflación acumulada hasta noviembre
 Porcentaje de escasez de algunos productos repuntó notoriamente en noviembre respecto a octubre de este año.
Luis Carías
lcarias@el-carabobeno.com
La inflación acumulada al mes de noviembre se situó en 25,4%, cifra que excede a la observada durante el mismo período de 2010 que se ubicó en 24,9%, por lo que las metas para el año 2011 se ponen en duda, según datos del último informe emitido por el Banco Central de Venezuela.
En el documento se resalta que el Indice Nacional de Precios al Consumidor registró en noviembre una variación de 2,2%, la cual es superior al 1,8% observado durante octubre y se coloca como la quinta más alta en todo el año.
Con el resultado, la variación acumulada llega a 25,4%, mientras que la anualizada del mes en referencia fue de 27,6% también superior al 27% registrado en noviembre de 2010.
En el informe se detalla que cuatro de las 13 agrupaciones evaluadas crecieron por encima del promedio global, entre las que destacan servicios de vivienda con 5%; bebidas alcohólicas y tabaco con 4,1%; alimentos y bebidas no alcohólicas en 2,8% y restaurantes y hoteles en 2,4%.
En cuanto al mes de octubre comparan crecimientos en ocho de las 13 categorías: esparcimiento y cultura de 0,7% a 1,3%; vestido y calzado de 0,9% a 1,4%; salud de 1,5% a 1,6%; transporte de 1,2% a 1,8%; restaurantes y hoteles de 1,9% a 2,4%; alimentos y bebidas no alcohólicas de 2,5% a 2,8%; bebidas alcohólicas y tabaco de 1,6% a 4,1% y servicios de vivienda de 0,2% a 5%.
Los cinco grupos restantes registraron una variación al descenso: comunicaciones de 0,5% a 0,1%; alquiler de viviendas de 0,8% a 0,7%; servicios de educación de 3% a 1%; equipamiento del hogar de 1,7% a 1,2% y bienes y servicios diversos con 1,9% en ambos meses.

Valencia reinante
Durante noviembre, los dominios geográficos de Mérida y Maturín fueron diametralmente opuestos a Maracay y Valencia, pues en unos la inflación se controló en 1,5% y en el segundo grupo con 2,5% y 2,6% respectivamente.
Es por ello que en siete de los 11 grupos geográficos se observaron variaciones altas respecto a octubre encabezados por Valencia que pasó de 1,7% a 2,6%; Barquisimeto de 1,3% a 2,3%; Maracay de 1,8% a 2,5%; Maracaibo de 1,6% a 2,3%; Ciudad Guayana de 1,7% a 2,1%; San Cristóbal de 1,8% a 2% y Resto Nacional de 1,7% a 2,1%.
El resto descendió: Barcelona-Puerto La Cruz de 2,3% a 2,1%; Mérida de 1,6% a 1,5% y Maturín de 2% a 1,5%. Mientras tanto la ciudad capital se mantuvo en 2,2%.
Hasta el onceavo mes del año, la variación acumulada de Caracas es la más alta con 26,7%, le siguen Barcelona Puerto La Cruz con 26,1% y Valencia con 25,7%.

Más escasez
En cuanto a bienes y servicios se refiere, el informe también elaborado por el INE, sostiene que el crecimiento en los bienes de 2,4% mientras que en los servicios fue de 1,7%, en ambos casos hubo un incremento respecto al 2,2% y 1,3% respectivamente de octubre.
El núcleo inflacionario registró una variación de 2,2%, igual a la del INPC general, la cual es superior al 1,7% previsto en octubre.
En materia de escasez de productos en el mercado pasó de 1,29% en octubre a 13,4% en noviembre, mientras que el índice de diversidad de productos en el mercado mejoró de 158,9 a 165,7. http://www.el-carabobeno.com/

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Van 4 mil empresas en el Sistema Automatizado de Precios

Van 4 mil empresas en el Sistema Automatizado de Precios
  Hasta la fecha, al menos 4 mil empresas, entre productoras, comercializadoras y vendedoras al detal, relacionadas con productos de limpieza y de higiene personal han registrado su estructura de costos en el Sistema Automatizado de Precios (Sisap), informó el Intendente de Costos y Precios, William Contreras.
El proceso de registro que arrancó el pasado 22 de noviembre, cuando entró en vigencia la Ley de Costos y Precios Justos, permitirá conocer la estructura de costos que manejan las empresas para determinar los precios de 19 rubros, entre ellos: agua mineral envasada, jugos pasteurizados, compotas, pañales desechables, champús, enjuagues, desodorantes, jabones de baño, máquinas de afeitar, papel higiénico, toallas sanitarias y cremas dentales. También cloros, ceras para pisos, detergentes, jabones de panela, lavaplatos, desinfectantes y suavizantes.
Contreras indicó que este miércoles será el último día para el registro, según lo establecido en el cronograma. “Se ha dicho que un hipermercado tiene que realizar 170 mil registros y eso no es cierto, porque no existe tal cantidad de productos en los anaqueles de un solo establecimiento. Claro que puede tener una cantidad importante de productos pero nunca esa cantidad exagerada”, dijo.
El proceso de registro se realiza a través de la página http://www.sundecop.gob.ve/. El Intendente aseguró que el portal funciona sin contratiempos. “El sistema tiene capacidad para recibir visitas de 5 mil personas al mismo tiempo sin que colapse”, dijo.
Sobre el proceso de fiscalización para verificar el cumplimiento del congelamiento de precios de los 19 rubros, Contreras destacó que los 482 fiscalizadores autorizados siguen visitando comercios en 12 zonas del Área Metropolitana de Caracas y en 30 ciudades del país.
Luego del cierre del proceso de registro, la Superintendencia de Costos y Precios Justos iniciará, del 7 al 15 de diciembre, la fase de análisis de la estructura de costos de las empresas registradas para determinar el precio máximo de venta al público de los productos.
Será a partir del 15 de enero de 2012 cuando entren en vigencia los nuevos precios que garantizarán que los venezolanos puedan comprar los productos a precios justos y libres de especulación. (AVN) http://www.el-carabobeno.com/

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martes, 6 de diciembre de 2011

LA REVOLUCION DE LA RIQUEZA

LA REVOLUCION DE LA RIQUEZA

A finales del siglo XX surge una verdadera revolución mundial, la que Alvin Toffler ha denominado la “Revolución de la riqueza”. Ya el recurso productivo predominante no es el capital, ni el trabajo, ni siquiera es la tierra, lo que genera riqueza, es el conocimiento.
En la sociedad postindustrial, en la sociedad que vendrá después del capitalismo, el conocimiento se convierte en el factor dominante de la competitividad de los pueblos en los mercados internacionales. Y por consiguiente, en la causa principal de su prosperidad económica.
El Dr. Rafael Ramírez Camilo, nos señala que se ha extendido el uso del término de “sociedad del conocimiento”, con el que se destaca el protagonismo que ha logrado, en tal contexto, el conocimiento científico que posee el profesional universitario.
En las siguientes líneas veremos una pequeña cronología del desarrollo teórico de los estudios del conocimiento como el factor productivo generador de riqueza.
En el año 1962, el economista Fritz Machlup, publica: “La producción y distribución del conocimiento en los Estados Unidos”, donde aparece por primera ves la palabra “sociedad del conocimiento”.
En 1969, con la publicación de “ La Galaxia Gutemberg ” y su posterior obra, en la que se debe destacar “La aldea Glotal” (1989), el teórico de la comunicación, Marshal Mcluhan, académico e investigador de la Universidad de Toronto, pasó a la posteridad como uno de los grandes visionarios del presente y futuro de la sociedad de la información.
Para muchos, el que marcó la diferencia entre al antes y después, del estudio del impacto que tiene el conocimiento en las organizaciones, es Peter Drucker. Este prolífico escritor, registró sus reflexiones en varios libros, entre los cuales podemos destacar: “La era de la discontinuidad (1968), La Saciedad postcapitalista (1999).
Uno de los autores que no se debe dejar de estudiar por los interesados en el estudio del conocimiento, es el ya mencionado: Alvin Toffler. Sus obras: ”El Shock del Futuro” (1989); “El Cambio del Poder” (1990) y “La revolución de la Riqueza ” (2006) escrita con Heidi Toffler.
Otros textos de referencia son: La Sociedad Postindustrial (1969) del Francés Alain Touraine; “El advenimiento de la sociedad postindustrial” (1973) de Daniel Bell;
En épocas recientes hay que destacar la obra de Manuel Castells con sus estudios “La era de la Información , Vol. I. La Sociedad Red ” (1999): “La era de la Información , Vol. II . El poder de la identidad” (2001) y “La era de la Información , Vol. III. Fin de Milenio” (2001). También debemos destacar “ la Galaxia Internet ” (2006). Por último se debe señalar el libro “Mundo Digital” (2005) de Nicholas Negroponte.
“En la actualidad, la importancia del conocimiento en la creación de riqueza crece a un ritmo constante y esta a punto de alcanzar y está a punto de alcanzar un punto más alto y traspasar ulteriores fronteras, a medida que cada vez más lugares del mundo se conecte a un banco de inteligencia planetario que no cesa de crecer, cambiar y ser más accesible. En consecuencia todos nosotros, ricos o pobres, viviremos y trabajaremos con la riqueza revolucionaria o sus consecuencias” (Toffler, 2006)

"Ley de Costos es interventora y opresora"

"Ley de Costos es interventora y opresora"

Puerto Cabello, diciembre 4 (Marisol Pozzolini).- A juicio del economista Santiago Guevara, la Ley de Costos y Precios Justos, es "interventora, opresora, mucho más cuando los mecanismos que podrían representar evaluación y control, van a estar en manos de gente con absoluto desconocimiento".
A la vez consideró que el referido instrumento legal, no resolverá ningún problema económico en el país, por el contrario, se incrementará el desabastecimiento en los productos alimenticios, aumentará el desempleo y como consecuencia, se impulsará el comercio informal.
Las declaraciones las dio el titular, durante una entrevista realizada vía telefónica a propósito del instrumento legal que entró en vigencia el pasado 22 de noviembre de los corrientes.
En este orden de ideas, Guevara como economista y analista político, expresó que la aplicación de Ley de Costos y Precios Justos, significa que obligará a la gente a dedicar más tiempo en obtener los bienes del consumo diario, por la vía de regimiento de mercados negros.
"Además aunque se proclame que los buhoneros también van a ser controlados por este instrumento legal es una decisión posterior, sabemos que en la buhonería los precios son mayores y sobre todo en lo que respecta a esos bienes desaparecidos".
Explicó que todo producto escaso genera un mayor costo en el mercado, por todas las implicaciones que presenta.
"Por eso no solamente el empresario es afectado por la Ley de Costos, sino el ciudadano común que debe ir al supermercado para comprar los productos de primera necesidad en cuanto a alimentación, aseo personal y otras necesidades. Más aún toca de cerca a la población, cuando se consigue que en los establecimientos no hay ciertos alimentos", agregó.
A manera de anécdota, Guevara señaló que sus mismos vecinos le preguntan si hay algunos productos en ciertos locales comerciales, precisamente debido a la falta de algunas marcas en los abastos.
 
La publicidad es un costo necesario
Durante la entrevista, el economista Santiago Guevara, también mencionó el aspecto de la publicidad, aspecto cuestionado por la Ley de Costos.
"La publicidad es un costo indispensable, porque la única manera de hacer saber al consumidor que hay un producto que tiene ventaja es por la vía publicitaria, es por eso que la ley prohibe este tipo de gastos, porque lleva a un control por parte del sector privado en el mercadeo de los mismos". A las vez expresó que la población debería escoger entre tener empresas a contar con una economía apegada a lo informal. www.notitarde.com

Empresas e industrias requieren prórroga para registro en Sunacop

Empresas e industrias requieren prórroga para registro en Sunacop
 Fedecámaras demandará nulidad de Ley de Costos y Precios Justos
Luis Carías
Son muchas las empresas y muy poco el tiempo otorgado para cumplir con el proceso de inscripción ante la Superintendencia de Costos, por lo que Consecomercio solicitó una prórroga de 15 días para efectuar el trámite y presentar ante el organismo la estructura de costos.
Según el presidente del Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), Carlos Fernández, la Superintendencia dispuso de un plazo muy corto para que las empresas se registren. “Hay problemas para acceder al portal, lo cual es normal porque colapsó, pero hay imposibilidades de cumplir con los tiempos”.
Fernández indicó que debe darse un plazo nuevo para que puedan cumplir con los procedimientos “que son lentos y engorrosos”, el cual sería de 15 días y permitiría mayor precisión en la data entregada al Ejecutivo.
Estima que para este año el consumo cerrará con un incremento de 5% y, desde su punto de vista, se ha visto un buen abastecimiento de productos decembrinos. “Esto no se aísla del desempeño de la economía”, recordó.
El presidente de Consecomercio consideró lamentable que se congelaran los precios de 18 rubros, lo cual generó compras nerviosas y, en consecuencia, escasez durante la primera semana, sin embargo se normalizó el abastecimiento y las empresas se encuentran a la espera de que revisen las estructuras de precios.
El problema que atraviesan actualmente, reiteró Fernández, es referido al sistema y a la información requerida, son muchas empresas y aun más productos y es natural que la Web colapse por tantos visitantes de forma simultánea, por lo que es necesario extender el tiempo para cumplir con los requisitos.
 
Fedecámaras ante el TSJ
Jorge Botti, presidente de Fedecámaras, anunció que ejercerán un recurso de nulidad contra la Ley de Costos y Precios Justos ante el Tribunal Supremo de Justicia, decisión que fue tomada en el marco del Consejo Nacional Ordinario celebrado por el gremio.
El empresario agregó que el modelo económico del país debe ser el establecido en la Constitución nacional, y la Ley de Costos y Precios Justos es contraria a ese modelo. “La ley cercena el modelo económico consagrado en la Constitución”, declaró. El dirigente de la cúpula empresarial insistió en la necesidad del diálogo entre el sector privado y el Gobierno nacional para resolver los problemas económicos.
También resolvieron enviar una carta al Presidente de la República y a las embajadas de los países miembros de la Celac por las críticas que el presidente Hugo Chávez realizó al empresariado nacional en las reuniones.
Informó además que acompañarán a Consecomercio en la petición de prórroga para el sistema de registro de empresas y notificación de precios. “La estrategia no es demandar la Ley, sino salirle al paso a los últimos acontecimientos”. www.el-carabobeno.com

Contraloría expedirá certificados a auditoras como Requisito para poder ofrecer servicios al Estado

Contraloría expedirá certificados a auditoras como Requisito para poder ofrecer servicios al Estado

Caracas, diciembre 5 (Corresponsalía).- A partir del 1º de enero de 2012 todas las empresas auditoras que deseen ofrecer sus servicios profesionales a organismos del Estado deberán ser certificadas por la Contraloría General de la República para estar habilitadas y suscribir contratos.
El anunció lo formuló la contralora general encargada, Adelina González, durante su intervención en el programa Toda Venezuela, transmitido por Venezolana de Televisión.
De acuerdo con un cable divulgado por la Agencia Venezolana de Noticias (AVN), la funcionaria recordó que desde agosto su despacho lleva a cabo un registro de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control, el cual tiene como objetivo que el Estado pueda disponer de una información veraz y suficiente para la contratación de expertos.
"Si un funcionario público celebra una contratación para practicar actuaciones de control y esa empresa o profesional no está certificado, ello acarreará responsabilidad administrativa para quien contrató", comentó.
González, quien tras la muerte del difunto fallecido que se murio, Clodosbaldo Russián, quedó encargada provisionalmente de la dirección de la Contraloría, indicó que la medida del registro se lleva a cabo, entre otras cosas, para evitar la desinformación que recogen empresas auditoras no certificadas que son contratadas por funcionarios de órganos públicos.
Acotó que el registro será permanente y explicó que pueden participar personas naturales, profesionales independientes, pero que realicen actividades vinculadas al ámbito interno de control fiscal.
El certificado que otorgará la Contraloría tendrá una vigencia de tres años, y una vez vencido puede ser renovado a través de la página web de la institución: www.cgr.gob.ve.
La Contraloría, a través de la Gaceta Oficial 39.744, del 26 de agosto de 2011, publicó la resolución mediante la cual dictó las Instrucciones para la Formalización y Recepción de la Solicitud de Inscripción en el Registro de Auditores, Consultores y Profesionales Independientes en Materia de Control, cuyo objeto es regular la formalización de tales solicitudes de inscripción. www.notitarde.com
 
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Extra Inquilinario - 6 de Diciembre de 2011

Extra Inquilinario - 6 de Diciembre de 2011
Estimados Usuarios de Tecnoiuris - TuAbogado.com, les enviamos el siguiente boletín extraordinario:

domingo, 4 de diciembre de 2011

UTILIDADES RETENIDAS EN LAS EMPRESAS

Son las ganancias de las empresas despues de las obligaciones fiscales y laborales. que estan disponibles para ser repartidas a los socios o accionistas y que aun no se han decretado el pago o que ya estando el pago decretado aun no an sido liquidadas.
Es lo que resulta del Estado de perdidas y ganancias, como utilidad o perdida neta., pero si fuera perdida obviamente no diriamos utilidades retenidas.
Esta cantidad se pasa al balance como CAPITAL y se subclasifica como "Resultados de ejercicios anteriores" por ejemplo "Resultado al 31 de dic de 2010" ., y algunos lo registran justamente como utilidades retenidas.
Fuente(s):
Ley de sociedades mercantiles
Editada hace 5 meses

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sábado, 3 de diciembre de 2011

Noticias y Hemeroteca:

Noticias y Hemeroteca:


Descarga Ya: App para Blackberry de TuAbogado - Tecnoiuris



http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/hemeroteca/derecho/derecho-informatico/2808-descarga-ya-app-para-blackberry-de-tuabogado-tecnoiuris.html

Nueva sentencia sobre el valor probatorio de las actuaciones administrativas
Tsj.gov.ve, Sala Político Administrativa:

"...En cuanto al valor probatorio de las a...


http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/hemeroteca/110-procesal/2807-nueva-sentencia-sobre-el-valor-probatorio-de-las-actuaciones-administrativas.html

Raymond Orta, abogado criminalístico: “Es delito divulgar conversaciones telefónicas”
http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/291-telecomunicaciones/2806-abogado-criminalistico-es-delito-divulgar-conversaciones-telefonicas.html

Texto del Decreto que declara el 2 de diciembre de 2011 día no laborable en Caracas y Vargas
Decreto No 8.630 26 de noviembre de 2011
HUGO CHAVEZ FRIAS
Presidente de la Repúblic...


http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/derecho/derecho-laboral/2805-texto-del-decreto-que-declara-el-2-de-diciembre-de-2011-dia-no-laborable-en-caracas-y-vargas.html

Los municipios y la nueva Ley de Arrendamientos del año 2011 // Por: Abogado Eduardo Lara Salazar
Tras aprobarse la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda (LRCAV,...

http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/derecho/derecho-municipal/2803-los-municipios-y-la-nueva-ley-de-arrendamientos-del-ano-2011--por-abogado-eduardo-lara-salazar.html


Gaceta Oficial:


Gaceta Oficial 39811 del 30 Noviembre 2011

Gaceta Oficial 39.811 del 30 Noviembre 2011

Sumario <...


http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3360-gaceta-oficial-39811-del-30-noviembre-2011.html

Gaceta Oficial 39810 del 29 Noviembre 2011
Gaceta Oficial 39.810 del 29 Noviembre 2011
Sumario

http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3359-gaceta-oficial-39810-del-29-noviembre-2011.html

Gaceta Oficial 39809 del 28 Noviembre 2011

Gaceta Oficial 39.809 del 28 Noviembre 2011

Sumario

http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3358-gaceta-oficial-39809-del-28-noviembre-2011.html

Gaceta Oficial 39808 del 25 Noviembre 2011

Gaceta Oficial 39.808 del 25 Noviembre 2011
Sumario

http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3357-gaceta-oficial-39808-del-25-noviembre-2011.html

Gaceta Oficial 39807 del 24 Noviembre 2011

Gaceta Oficial 39.807 del 24 Noviembre 2011

Sumario <...


http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3356-gaceta-oficial-39807-del-24-noviembre-2011.html

Leyes y Nueva Normativa:


Carta Fundamental de los Juegos Deportivos Nacionales

Gaceta Oficial Nº 39.811 del 30 de noviembre de 2011

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DE...


http://www.tuabogado.com/leyes/27-reglamentos/1782-carta-fundamental-de-los-juegos-deportivos-nacionales.html

Suspensión temporal de permiso de portes y tenencia de armas de fuego en el Distrito Capital, estados Miranda y Vargas desde el 30/11/2011 ...
Resolución Conjunta N° 323 y S/N°, mediante la cual se suspende de manera temporal el permiso ...

http://www.tuabogado.com/leyes/28-resoluciones/1781-suspension-temporal-de-permiso-de-portes-y-tenencia-de-armas-de-fuego-en-el-distrito-capital-estados-miranda-y-vargas-desde-el-30112011-hasta-el-5122011.html

Ley sobre Transplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos

Gaceta Oficial Nº 39.808 del 25 de noviembre de 2011

ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚ...


http://www.tuabogado.com/leyes/leyes/legislacion/1778-ley-sobre-transplante-de-organos-y-materiales-anatomicos-en-seres-humanos.html

Decreto 8.628 de obligación a la banca de otorgar préstamos hipotecarios para la adquisición de inmuebles que hayan sido construidos con ...

Decreto N° 8.628, mediante el cual se establece que las instituciones del sector bancario tanto...



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Providencia Nº 006, mediante la cual se establecen los lineamientos generales que regirán el Registro Nacional de Precios de Bienes y Serv...

Gaceta Oficial Nº 39.805 del 22 de noviembre de 2011

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL...


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Jurisprudencia:


Sala Constitucional es la competente para resolver recursos sobre colisión de disposiciones legales

"...II CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Alega la parte actora que la “no sujeción” a ...


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Jurisprudencia sobre la procedencia de nulidad de laudos arbitrales y la necesidad de cauciones y garantías que deben presentarse
 
PUNTO PREVIO  De acuerdo con jurisprudencia reiterada, compete a la Sala de Casación C...


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Procedencia de la apelación en contra del pronunciamiento de ADMISIÓN de pruebas dictado al término de la audiencia preliminar penal
tsj.gov.ve,
Sentencia de la Sala Constitucional del Trib...


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Sentencia de la Sala Civil sobre deberes del defensor judicial (Ad-Litem)
Sobre el particular de la actividad que debe desempeñar el defensor ad litem, la Sala de CasaciÃ...

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Jurisprudencia: La acción de inquisición de paternidad no prescribe por ser un derecho humano
TSJ Desaplica por control difuso Artículo 228 del Código Civil Venezolano

"...Ante e...


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