viernes, 19 de septiembre de 2014

Nota de Crédito


Buen día, les agradezco su ayuda, sobre una operación en donde se hizo una
Factura con un precio equivocado, se cobró de más en un producto y el cliente
Pago la factura completa, llegamos a un acuerdo en donde se le haría una Nota
De Crédito por la cantidad pagada de más, porque la factura no se anuló,  pero 
Los técnicos del sistema administrativo nos dicen que legalmente no se puede 
Hacer Nota de Crédito ya que la factura cuadra con el pago y el cliente no tiene 
Saldo ha que aplicarle la Nota de Crédito, quisiera que me sacaran de esa duda,
Ya que tengo entendido que el único documento para anular una parte de la
Factura es una Nota de Crédito.
Muchas gracias por su pronta respuesta.
 
 

Lic. Silvia 
En eso tú tienes razón la única manera de afectar una factura previamente emitida es en disminución una nota de crédito y en aumento una nota de débito tal cual contempla ley de IVA y su reglamento. La nota de crédito generara un saldo a favor del cliente que él puede utilizar en una próxima compra o bien la devolución del importe pagado de más. Esta imposibilidad que te refiere tu proveedor de sistemas puede ser por limitaciones propias del sistema o por desconocimiento de la normativa legal aplicable.
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Retos, Oportunida​des y Emprendimi​ento: Feria de pasantías, empleo y PYMES 2014

Para la Coordinación de Emprendimiento y Seguimiento de Egresados, adscrita al Decanato de Extensión de la Universidad Simón Bolívar, es un grato placer invitarle a participar en el evento Retos, Oportunidades y Emprendimiento: Feria de  pasantías, empleo y PYMES 2014  a realizarse los días 11 y 12 de Noviembre del presente año, en los espacios abiertos del conjunto de auditorios.
 
   En tal sentido, en archivos adjuntos, le hacemos llegar una presentación en Power Point donde encontraran el propósito del evento, los objetivos, a quien va dirigido, la forma en que puede participar (Planes) e información complementaria de interés.
 
Adicionalmente, encontrará  dos archivos Word con los cuales se les explica la manera, una vez seleccionado el plan de participación, en que se debe hacer la cancelación del stand escogido por la empresa. Así como, un archivo contentivo de los Términos y Condiciones para Facturación, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección de Finanzas de la Universidad Simón Bolívar.
 
Es importante mencionar, que aunque la universidad en este momento se encuentra en período vacacional, con reintegro de actividades académico-administrativas el próximo 1° de Septiembre, en la Coordinación de Emprendimiento y Seguimiento de Egresados podrán contar con el apoyo del Lic. Elvis Quiroz (equiroz@usb,ve, 0426-3486568) quien estará durante todo este lapso de asueto vacacional en nuestras oficinas, atendiendo los requerimientos que bien la empresa pueda requerir con el fin de lograr su participación exitosa.
 
Sin más a que hacer referencia y seguro de poder contar con su presencia en nuestro evento Retos, Oportunidades y Emprendimiento: Feria de pasantías, empleo y PYMES 2014.


Prof. Juan Bolívar
Coordinación de Emprendimiento y Seguimiento de Egresados (CESEG)
Universidad Simón Bolívar
Caracas-Venezuela
URL: http://ceseg.usb.ve
E-mail: ceseg@usb.ve
Twiter: @cesegusb
Facebook: CESEGUSB
Telf: 0212-9063157 Ext.: 6831


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RUPDAE


Buenos Días Colegas, tengo una consulta a ver quién me puede ayudar con respecto al Rupdae, tengo un Cliente que le voy a realizar la inscripción, este cliente aparte de la Principal tiene dos sucursales en distintas ciudades, la pregunta es: debo hacer primero el registro de la principal e imprimir mi certificado y luego ingresar nuevamente con la misma clave y usuario y registrar las sucursales por separado una por una?   Si alguien ha realizado una inscripción similar le agradecería sus comentarios gracias....

Colega no he realizado con sucursales pero tengo entendido que la principal se registra como sede administrativa y las otras como sucursales, éxitos  y bendiciones para todos!

Buenas tardes,  inscribí una empresa que tiene una sucursal y todo se hace de una vez, deben estar pendientes de agregar el responsable tanto de la principal (Oficina Administrativa) como de la sucursal.  Luego de llenar la totalidad de requisitos se imprime el certificado. Feliz tarde.

Colegas que saben de nosotros como generadores de honorarios profesionales debemos de inscritos o no?

Buenos días:

 

¡No!

 

No realizamos actos de comercio, sino actividad civil.

 

Siempre que ejerzamos la profesión.

 

Sujetos de Aplicación

Artículo 2. Quedan sujetos a la aplicación de la presente Ley, las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades económicas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela........................

 

Registro

Artículo 21. La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos, tendrá un Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE),.........

 

Obligatoriedad de inscripción

Artículo 22. Los sujetos de aplicación de esta Ley deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas.

La inscripción es requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país.

 

De acuerdo al análisis que se le pudiera realizar a los artículos anteriores SI estamos obligados a inscribirnos como profesionales, ya que no podemos confundir lo que son Actos de Comercio (Art. 2 del CC) con actividades económicas que se dividen en actividades Primarias, secundarias y terciarias o el llamado este última actividad como el sector de los servicios donde se engloban no los bienes que se producen en las distintas actividades económicas anteriores, sino los servicios que satisfacen las necesidades de las personas.  El sector terciario está compuesto de las partes "blandas" de la economía, es decir, las actividades en donde la gente ofrece su conocimiento y tiempo para mejorar la productividad, desempeño, potencial y sostenibilidad de la economía...

 

No nos corresponde de acuerdo al artículo 2 lopcj último párrafo. Excepto aquellas actividades que de rijan por normativa especial.".....ley del ejercicio de la contaduría publica



 

Eso si nuestra Ley estableciera un reglamento de Honorarios por actuación profesional, recuerda que solo tenemos un "Instrumento Referencial de Honorarios Mínimos" por lo que ningún Contador Público está obligado a cobrar por honorarios ese mínimo. Ósea, que si nuestros honorarios estuvieran regulados, entonces aplicaría ese último aparte del artículo 2 que tu indicas. 

Articulo 105 crbv.

 

Capítulo VII (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)

De los derechos económicos

Artículo 112. Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las

necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, 

sin perjuicio de su facultad para dictaEr medidas para planificar, racionalizar y 

regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país. 

Capítulo VII (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)

De los derechos económicos

Artículo 112. Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las

Necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, 

sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y 

Regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país. 

 


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martes, 16 de septiembre de 2014

Real Estate lima Usa Venezuela Panama


GASTOS DEL COMPRADOR.

1-      Asume pagos de taxes( IMPUESTOS) anuales de la propiedad cobrados por la Ciudad.

2-      Si es un Condominio el propietario asume el gasto de mantenimiento de areas communes (equivale a pago mensual o trimestral de condominio dependiendo de la comunidad)

3-      Si no esta localizado dentro de una comunidad, sino que es una propiedad unifamiliar, el inquilino pagara sus utilidades ( mantenimiento de jardin, consumo de electricidad, agua y aseo urbano.

4-      El valor del pago de los taxes depende del valor asignado por la Ciudad para determinar el precio anual a pagar. Estos pagos se hacen una vez al ano. En Noviembre.

Si la propiedad ha sido comprada con hipoteca,  el banco o institucion financiera, retendra mes a mes un parte proporcional al valor total del Impuesto que le corresponda.

5-      Pago de Seguro de la Vivienda. La poliza anual varia de acuerdo al valor de la propiedad.

6-      Manejo o administracion de la propiedad, en caso de que se alquile, es el 10%. El propietario es responsible de pagar los danos que puedieran ocasionarse en el inmmueble, ej. Problemas electricos, aire acondicionado, plomeria, etc.

ALQUILER DE INMUEBLES.

Promedio de alquileres.  Dependiendo de la zona. Este es un estimado en un sector de clase media. 

Apto 1 Hab.  De 650 a 800

Apto 2 Hab.  De 800 a 1000

Apto 3 Hab. De 1000 a 1500

El propietario paga los gastos de condominio (Repito si esta en una  comunidad)

En caso de que la casa tenga piscina, la renta podria aumentar entre 100 a 200 x mes

Cuando se renta un inmueble se pide 1 mes de deposito, un mes adelantado y un mes de garantia o menos, segun lo que se acuerde con el propietario, por posibles danos que queden al termino del contrato.

El propietario pagara un mes de honorarios profesionales al agente inmobiliario por la gestion realizada en conseguir y calificar al futuro inquilino. Esto incluye el chequeo de su historial crediticio y record criminal.

RENTABILIDAD

En la practica te doy un ejemplo de una renta. De una propiedad comprada de contado. Que no paga hipoteca.


Alquiler mensual                      1000                           anual  $ 12.000.

Poliza de seguro mensual                       $  250  aprox.

Condominio                                                  200.(si la propiedad esta dentro de una comunidad y/o asociacion)

Administracion     10% mensual               100.

Tax property ( Gabelas)                             150.

                                                                ----------------

        Total gastos fijos mensuales      $   700. X 12 meses = $ 8.400

En este caso la rentabilidad es del  30% .($ 3.600) En USA se estima que en algunos casos la rentabilidad anual oscila entre 8 y 12% anual.

SUSTENTO DE DINERO EN CUENTA

El dinero debe estar en USA en cuenta bancaria antes de la firma de cierre de la venta en caso de ser compra de contado.

En el caso de que el inversionista no tenga el total del dinero completo para la inversion podriamos ofrecerle una lista de financistas locales para conseguir el balance o financiacion a traves de una hipoteca.

 Conozco un agente de prestamos internacionales que trabaja con el HSBC.  Si el cliente tiene cuenta en el el HSBC Peru, es muy probable que pueda conseguir un prestamo para la compra de esta inversion. 

EL potencial inversionista, para comprar en USA debe demostrar al banco y al I.R.S. que tiene el dinero en cuentas personales o empresariales depositadas en un baco de la Florida al menos el 30% del valor de la inversion.de los cuales el 10% es para pagar impuesto al IRS por la compra.Este punto lo atendera un contador publico certificado en USA para el pago de del impuesto correspondiente.

INMUEBLE CON INQUILINOS DENTRO.

En algunos casos si se consigue propiedades que ya tengan arrendatario. En esta caso se traspasa o endosa el contrato. O se puede hacer un Nuevo contrato con los inquilinos. Al anterior propietario, Habra que pedirle los documentos y dineros entregados en garantia tal como mes deposito

COMISION:La comision que se pagaria por referidos, al agente que facilita el cliente es del 25% del total o ingreso bruto  de la  comision que recibe el broker que representa al comprador en USA  . Este pago se enviara  al beneficiario o razon social con la que se hizo la negociacion.

En esta caso.tendria que enviarme  o scanear su  informacion personal o empresarial.

Identificacion  del Pais, Cuenta bancaria, telefonos, localizacion de las oficinas o domicilio legal.

Y para garantizar total seriedad entre las partes , firmaremos un previo acuerdo en el que convenimos de mutuo consentimiento en compartir los derechos y obligaciones que implique la busqueda , localizacion , trabajo de campo ,respaldo legal bancario de  dineros recibidos.y total transparencia hasta el cierre y entrega de las llaves de  la propiedad.

OFERTA DE INMUEBLES

El comprador se entera de las ofertas de los inmuebles a traves de ti.   Te enviaremos semanalmente un listado  con toda la informacion requerida .

El referido cliente podra contactarnos a traves tuyo y nosotros hasta podriamos ir al aerorpuerto y trasladarlo a su hotel. O tambien podemos reservarle su hospedaje. Obviamente todos los gastos, y transportacion seran por cuenta del cliente.

Cuando el cliente quiera venir personalmente a ver las ofertas, nos pondriamos de acuerdo del precio a pagar por las gestiones de busqueda, localizacion y traslado fisico del inversionista a los diferentes lugares donde esten localizados los inmuebles. El corredor tendra derecho a cobrar una compensacion de trabajo  de campo que cubre horas , desplazamiento y uso de auto , gas etc. Este monto , se fijara por dias o por semanas que dure la busqueda y la atencion personalizada y exclusiva al cliente.

PUBLICIDAD.

Tan pronto tengamos resueltas todos nuestros preguntas y acuerdos, te hare llegar publicidad digital  para que las compartas en las redes sociales.

Existe amplio criterio comercial y la experiencia que se requiere para el exito de nuestros representados.

Quedo a la espera de tus noticias .

Cordialmente.

Diana Mac  Pherson

ph: 5612156379
elsadiana@hotmail.com

 

sábado, 19 de julio de 2014

LEY DE REGISTRO Y ALISTAMIEN​TO MILITAR OBLIGA A LAS PERSONAS JURIDICAS A INSCRIBIRS​E. OJO HAY SANCIONES

[Más abajo se incluyen archivos adjuntos de Ragmasel Gimenez]
Buenas Tardes adjunto información de interés.

Ragmasel C. Giménez M

__._,_.___
Archivos adjuntos de Ragmasel Gimenez | Ver archivos adjuntos en la Web.
Archivo 1 de 1

Tabulador de salarios del sector publico

Buenas estimados colegas

¿Donde puedo consultar el tabulador de salarios del sector público?

Gracias anticipadamente

Pedro E. Correa

Buenas Tardes Colega este tabulador se aplica para los trabajadores del Sector Público Nacional de acuerdo al Registro de Asignación de Cargos (R.A.C) para los Empleados quienes se clasifican según el Nivel de estudio Académicos en: Bachiller I, II, III , Técnico I, II, III. Y Nivel Profesional I, II, III. Y de acuerdo al Registro de Asignación de Puestos de Trabajo (R.A.P.O) quien clasifica al Personal Obrero según su puesto que desempeña desde el Grado 1 hasta el Grado 10, por ejemplo un Aseador o Camarera es un puesto grado 1, un Ayudante de Servicio de Cocina es Grado 2, Un Cocinero es Grado 5, Un Supervisor de Camarera es Grado 9, y así sucesivamente de acuerdo al Puesto de Trabajo.
Dentro de cada nivel o grado para los empleados y obreros Nacionales se dan pasos en la Escala de acuerdo a la Antigüedad y según los Resultados de la Evaluación de Desempeño y Eficiencia del Trabajador aplicados anualmente

Buenas tardes Colega  anexo la tabla del tabulador de salarios de la Administración Publica vigente a partir del mes de Julio 2.014

Lcda. Neida Contreras



 
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Cálculo de intereses sobre prestacion​es sociales

Cálculo de intereses sobre prestaciones sociales en la nueva Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT).
Artículo 142 (LOTTT), dice que el patrono depositará a cada trabajador por concepto de prestaciones sociales el equivalente a quince (15) días con el último salario devengado cada trimestre y después del primer año de servicio el patrono depositará a cada trabajador dos (2) días de salario adicional por cada año, acumulativos y con un máximo de treinta (30) días.
Artículo 143 (LOTTT) Depósito de las Prestaciones Sociales:
Hay varias formas que se pueden aplicar para el deposito de las prestaciones sociales, uno puede ser, que los depósitos trimestrales y anuales se efectúen en un fideicomiso individual o en el Fondo de Prestaciones Sociales a nombre del trabajador, también hay la posibilidad de ser acreditada en la contabilidad de la empresa donde trabaja, siempre que el trabajador o empleado lo haya autorizado por escrito.
Los depósitos por garantía de prestaciones sociales devengaran intereses al rendimiento del fideicomiso o el Fondo de Prestaciones Sociales a la tasa que den estos instrumentos financieros, pero si queda en la contabilidad de la empresa por autorización del trabajador, devengarán intereses a la tasa promedio entre la tasa pasiva y la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela (BCV), si el patrono no cumple con los depósitos establecidos estos devengaran intereses a la tasa activa establecida por el BCV.
Las prestaciones sociales y los intereses están exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), los intereses serán calculados mensualmente y pagados al cumplir cada año, salvo que el trabajador quiera capitalizarlos.
 

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