sábado, 29 de septiembre de 2012

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EL ESTADO GANA TERRENO Marx y el socialismo como excusa.

“… Sólo más tarde me percaté de que en el partido marxista había dos grupos: el de quienes jamás habían estudiado a Marx, o que, o que solo conocían algún pasaje popular de sus libros; y el de quienes, aparte de sus libros escolares, sólo conocían a Marx, o que, como autodidactas, sólo habían leído escrito de Marx, ignorando toda literatura mundial.” (Ludwing von Mises. “Autobiografía de un liberal”. Unión Editorial. Madrid. 200.p.55)
Con la Publicación del Capital, se enciende una llama que logra dividir al mundo ideológico-económico, en dos: una parte liberal o capitalista, conformada básicamente por los países occidentales con Inglaterra como cabeza visible y una socialista, conformada básicamente los países orientales, con la Unión Soviética como representante principal.
¿Por qué el éxito inicial del socialismo? ¿Por qué su propagación tan rápida? La única explicación que tengo, la podemos dividir en dos partes: la primera, es que los escritos marxistas encontraron tierra fértil, en las mentes juveniles e inconformes de una izquierda naciente. Frases como “La explotación del hombre por el hombre” o conceptos como la “lucha de clases” ”la propiedad pública de los medios de producción”, “la plusvalía”  dieron argumentos a los jóvenes revolucionarios que veían como los sectores menos favorecidos de la población, consumían su vida en los talleres industriales.
En segundo lugar, aunque el socialismo pretende tener todo un cuerpo teórico que los respalde, una   lectura detallada de sus principios nos muestra claramente que parte de unas premisas totalmente equivocadas. Conceptos como el de “valor trabajo” no pasan cualquier escrutinio económico. Si revisamos la bibliografía socialista, esta está conformada por una teoría muy oscura e imprecisa que dificulta enemente su lectura y comprensión. Por este motivo es que muchos de líderes, que se llaman marxistas, recurren a lo señalado en la cita del Prof. Von Mises que encabeza este artículo. Lo que trae como consecuencia un Estado que lo único que pretende es el poder de un solo hombre.
Como pudimos ver en el desarrollo histórico de la humanidad, durante el siglo XX. Bajo la excusa de que: “El capitalismo de Estado es la preparación material más completa para el socialismo, su antesala, un peldaño de la escalera histórica entre la cual y el peldaño llamado socialismo no hay ningún peldaño intermedio” (V.I. Lenin, Obras Escogidas, Tomo 2), surgieron en el mundo una serie de  gobiernos dictatoriales y autoritarios. Casos como la Unión Soviética, Cuba, Corea del Norte, China, Vietnam, así lo demuestran.
Sin embargo, el surgimiento del marxismo trajo otra consecuencia más sutil, y es que todo gobierno, partido político o persona que pretende representar al “pueblo”, debe ser de izquierda “SOCIALISTA”. De esta forma surge en Europa a principios del siglo XX, la Socialdemocracia, que en forma muy explícita indicaba que el futuro era “EL ESTADO”  posteriormente, la doctrina social-cristiana. Aunque la Iglesia cristiana, con dos siglos de vida, tuvo que añadir a su nombre  la palabra social ¿por qué? Lo que somos cristianos (en nuestro caso católicos) sabemos el carácter social de nuestra fe.
“La llegada del intervencionismo estatal provocó un cambio radical. Los ministros y los funcionarios ministeriales y parlamentarios era totalmente ajenos al mundo económico; la mayor parte de ellos no tenían ni idea del alcance de las medidas que adoptaban  ni estaban en condiciones de dar a las leyes, a los decretos y a las órdenes una formulación capaz de aclarar a las oficinas competentes los procedimientos concretos para su ejecución.” (von Mises:103)
El Prof. Luis Pazos, quien por muchos años ha estudiado el tema, nos señala que en nombre de Marx: gobernaron a un tercio de los seres humanos; líderes obreros estallan huelgas, guerrilleros luchan por derrocar gobiernos; intelectuales pide la abolición de la propiedad privada de industrias y comercios; gobernantes expropian tierras, nacionalizan empresas y aumentan impuestos y la religión es considerada un instrumento clasista al igual que la familia.
Según una leyenda, Marx comentó que el no es Marxista. Nosotros nunca lo seremos ¿y usted?


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Publicado por Narciso Guaramato

FORMATO MODELO DE PRESTACIONES SOCIALES







1. Liquidación:   





2. Fecha de elaboración:    20/08/2013
3.  Apellidos y Nombres:           4. Cédula de Identidad:    
5. PUESTO :       6.Mov. De Pers. Nº 7. Fecha de Vigencia 8. Nº de Nómina                 
      10. Fecha de      Ingreso :                Dia        Mes     Año 11. Fecha de Egreso       Dia        Mes     Año           12. Tiempo de Servicio                       Dia             Mes           Año
      17/09/2000 31/07/2012   14 10 11
13.     SALARIO BASE Bs.   1.780,46
13.     COMPENSACION Bs.   63,28
ULTIMA REMUNERACION MENSUAL

PRIMA DE ANTIGÜEDAD  Bs.   237,05
 

PRIMA DE PROFESIONALIZACION Bs. 0,00
                  DEVENGADA     TOTAL   Bs. 2.080,79
                 
GARANATIA DE PRESACIONES SOCIALES                           MONTO
ART. 142 LOTTT (GTIA PRESTACIONES SOCIALES) LITERAL a) y b)  DIAS: 45+60+60+60+60+60+60+60+60+60+60+50+2+4+6+8+10+12+14+16+18+20  805 Bs. 31.138,72 Bs.  
ART. 142 LOTTT (GTIA PRESTACIONES SOCIALES) LITERAL c)  12 x 30 = 360  DIAS:  360 (SB+A/BV+A/U): (69,36+10,67+17,34):97,39 97,39 Bs. 35.060,40
TIEMPO DE SERVICIO ANTES DE LA REFORMA LOT 19 DIAS 7 MESES 11 AÑOS  
 
  Bs.  
ART. 142 LOTTT (GTIA PRESTACIONES SOCIALES) LITERAL e) 5 DIAS JULIO 2012 5 (SB+A/BV+A/U): (69,36+10,67+17,34):97,39 97,39 Bs. 486,95
INTERESES DIFERENCIA 5 DIAS  JULIO ART 142 LOTTT LITERAL e)         162,06
TIEMPO DE SERVICIO DESPUES DE LA REFORMA LOT 24 DIAS 02 MESES 0 AÑO  
 
  Bs.  
BONO  VACACIONAL INTEGRAL PERIODO (2011-2012)   FRACCIONADO 10 MESES 10 (2080,79*12)+(2080,79/30*40)+(2080,79/30*100)/12/30*40/12 321,11 Bs. 3.211,10
DISFRUTE  DE   VACACIONES FRACCIONADA PERIODO (2011-2012) FRACCION 21,67 DIAS 21.67 (2080,79/30) 69,36 Bs. 1.503,02
BONIFICACION FIN DE AÑO 2012 (FRACCION)             58,33 DIAS 58.33 (2080,79/30) 69,36 Bs. 4.045,75
Sub-Total         Bs. 44.469,27
Monto Descuentos  :                 
DEPOSITADO EN EL FIDEICOMISO BANCO    Bs. 11.778,65
ADELANTO DE FIDEICOMISO    Bs. 4.495,19
ADELANTO DE FIDEICOMISO    Bs. 3.408,84
ADELANTO DE FIDEICOMISO    Bs. 3.383,70
ADELANTO DE FIDEICOMISO    Bs. 3.572,34
ADELANTO DE FIDEICOMISO    Bs. 4.500,00
    Bs.  
Total Deducciones          Bs. 31.138,72
Sub Total a Pagar         Bs. 13.330,55
ART. 142 LOTTT (INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES) LITERAL f) 40 Días 40     Bs. 236,66
TOTAL LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES + ART 142 INTERESES DE MORA  LITERAL f) Bs. 13.567,21
13. Observaciones:                  
PENDIENTE POR RETIRAR DEL BANCO XXXXXXXXX FINIQUITO DE GARANTIA DE LAS PRESTACIONES SOCIALES BS 11.778,65        
MONTO TOTAL CONCEDIDO POR CONCEPTO DE ADELANTOS DE GARANTIA DE LAS PRESTACIONES SOCIALES 19.360,07        
ART 142 LOTTT REGIMEN ANTERIOR LITERAL A) Y B)     ART  142 LOTTT REGIMEN ACTUAL LITERAL c)  
805 DIAS DEPOSITADO EN FIDEICOMISO BS 31.138,72   12 AÑOS X 30 = 360 DIAS * 97,39 = 35.060,40        
14. Beneficiarios Apellidos y Nombres:    15. Cedula de Indentidad              Monto Bs. 13.567,21
0                                      -     16. NOMBRE Y APELLIDO
FIRMA DEL BENEFICIARIO        
         
 

  Cedula de Indentidad
 

   
       
17. Funcionario responsable de la liquidacion: REVISADO: 18. Aprobación :  DIRECTOR
Cargo:   ENG.   
    FIRMA: SELLO
FIRMA: SELLO

Asegura Leonardo Palacios: Implementación de la moneda comunal es inconstitucional

Asegura Leonardo Palacios: Implementación de la moneda comunal es inconstitucional
  • La moneda comunal (google)
Caracas, septiembre 26 (Marlene Monsalve).- Hasta este viernes, estará abierta la consulta pública en torno a las normas que regirán los aspectos relacionados con el diseño, fabricación y uso de la moneda comunal, de acuerdo con la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal.
Leonardo Palacios, abogado experto en tema de las comunas, explicó que la moneda comunal usada como forma de pago o en representación de una forma alternativa como trueque, toma y dame, cambalache, dando y dando es absolutamente inconstitucional.
“También son inconstitucionales las leyes del poder popular que abarca a la Ley Orgánica del Poder Popular; Ley Orgánica de las Comunas; Ley Orgánica de Contraloría Socia;, Ley Orgánica de la Economía Comunal; Ley Planificación Pública y Popular y por último la Ley Orgánica del Poder Público Municipal”.
Señala que en Venezuela la gente aún no ha entendido que la aplicación de este tipo de leyes o sistema de trueque, está inserto en un plan que lo que busca simplemente es el apoderamiento de los medios de producción, distribución, la asignación y dirección del consumo a través de lo que se conoce como “centralismo democrático o planificación centralizada, la cual establece que todas estas leyes del Poder Popular, como una forma alternativa de ver funcionar lo que se establece como el Estado Social de Derecho”.
Recordó que estas leyes debieron ser objeto de reforma. “En el 2007, el pueblo le dijo no a la Reforma Constitucional, pero igual fueron aprobadas como orgánicas, entre gallos y medianoche, el 21 de diciembre de 2010”.
Reiteró que “todas estas leyes son inconstitucionales, porque tienen una estructura política, las cual hace que se desaparezcan las sociedades intermedias. Generan además todos un proceso de controles y contrapeso al poder nacional como son, los Estados y los Municipios”.

Estructura paralelaManifestó además que con estas normativas, se crean estas formas de participación que se apoyan en el Poder Popular y que al final resultan ser una estructura paralela, que posee un sistema económico con el que se busca la intervención del Estado; la abolición de la propiedad privada y los mecanismos que permiten tener acceso al mercado, como la adquisición de bienes y la posibilidad de darle a la moneda un valor, como se establece con la ley de costos y la demanda.
Aseguró también que la implementación de la moneda comunal en un Estado centralizado, evita el problema de acceso al dinero físico, hace ilusoria la productividad y los elementos de medición de rentabilidad y ganancias, la cual en la actualidad es controlada por la Ley de Costos y Precios Justos.
“No se podrá medir la productividad a efectos de la medición de los salarios, buscan una forma sustitutiva con relación al tipo de trabajo” y agregó que la moneda comunal es un instrumento ideologizante, que será simplemente manejado por grupos de comunas, en un sistema económico paralelo y que está al margen de la Constitución y atribuciones del Banco Central de Venezuela.
www.notitarde.com

DISCURSO DE ORDEN COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL ESTADO ZULIA



COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL ESTADO ZULIA






Municipio Maracaibo- Estado Zulia 



         

  





PERSPECTIVAS DEL CONTADOR PÚBLICO
    EN EL CAMPO PROFESIONAL







                                                       EXPOSITOR:

                                                                                  LIC. J. M. DUARTE NOGUERA



SEPTIEMBRE 27, 2011
Me dice uno de mis ocho nietos, abuelo, cuando te preguntan la  edad  que tienes empiezas por el número 1?.  le contesté: por supuesto. Me replica y dice: y cuantos años tendrías si sumaras tu edad, más los años de graduado, más los años que tuviste docencia en la universidad?.  Le dije: tú ya sabes sumar, entonces anota los años de graduado desde 1965, agrega los de docencia en La Universidad del  Zulia  desde 1968 hasta 2004 y le adicionas los  de mi edad, para que veas cuanto da eso. Al  rato mi nieto me dice: abuelo suma 158 años.
Esta es la razón por la cual acepté ser orador de orden en un día como hoy, en virtud de la experiencia profesional y en la docencia, para llevarle a mis distinguidos colegas un saludo fraterno y plantear en el marco  de la celebración del trigésimo octavo aniversario de la promulgación de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, un tema que he denominado  Perspectivas del Contador Público en el campo profesional.
Me honra, por decisión de la Junta Directiva presidida por el colega Licenciado Romer Antonio Barboza estar acá en este recinto invitado como orador de orden.
No estoy acostumbrado al discurso formal y cotidiano, sin embargo, mi fuero interno me indujo a preparar estas palabras que espero sean de provecho para la colectividad profesional de la contaduría pública en nuestro Estado Zulia  y de Venezuela.
Los jóvenes contadores públicos que vienen egresando de nuestras Escuelas de Administración y Contaduría Pública, representan la generación de relevo.
El hecho de pertenecer a promociones universitarias, indica que los valores morales se mantienen inquebrantables. El obtener un título universitario no representa una condecoración, ni una insignia de distinción como la que instituciones públicas o privadas otorgan al ciudadano común por méritos. Que en algunos casos está mal otorgada.
El título representa la culminación de una carrera de alto nivel que se llega a la cúspide de ella con sacrificios involucrando a la familia. Que obtenerlo abre camino profesional  al que debemos recorrer con pie firme, pues al acecho se encuentra la envidia, la corrupción, la politiquería.
 Preservando la ética, con ese conjunto de normas morales podemos dar ejemplo a la familia, a nuestro pueblo y principalmente a nuestros gobernantes.
La carrera profesional donde nos desenvolvemos es pilar fundamental para el desarrollo económico de los pueblos y ejerciéndola libremente es factor de control para quién administra los recursos del Estado, minimizando la corrupción pública y privada.
Los actuales órganos internos de Contraloría tanto de los Institutos Autónomos, Empresas o Dependencias del Estado Venezolano, carecen de la eficiencia deseada dentro de la estructura orgánica del estado. Siempre he expresado en la cátedra y entre colegas que “Todo aquél que administra bienes de terceros, está sujeto a que se le audite y se le juzgue”
Por ello en este acto impregnado de orgullo y emoción hago propicia la ocasión para referirme a aspectos significativos que estimo resaltan en este año.
Me refiero a los tres aniversarios que celebramos y celebraremos este año como venezolanos, como profesionales universitarios  y como contadores públicos.
1º.  Como venezolanos, los doscientos veintiocho (228) de un hecho que enorgullece y exalta los más profundos sentimientos patrióticos: el nacimiento del venezolano, pensador, visionario, estadista, guerrero, padre tutelar de las luchas libertarias e independentistas de los pueblos de Latinoamérica, escasamente hace dos meses se conmemoró el  natalicio de Simón Bolívar.
De niños se nos enseña la vida y obra de Bolívar, se nos pone de ejemplo para que midamos actuaciones, por ello en los actuales momentos donde los contadores públicos somos baluarte contra la corrupción campante en el país, puedo señalar que “Bolívar cuando daba descanso a su brazo guerrero dedicaba esfuerzos a darle sentido y orden a la administración del estado y del ejército, los contadores y amanuenses lo acompañaban constantemente en sus viajes, era pródigo en detalles, hizo que se llevara la contabilidad hasta el último peso; separaba meticulosamente la contabilidad personal de la pública y su celo para cobrar fue notorio sacándole provecho hasta el último centavo”.
La corruptela de nuestros antepasados germina por etapas llegando a límites impredecibles, no hay freno que valga y el Contador Público profesional capaz para preservar  el erario público se le subestima, ni se le requiere a nivel gubernamental. Por qué? Porque daría un golpe mortal a los corruptos. Los funcionarios públicos no quieren sentirse controlados.
Que bien haría a Venezuela si un presidente decretase lo que Simón Bolívar Presidente del Perú decretó el 1º. de enero de 1824.
“1º. Todo funcionario público a quien se le convenciera en juicio de haber malversado y tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos para arriba, queda sujeto a la pena capital”
“2º. Los jueces a quienes según la ley competa este juicio que en su caso no procediera conforme a este Decreto será condenado a la misma pena.”
2º. Como profesionales universitarios celebramos la apertura de la Facultad de Economía de L.U.Z., hoy llamada Facultad de Ciencias Económicas y Sociales,  que el próximo  30 de septiembre cumplirá 53 años.
Para justificar la estructura de una nueva Facultad en L.U.Z., era necesario proponer dos Escuelas por estar vinculada la enseñanza de la Economía a la enseñanza de la Administración y Contaduría Pública.
Así pues nació la Facultad gracias a la decisión oportuna de las autoridades rectorales que dirigieron la universidad durante el quinquenio 1958-1963, estando en la dirigencia rectoral el Dr. Antonio Borjas Romero.
Con fecha 30 de septiembre de 1958, el Consejo Académico de L.U.Z. produjo el Acuerdo No. 19 creando la Facultad.
Se busca cambiar el perfil del Contador Público, se trata de dimensionar a un profesional crítico, adaptado a las necesidades reales del país, con sensibilidad social y compenetrado con el acontecer nacional, sin embargo a las cátedras se les ha reducido el número de horas en docencia, se supone debe ser aprovechado por el estudiantado, pero los programas siguen siendo lo mismo en detrimento del estudiante.
Reclamamos por la apertura de una cátedra denominada “Formación Social y  Ética” cuyo objetivo podría sintetizarse así: Naturaleza y características de la responsabilidad del profesional de la contaduría pública ante el estado, la sociedad y la comunidad, así como la naturaleza y alcance de su conducta social, fiscal y contralora ante las operaciones económicas y financieras que realiza la sociedad mercantil, sea esta pública o privada.
3º. Como contadores públicos celebramos hoy 27 de septiembre el  trigésimo octavo aniversario de la promulgación de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública. Para nosotros el 27 de septiembre lo tenemos escogido como el día del Contador Público Venezolano.
Nuestra profesión en Venezuela arranca en 1950, con los primeros egresados de la Universidad Central de Venezuela. En el Zulia su primera promoción se realiza en el año 1962. Mucho trabajo y sacrificios vivió el gremio para la  consecución de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública y en buena hora nos la dio el gobierno nacional con la promulgación el 27 de septiembre de 1973.
Cito un párrafo de la Memoria del Informe de la Asamblea realizada por nuestro gremio en la ciudad de Barquisimeto: “El contador público venezolano no debe ser un simple tecnócrata, por el contrario, de acuerdo a su formación, procedencia o estirpe, debe ser humanista, preocupado por los problemas del país, tener inquietud por la sociedad donde actúe, de esta forma concebimos un modelo de dirigente, un profesional integral.”  
Los contadores públicos debemos marcar pautas específicas, claras, nítidas sobre la concepción y responsabilidad del profesional ante la sociedad, no debe ser visto solamente desde el punto de los tradicionales servicios, debemos buscar mirar su comportamiento, fundamentalmente en la participación de la vida activa, debemos profundizar sobre la problemática nacional, debemos abarcar temas visibles que nos pongan de relieve y actuemos dentro y ante los grandes acontecimientos que constantemente sacuden a nuestro pueblo y especialmente a Venezuela.
En agosto de 1982 se promulga la Ley de Ejercicio de la Profesión Licenciado en Administración, ley que nos permite participar en el desempeño de la función de Comisario para las sociedades mercantiles. La concertación entre el gremio de los Administradores, Economistas y Contadores Públicos, para realizar mancomunadamente las normas interprofesionales para el ejercicio de la función de Comisario, es un hecho histórico de  trascendental importancia en la historia económica de Venezuela, preservando la salud moral de la economía.
Desde que el hombre es hombre, y aun mucho antes de conocer la escritura, ha necesitado llevar cuentas, guardar memoria y dejar constancia de datos relativos a su vida económica y a su patrimonio: bienes que recolectaba, cazaba, elaboraba, consumía y poseía; bienes que almacenaba; bienes que prestaba o enajenaba; bienes que daba en administración. De esta forma, el hombre se fue percatando  que la necesidad de llevar cuentas se extiende a todas las actividades humanas que puedan poseer una vertiente económica y manejen magnitudes mensurables que deban ser recordadas y tomadas en consideración.
De acuerdo con esta necesidad generalizada, los motivos y las razones por los cuales se llevan cuentas han sido desde siempre muy variados y dispares, pero los historiadores haciendo un esfuerzo de sistematización han procurado reducirlos a dos fundamentales y primarios: en primer lugar, la necesidad por parte de agentes, factores y administradores de rendir cuentas de su gestión a sus principales y, en segundo, la necesidad sentida por comerciantes, empresarios y unidades económicas en general de conocer el importe de sus créditos y obligaciones en relación con sus deudores y acreedores, respectivamente, un conocimiento que más tarde quiso extenderse a la marcha de sus actividades y de los elementos patrimoniales en su totalidad.
Para nosotros, la Contabilidad es una ciencia factual, cultural y aplicada, que se ocupa de las interrelaciones entre los componentes de los hechos informativos de todo tipo de ente. La misma, se fundamenta con los aportes de grandes conocedores de la materia; un ejemplo palpable de ello es Fray Luca Paccioli,  italiano, pionero en el cálculo de probabilidades, hombre de cálculo, un matemático, un filósofo y sobre todo un contable. Es considerado el padre de la contabilidad,  quien con sus manuscritos e ideas en 1494, cambiaron la forma de trabajar del mundo en su tiempo y continúan afectando actualmente a la vida moderna. Me refiero a la célebre Teoría del Cargo y del Abono – que no hay deudor sin acreedor ni acreedor sin deudor. Que quien recibe se le carga y quien entrega se le abona.
El Profesional de la Contaduría, sea en la actividad pública o privada es un factor de activa y directa intervención en la vida de los organismos públicos y privados. Su obligación es velar por los intereses económicos de la comunidad, entendiéndose por ésta no solamente a las personas naturales o jurídicas vinculadas directamente a la empresa sino a la sociedad en general y naturalmente el Estado.
La conciencia moral, la aptitud profesional y la independencia mental constituyen la esencia espiritual del Contador Público; así pues el ejercicio de la Contaduría Pública implica una función social especialmente a través de la fe pública que se otorga en beneficio del orden y la seguridad en las relaciones económicas entre el Estado y los particulares o de estos entre sí.
De esta manera, el Contador Público en el desarrollo de su actividad profesional deberá utilizar en cada caso los métodos de análisis y evaluación más apropiados para la situación que se presenta, dentro de los lineamientos dados por la profesión y podrá además, recurrir a especialistas de disciplinas diferentes a la Contaduría Pública y a la utilización de todos los elementos que las ciencias y la técnica ponen a su disposición.
En consecuencia, el Contador Público debe considerar y estudiar al usuario de sus servicios como ente económico separado que es, relacionarlo con las circunstancias particulares de su actividad, sean éstas internas o externas, con el fin de aplicar, en cada caso, las técnicas y métodos más adecuados para el tipo de ente económico y la clase de trabajo que se le ha encomendado.
Observando en todos los casos los siguientes principios básicos de ética profesional:
El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral, cualquiera que fuere el campo de su actuación en el ejercicio profesional. Conforme a esto, se espera de él, rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia. Dentro de este mismo principio quedan comprendidos otros conceptos afines que, sin requerir una mención o reglamentación expresa, puedan tener relación con las normas de actuación establecidas. Tales conceptos pudieran ser los de conciencia moral, lealtad en los distintos planos, veracidad como reflejo de una realidad incontrastable, justicia y equidad con apoyo en el derecho positivo.
La objetividad representa ante todo imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del contador público. Lo anterior es especialmente importante cuando se trata de certificar, dictaminar u opinar sobre los Estados Financieros de cualquier entidad. 
Esta cualidad va unida generalmente a los principios de integridad e independencia y suele comentarse conjuntamente con esto.
En el ejercicio profesional, el Contador Público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la independencia, por las características peculiares de la profesión contable, debe considerarse esencial y concomitante.
Los Principios Éticos que rigen la conducta profesional de los Contadores Públicos, no se diferencian sustancialmente de los que regulan la de otros miembros de la sociedad
Sin perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de ética profesional, se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del Contador Público, es conveniente y justificada su mención expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
En efecto, de ella fluye la necesidad de la sanción, cuyo reconocimiento en normas de ética, promueve la confianza de los usuarios de los servicios del Contador Público, compromete indiscutiblemente la capacidad calificada, requerida por el bien común de la profesión.
La relación del contador público con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la práctica profesional. Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico al cual impone la más estricta reserva profesional.
El Contador Público deberá realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones promulgadas por el Estado y las profesionales reglamentadas por el Colegio de Contadores Públicos de la Entidad Federal a que pertenezca así como las de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
Además deberá observar las recomendaciones recibidas de sus clientes o de los funcionarios competentes del ente que requiere sus servicios, siempre que estos sean compatibles con los principios de integridad, objetividad e independencia, así como con los demás principios y normas de ética y reglas formales de conducta y actuación aplicables en las circunstancias.
El Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.
Igualmente el Contador Público, mientras se mantenga en ejercicio activo, deberá considerarse permanentemente obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesional y especialmente aquellos requeridos por el común y los imperativos del progreso social y bien común.
El Contador Público tiene la obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.
Cuando quiera que sea llamado a dirigir instituciones para la enseñanza de la Contaduría Pública o a regentar cátedras en las mismas, se someterá a las normas legales y reglamentarias sobre la materia, así como a los principios y normas de la profesión y a la ética profesional. Este principio de colaboración constituye el imperativo social profesional.
El Contador Público debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para la convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros.
El Contador Público deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir en alguna forma en descrédito de la profesión, tomando en cuenta que, por la función social que implica el ejercicio de su profesión, la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda como experto y la búsqueda de la verdad en forma totalmente objetiva.
Los anteriores principios básicos deben ser aplicados por el Contador Público tanto en el trabajo más sencillo como en el más complejo, sin ninguna excepción. De esta manera contribuirá al desarrollo de la Contaduría Pública a través de la práctica cotidiana de su profesión.
Los principios básicos de ética son aplicables a todo Contador Público por el solo hecho de serlo, sin importar la índole de su actividad o la especialidad que cultive, tanto el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas, en cuanto sea compatible con sus funciones.
Debido a estos antecedentes surge por consiguiente la necesidad de establecer en el Estado Zulia una Institución que respaldase a la gran cantidad de egresados de ésta Región. Es a finales de 1962 cuando se constituye el Colegio de Contadores Públicos y Administradores Comerciales del Estado Zulia, dándole cabida a los primeros egresados y después continuamos nosotros en las siguientes promociones. La promulgación de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública al no permitir la asociación con otros profesionales, obligó a cerrar el citado colegio, dando cabida en septiembre de 1973  constituir legalmente el Colegio de Contadores Públicos  del Estado Zulia; quedando establecido como una corporación gremial con presencia jurídica y patrimonio propio de carácter civil, sin fines de lucro y con todos los derechos, obligaciones y atribuciones que le señale la Ley, la cual obliga a los egresados a velar por el estricto cumplimiento de los Principios de la Contaduría y de la ética en el ejercicio de la profesión.
Así pues, el Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia, como instituto profesional en el ejercicio de sus funciones, debe velar tanto por el estricto cumplimiento de los principios, leyes, estatutos, reglamentos establecidos por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela como por las normas y políticas establecidas por la institución para facilitar la gestión de la Junta Directiva del Colegio y controlar eficientemente las operaciones.
Los directivos representantes de los órganos y trabajadores de la institución cumplen con sus labores teniendo interdependencia orgánica y funcional sobre el control y vigilancia de la gestión, en cuanto al fortalecimiento del estudio y la investigación, el desarrollo y actualización profesional del Contador Público, el eficiente manejo administrativo y financiero, así como el fomento de actividades culturales, deportivas y sociales.
Por ello, el Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia, consciente de la realidad económica-social del país, se ha venido preparando para consolidarse aún más como institución dinámica, actualizada y eficiente, con gran capacidad de reacción y respuesta en la Defensa Gremial. Para esto, se requiere adiestrar e integrar al Contador Público ante situaciones cambiantes y frente a la globalización a través del fortalecimiento del estudio e investigación para su desarrollo y actualización profesional. 
Señores
Lic. José Modesto Duarte Noguera

PREGUNTAS Y RESPUESTAS CALCULO LIQUDACION

Estimados,
 
Espero se encuentren bien.
 
La presente es que estoy comenzando en un cliente y el mismo me indica que le ayude a calcular las liquidaciones, y que tengo un par de dudas en el calculo de un personal que laboraba en un Restaurant lo cual tiene varias situaciones que hay que tener en cuenta trabajan sabado y domingo con una jornada laboral con un aproximado de 10 horas (Horario Mixto) y tienen 2 dias continuos libre Lunes y Martes por lo tanto si multiplico 2,5 horas diario de exceso x 20 dias (5 dias a la semana x4)= son 50 lo cual estaria violando el Art. 173 LOTTT. por otra parte el trabajador recibe un sueldo de Bs. 4.000.
 
Para el calculo de las Prestaciones Art. 142 LOTTT y liquidación:
 
1) ex- trabajador tenia 4 meses, lo cual en el literal a) del art. 142 le corresponde 15 dias de garantia por cada trimestre mi pregunta es si le puede tocar 5 dias mas por el otro mes trabajado?. y el salario utilizado como ultimo devengado es Bs. 4000 como lo indica Art. 122 LOTTT
2) Utilidades como el trabajador no cumple el año le correponde el proporcional a 30 dias de salario Utilidad=(30/12)*4 Art. 131 LOTTT.
3) Bono Vacacional le corresponde a 15 dias o fracccion (15/12)*4 el salario utilizado es el salario normal devengado en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior a la oportunidad de disfrute Art. 121 LOTTT.
4)En caso de retraso Art. 142 LOTTT: El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el pago generará intereses de mora a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis principales bancos del país.
 
Existe otra consideración para el calculo de la liquidación o recomendación para enterar al cliente?
 
Muchisimas gracias de antemano
 
Saludos,
Estimado colega:

Por los primeros tres meses le cancela los 15 dias.    Y a partir del primer mes en que arranca cada trimestre del trabajador le corresponden los otros 15 dias, es decir, su empleado tiene 4 meses, entonces, le corresponden 15 dias del primer trimestre y por el cuarto mes ya le corresponden los otros 15, vea lo marcando en negrita del articulo 142. Asi es la interpretacion que le doy.

Si el trabajador tuviese 5 meses le corresponderian igual 15 dias del primer trimestre y los otros 15 dias por el 4to y 5to mes no hace falta haber cumplido los seis meses.

Artículo 142.—Garantía y cálculo de prestaciones sociales. Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagarán de la siguiente mane:
a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.

Saludos,
Amigo le corresponden 15 dias por ls primeros tres meses + 15 dias por el inicio del 4to meses. En cuanto al bono vacacional le corresponde 16 dia, por cuanto si lees bien el articulo "15 dias mas 1 dia adicional por cada año de servicio". Fijate que el caso de las vacaciones dice a ley: 15 dias + 1 dias adicional por los años sucesivos".
 

PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONDAPIS

Saludos Colegas, revisando la Ley para las personas con Discapacidad, se me plantea una duda, en el caso del registro en el CONAPDIS Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, debe efectuarlo toda empresa, sin importar su numero de trabajadores (como sucede con el INCES) o solo aquellas que califican.

Gracias por al información
Hola,
Solo las empresas que tienen 20 o mas trabajadores, 5% de la nomina deben ser trabajadores con discapacidad

Saludos,