lunes, 28 de noviembre de 2011

LOS COSTOS DE PRODUCCION DE BIENES Y SERVICIOS

Con la entrada de la “Ley de Costos y Precios Justos”, creemos oportuno revisar que se entiende por costos de producción de bienes y servicios para las empresas y los que ejercen libremente el ejercicio profesional.
Los costos que se registran para producir un bien se pueden clasificar en dos: costos fijos y costos variables. Los costos fijos son aquellos que se incurren independientemente, si se produce o no. Imaginemos que habría que pagar si mantenemos el taller de producción cerrado. Seguro que tenemos que pagar la electricidad de la oficina; el sueldo de los empleados de administración, compras, ventas y en general de todos aquellos que trabajan en la oficina, el agua que se consume en la limpieza y sanitarios, el servicio telefónico, el alquiler del edificio donde funciona la empresa, el pago de los intereses de los distintos préstamos financieros adquiridos para su funcionamiento, gastos de publicidad, los diferentes apartados legales que se deben realizar, como es el caso del aporte patronal al Seguro Social y, por supuesto de los empleados, etc. Como se mencionó anteriormente la clave para saber si es un costo es fijo o no es realizar la siguiente pregunta: ¿si no produzco nada, lo tenemos que pagar?, si la respuesta es positiva, estamos ante un costo fijo.
Los costos variables son aquellos que están en función de la producción, como son los insumos y la materia prima, el salario de las personas que elaboran el producto, la electricidad del taller, el almacén y todos los costos que se generan por la tenencia de los distintos inventarios, distribución de los productos finales, etc.
Dado lo anterior, el costo total de producción, es la suma de los costos fijos y los costos variables. Si esta totalidad lo dividimos entre el número de unidades producidas obtendremos el costo de producción por unidad. No es lo mismo el costo por unidad de una empresa pequeña que la de una gran empresa. Las grandes trabajan con un costo menor, por lo tanto al regularse el precio de venta, los grandes perjudicados son los pequeños productores y los grandes beneficiados son, por supuesto, las grandes empresas. Si el precio regulado es menor al costo de producción por unidad, el pequeño productor tiene que dejar de producir, con lo cual habrá una menor cantidad de productos nacionales a la venta, que tendrán que ser sustituidos necesariamente con importaciones, o simplemente, habrá escasez del mismo.
Hay un caso muy particular, que es la depreciación del equipo y la maquinaria utilizada. La depreciación es un monto que se aparta de la inversión realizada en maquinaria y equipo. El propósito es poder tener al final de la vida útil de los mismos, un monto equivalente para reponerlos. Básicamente existen dos métodos. Dividir el monto de la compra por un periodo de determinado, por ejemplo si estimamos que la máquina que nos costo Bs. 1000, durará cinco años, dividimos 100/5, y registraremos un costo fijo de Bs. 20. En cambio, si estimamos que la vida útil de la máquina, por ejemplo son 100 unidades, el costo, en este caso variable, será de Bs. 1 por unidad (100/100).
Una confusión muy común es confundir la producción de un bien con la prestación de un servicio, como es el caso del agua potable. Cuando uno compra una botella de agua, no está pagando realmente el agua, sino el servicio de traerle el líquido, previamente tratado, al consumidor.
Muy enredado es el caso de las personas que ejercen libremente la profesión (abogados, economistas, médicos, odontólogos, etc.). Aparte de los gastos visibles como son el caso del alquiler de la oficina, papelería, y el instrumental propio de su profesión, existen ciertos costos intangibles que difieren dependiendo del profesional. Por ejemplo, los estudios realizados, que podríamos equiparar a la inversión que se realiza para la adquisición de la maquinaria, en el caso ya visto de la producción. Si estudiamos 5 años de carrera, 2 de una especialización, 3 de maestría, 4 de Doctorado, lo que aumenta nuestra capacidad, ¿no es justo que yo lo recupere con mis honorarios? ¿tengo que cobrar lo mismo que un profesional recién graduado? ¿los cursos que pienso tomar este año deben estar cubiertos por los honorarios? Si soy un profesional con mucho éxito (medido en metas logradas: casos ganados, enfermedades curadas, intervenciones quirúrgicas realizadas con mejora del paciente, asesoría que permiten solucionar los problemas de mi cliente) ¿no debe estar reflejado en los honorarios profesionales?
Como pudimos ver, los costos de producción no es un tema tan sencillo de tratar, cada industria tiene su particular estructura. Lo que lo hace un tema sumamente complejo. Por lo tanto, no vemos la forma de que esta ley sea operante. Se inició mal, ya que se congeló el precio final de los bienes finales ¿y que pasa con el pecio de los insumos, maquinarias, etc.?
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Publicado por Narciso Guaramato

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jueves, 24 de noviembre de 2011

Plancha Uno de los abogados: Proponen dar soluciones a problemas carabobeños

Plancha Uno de los abogados: Proponen dar soluciones a problemas carabobeños
Valencia, noviembre 23 (Daisy Linares).- El profesional del derecho, Nelson Riedi, candidato a la presidencia del Colegio de Abogados del estado Carabobo, por la plancha Uno, Unidad Gremial, propuso dar un nuevo rostro al gremio de los abogados, tanto social como humano, pero también de participación en la resolución de los problemas que afectan a los carabobeños.
A su juicio, es una necesidad volver a replicar, opinar y buscar soluciones a los conflictos, tanto legales como económicos, que padecen los carabobeños. "Debemos volver a ser la caja de resonancia de los que necesitan más que asesoría, un consejero frente a la sociedad civil, volver a estar al servicio del colectivo".
Acompañado en su fórmula denominada: Unidad Gremial, representada por los abogados Alfonso Granadillo, destacado penalista, a la Vicepresidencia; William Díaz, Tesorería; Gerardo Prado, Secretaría; Mayela Fonseca, Biblioteca; Tribunal Disciplinario, Carolina Pérez; y fiscal, Maibi Rondón; el candidato Nelson Riedi Cabello aseguró que entre los planes están brindar mejoramiento académico a los profesionales del derecho que se desempeñan en el estado.

Las necesidades del gremio
El abogado Nelson Riedi sostuvo que la propuesta de su fórmula se basa también en ayudar a solventar las necesidades que tienen los profesionales del derecho que laboran en el sistema judicial venezolano, dignificar la profesión, exigir los derechos del gremio en el campo laboral, así como escuchar sus inquietudes y aspiraciones".
Hizo un llamado a todo el gremio para que se una a la fórmula, ya que -a su criterio- representa el cambio, un salto al futuro, tal y como lo requiere la mayoría de las instituciones del estado Carabobo y del país.
-Deseamos participar, porque entre todos debemos mejorar no solo el entorno diario, sino el de la nación.
La invitación de esta fórmula gremial es a la unidad de los nuevos y de los abogados que llevan tiempo en la profesión. http://www.notitarde.com/

miércoles, 23 de noviembre de 2011

Ayer entró en vigencia la Ley de Costos

Ayer entró en vigencia la Ley de Costos
Gobierno congela precios de 18 productos de aseo e higiene personal
 LUIS CARÍAS\ADRIANA CHIRINOS CASTRO
La aplicación de la Ley de Costos y Precios Justos comenzó con la congelación de los precios de 18 productos de aseo e higiene personal, para evitar que aumenten mientras se efectúan las primeras fiscalizaciones.
Los productos cuyos precios quedan congelados serían: envases para agua mineral, jugos naturales pasteurizados, ceras para pisos, cloro, detergentes, jabón en panela, lavaplatos líquidos, desinfectantes, suavizantes para ropa, desodorantes en todas sus presentaciones, papel higiénico, pañales para bebés, toallas sanitarias, dentríficos, champú y enjuagues para el cabello, jabón de baño, máquina para afeitar y enjuagues bucales, enumeró el vicepresidente de la República, Elías Jaua.
Ese proceso durará hasta el 15 de diciembre, lapso en el que se harán auditorías a los productos y para el 15 de enero, deberán tener marcado el Precio Máximo de Venta al Público.
Vía telefónica, el presidente Hugo Chávez indicó que las empresas privadas que serán fiscalizadas en primer lugar serán Agua Mineral, Industrias Lácteos, Heinz, Pepsi, Coca Cola, Nestlé, Polar, Johnson & Johnson, Colgate-Palmolive.
Aun así fue Jaua quien encabezó el acto oficial. Allí expresó que sólo deben temer a la Ley de Costos los "acaparadores y especuladores", pues se busca que se sean vendidos productos a un precio justo.
Tres intendencias
En la Gaceta Oficial Nº 39.804 se publicó el Reglamento Interno de la Superintendencia Nacional de Costos, en la que se especifican funciones de las intendencias de inspección y fiscalización, de costos y precios y de gestión integral.
La Intendencia de Costos será la encargada de realizar evaluaciones, correspondientes a la determinación del precio justo de un bien o servicio, así como diseñar y proponer políticas de costos.
La Intendencia de Inspección y Fiscalización deberá ejecutar los procedimientos para verificación de información, actividades materiales o técnicas o aplicar sanciones o acciones preventivas.
En el reglamento también se crea la Oficina de Participación Popular para facilitar la articulación de la participación activa de las comunidades. También deberá diseñar estrategias y mecanismos para hacer efectiva la corresponsabilidad de las comunidades organizadas.
Un boomerang
Armando León, director del Banco Central de Venezuela, explicó que de no aplicar correctamente la Ley de Costos puede convertirse en un "boomerang", al tiempo que agregaba que ninguna economía funciona con un mecanismo de Ley de Precios, por lo que ha sido clave realzar que sólo será para sectores particulares.
El BCV apoyará en el funcionamiento de la Ley, pues existen cerca de 500 mil productos, de los cuales el ente financiero recoge unos 300 mil. "La Superintendencia de Costos debe tener una estructura más fuerte porque el que mucho abarca poco aprieta. Yo diría que es muy difícil apretar 500 mil precios en una economía tan grande como la nuestra, aún con la tecnología, porque hay que ir directamente y evaluar cada precio. Es un tema complicado".
Fracasará
Para Fedecámaras la cuestión es más complicada, pues un margen de ganancia entre 10% y 12%, sólo condena a la Ley al fracaso. Más controles generarán presión en los productos ya regulados y no garantizará una disminución de la inflación, la escasez o la especulación.
Distinto piensa el diputado al Parlamento, Ramón Lobo. Señala que el instrumento incrementará la eficacia económica en la producción de bienes y servicios. Reconoce que el Gobierno deberá establecer diferentes mecanismos de regulación.
Rafael Alfonso, presidente de Cedice, indicó que el instrumento es un "cerco industrial" que el Gobierno ha impuesto. "Se quiere acabar con el aparato productivo nacional", alertó.
Desabastecimiento
Para Consecomercio la entrada en vigencia del texto sólo abrirá la brecha entre los precios de mercado y los regulados, por lo que no prevé una disminución de la escasez o la inflación. "La vía es abrir el mercado, flexibilizarlo y permitir que importador y manufactureros trabajen".
El director de la Cámara de Comercio de Caracas, Juan Manuel Rafalli, aseguró que aún no pasa nada con la Ley de Costos, porque todo se ha dejado para un desarrollo posterior de los reglamentos.
Rafalli aclaró que no se puede aplicar alguna fiscalización ni es posible formalizar la solicitud de recaudos, porque todavía ni siquiera existe un registro.
Pequeñas y medianas industrias temen ir a la quiebra
La recién aprobada norma de Costos y Precios Justos afectará a las pequeñas y medianas empresas que no poseen tecnologías suficientes para garantizar la producción del producto o servicio con un menor costo. El posible cierre de ese sector desencadenará en el alza del desempleo y de importación de rubros a un mayor costo.
Lejos de abatir la inflación se incrementará la escasez de materia prima, mantuvo William Rojas, primer vicepresidente de la Cámara de Pequeños, Medianos Industriales y Artesanos del Estado Carabobo (Capemiac). Agregó que posiblemente cuando el Gobierno no esté de acuerdo con la estructura de costo de una empresa, la expropiará, lo que considera otro problema de la Ley.
El presidente de Fedecámaras Carabobo, Antonio Landaeta, agregó que la falta de providencias administrativas deja espacios desconocidos en la Ley.
Para tener precios justos, es necesario tener costos verdaderos, sentenció Landaeta. "Es necesario que todas las empresas tengan utilidad para aumentar los sueldos, dar mejoras de trabajo, invertir en equipos y manejar la inflación. La inflación no se combate con leyes ni con decretos sino con inversión, confianza, competencia, donde haya oferta y demanda".
Para el vicepresidente de la Cámara de Comercio de Valencia, Gustavo Sosa Izaguirre, la norma es una ley más que estaba contemplada en el paquete rechazado en la reforma constitucional y que ahora es "legitimada". "Es una ley de persecución con sanciones de hasta 90 días, intervención, suspensión de hasta 10 años al vendedor. Obliga a que pague los salarios de los trabajadores así esté parada. Sólo se aplica en Cuba y Corea del Norte".
Los declarantes expresaron su rotundo rechazo a la ley que como sostuvo Sosa Izaguirre es otro mecanismo mediante el cual se siguen incautando los bienes.  http://www.el-carabobeno.com/

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RESUMEN

Sala Constitucional del TSJ declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial
La ponencia correspondió a su presidenta, la magistrada Luisa Estella Morales Lamuno
"...La Sala constató que el instrumento legal analizado tiene por objeto establecer los mecanismos adecuados para preveni...

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Gaceta Oficial 39805 del 22 Noviembre 2011
Gaceta Oficial 39.805 del 22 Noviembre 2011
Sumario
Asamblea Nacional
Acuerdo en Reconocimiento a la Vida y Obra del Folklorista, Compositor, Cantautor y Cultor Popular Gualberto Ibarreto.
Acuerdo mediante el cual se autoriza al Gobierno del Distrito Capital para decretar un Crédito Adicional a su Presupuesto de Gastos vigente, por la cantidad que en él se indica.
Acuerdos mediante los cuales se autoriza al Ejecutivo Nacional para decretar varios Créditos Adicionales a los Presupuest...

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Reglamento Interno de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios
Gaceta Oficial N° 39.804 del 21 de noviembre de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VICEPRESIDENCIA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COSTOS Y PRECIOS
FECHA: 08 DE NOVIEMBRE DE 2011
N° 001
201° y 152°
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
La Superintendente Nacional de Precios y Costos Justos, designada mediante el Decreto N° 8.449, de fecha 07 de septiembre de 2011, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39 756, de fecha 13 de septiembre de 2011; en ejercicio de las atribuciones co...

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Jurisprudencia: La acción de inquisición de paternidad no prescribe por ser un derecho humano
TSJ Desaplica por control difuso Artículo 228 del Código Civil Venezolano
"...Ante esta situación, es evidente que se encuentra (sic) en contraposición dos Normas vigentes, el Artículo 228 del Código Civil Venezolano y 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el primero limitado (sic) a cinco (5) años la acción propuesta en esta causa, y el segundo sin precisar limite (sic) en el tiempo al derecho que tiene la demandante en esta causa para indagar e investigar su verdadera paternidad, tal como lo prevé (sic) los Artículos 16 y 25 de la LOPNA, es...

lunes, 21 de noviembre de 2011

Máxima indignación en Harvard: Los alumnos de la cátedra de Introducción a la Economía de la Universidad Harvard exigen nuevas perspectivas académicas.


Máxima indignación en Harvard: Los alumnos de la cátedra de Introducción a la Economía de la Universidad Harvard exigen nuevas perspectivas académicas.

Posted on 18 noviembre 2011
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Un un hecho insólito, digno de ser incluido en la saga de “Aunque usted no lo crea”de Ripley, el pasado 02.11.2011, un grupo de estudiantes de economía tomó la decisión de retirarse en bloque de la cátedra de Introducción a la Economía de la Universidad Harvard, en protesta por el contenido y el enfoque desde el cual se imparte esta materia.
¿Qué hay de asombroso en este hecho?. En primera lugar, la protesta tuvo como destinatario directo al conocido economista Gregory Mankiw, ex asesor del Presidente George W. Bush y autor de uno de los manuales de macroeconomía más utilizado en las escuelas de economía dentro y fuera de Estados unidos. En segundo lugar, porque de acuerdo a la carta entregada por los/as estudiantes antes de retirarse de la cátedra, el motivo de la protesta fue su indignación por lo que consideran el vacío intelectual y la corrupción moral y económica de gran parte del mundo académico, cómplices por acción u omisión en la actual crisis económica. Y en tercer lugar, se trata de un hecho insólito, porque los integrantes del movimiento estudiantil detrás de este hecho de indignación académica en contra del pensamiento único neoclásico, pertenecen a la élite económica, social y política de los Estados Unidos, que se forma en la Universidad de Harvard para dirigir las corporaciones empresariales globales y/o para asesorar a los gobiernos en materia de políticas económicas y financieras.
En diversos párrafos de la carta al profesor Mankiw se lee: “hoy estamos abandonando su clase, con el fin de expresar nuestro descontento con el sesgo inherente a este curso. Estamos profundamente preocupados por la forma en que este sesgo afecta a los estudiantes, a la Universidad, y nuestra sociedad en general (…) Un estudio académico legítimo de la economía debe incluir una discusión crítica de las ventajas y los defectos de los diferentes modelos económicos. A medida que su clase no incluye las fuentes primarias y rara vez se cuenta con artículos de revistas académicas, tenemos muy poco acceso a aproximaciones económicas alternativas. No hay ninguna justificación para la presentación de las teorías económicas de Adam Smith como algo más fundamental o básico que, por ejemplo, la teoría keynesiana ..(…) ..Los graduados de Harvard juegan un papel importante en las instituciones financieras y en la conformación de las políticas públicas en todo el mundo. Si falla la Universidad de Harvard a la hora de equipar a sus estudiantes con una comprensión amplia y crítica de la economía, sus acciones serán susceptibles de perjudicar el sistema financiero mundial. Los últimos cinco años de crisis económica han sido prueba suficiente de ello”. La carta concluye: “No estamos retirando de su clase este día, tanto para protestar por la falta de discusión de la teoría económica básica y como para dar nuestro apoyo a un movimiento que está cambiando el discurso estadounidense sobre la injusticia económica (Occupy wall street) .Profesor Mankiw, le pedimos que se tome nuestras inquietudes y nuestro retiro de su clase en serio”.
Según reportan los escasos medios de comunicación que le dieron cobertura a esta protesta, el movimiento de los estudiantes de Harvard a favor de una economía crítica, se ha ampliado y ha incorporado otras demandas para hacer de Harvard una “universidad socialmente responsable”. Una de éstas consiste en la negociación de contratos de trabajo más dignos para el personal de servicios de la universidad que sufre las políticas de flexibilización laboral que tanto daño le han ocasionado a la clase trabajadora norteamericana. Movimientos similares han comenzado a surgir en la Universidad de Duke (Carolina del Norte) y en la Universidad de Berkeley (California)
El movimiento iniciado en Harvard por un cambio en el enfoque dominante de la enseñanza de la economía no es nuevo. Más bien es un movimiento que viene a sumarse a la iniciativa por un cambio en la enseñanza de esta disciplina que iniciaron en mayo de 2000 los y las estudiantes de las universidades francesas y que meses después recibió el apoyo de estudiantes de Cambridge, Inglaterra.
En ese entonces, también el movimiento estudiantil francés hizo pública una carta declarándose globalmente descontento por la enseñanza recibida, que les impedía lograr una comprensión profunda de los fenómenos económicos a los cuales las personas se enfrentan en el mundo real. Un pasaje de esta carta señalaba que “ la mayor parte de nosotros ha escogido la formación económica con el fin de adquirir una comprensión profunda de los fenómenos económicos a los cuales el ciudadano de hoy en día se encuentra confrontado. Ahora bien, la enseñanza tal como es expuesta –es decir en la mayor parte de los casos la teoría neoclásica o enfoques derivados –, generalmente no responde a esta expectativa”. La carta finalizaba con un exhortación al profesorado francés similar al mensaje enviado al profesor Mankiw: ¡Despiértense antes de que sea demasiado tarde!.
Hace casi 200 años, John Stuart Mill al asumir como Rector de la Universidad de Saint Andrew, recordaba al claustro de profesores de dicha universidad, que la función de las universidades no es hacer que los estudiantes aprendan a repetir lo que se les enseña como verdadero sino que su función es formar personas con capacidad de pensar por si mismas. De acuerdo a este gran economista y filosofo, las universidades deben enseñarles a las personas a “Poner en duda las cosas; no aceptar doctrinas, propias o ajenas, sin el riguroso escrutinio de la crítica negativa, sin dejar pasar inadvertidas falacias, incoherencias o confusiones; sobre todo, insistir en tener claro el significado de una palabra antes de usarla y el significado de una proposición antes de afirmarla……. El objetivo de la universidad no es enseñar el conocimiento requerido para que los estudiantes puedan ganarse el sustento de una manera particular. Su objetivo no es formar abogados ó médicos ó ingenieros (ó economistas) hábiles, sino seres humanos capaces y sensatos……. Los estudiantes son seres humanos antes de ser abogados, médicos, comerciantes o industriales; y sí se les forma como seres humanos capaces y sensatos, serán por sí mismos médicos y abogados (y economistas) capaces y sensatos”.
Es obvio que la incapacidad de las universidades actuales de formar economistas críticos y sensatos no responde únicamente a posturas personales e ideológicas de docentes y/o autoridades universitarias, sino más bien responde a factores relacionados con el rol que las universidades cumplen en la reproducción de las relaciones de poder dentro del sistema capitalista en su fase neoliberal. Probablemente uno de los principales factores explicativos de la crisis en la enseñanza de una economía crítica e integral, es la pérdida de la identidad e independencia de las universidades debido a que han sido capturadas por los intereses de las corporaciones y/o por la demanda del mercado. Se les ha presionado directa (o indirectamente) a convertirse en empresas educativas con la misión de formar a los dos tipos básicos de economistas que demanda el mercado en la fase actual del capitalismo: economistas especialistas altamente calificados/as y economistas generalistas poco calificados/as para apoyar a especialistas o para desempeñarse en funciones gerenciales. Esto a su vez ha conducido a una especie de fragmentación del conocimiento y a la ausencia de pensamiento crítico. ¿El resultado final? Economistas formados para adaptarse y/o colaborar con el status quo que mantiene a la mayor parte de la humanidad en la exclusión y la pobreza.
El mensaje que desde Harvard envían los y las estudiantes de economía, no debería pasar desapercibido por las escuelas de economía del mundo entero, en particular por las escuelas de economía de los países del sur. Es tiempo de rectificar el rumbo (si se ha perdido en algún momento). Es tiempo de separar la verdadera función universitaria de la función de formación técnica superior, y sobre todo, es tiempo de devolverle a la enseñanza de la economía el carácter crítico, riguroso e integral que tanta falta hace en los momentos actuales de crisis sistémica que ha provocado el sistema capitalista.
Si no actuamos ahora, con hechos y no con meros discursos, las escuelas de economía (y quienes trabajamos en ellas) estamos en riesgo de correr – más tarde o más temprano- con la misma suerte del desafortunado profesor Mankiw.
StarViewerTeam International 2011
Ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.
Autora:
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"A decir verdad, todavía no hemos salido de la humillación. Mas el mundo gira, la historia cambia y un tiempo se acerca, de ello estoy seguro, en que ya no estaremos solos". Albert Camus

Lo nuevo

Los municipios y Ley del Deporte del año 2011 II / Por: Abogado Eduardo Lara Salazar (*)

Gimnasio Vertical ChacaoSiendo el deporte uno de los sectores del que hacer público considerado como una competencia concurrente es menester que el legislador, en los distintos niveles del Poder Público, lleve a cabo las distribución de las competencias acorde con la posibilidad real en cada uno para que el contenido de la Ley Orgánica de Deporte, Educación Física y Actividad Física (LODEFAF, 2011) sea tangible con resultados específicos.


http://www.tuabogado.com/venezuela/noticias/podium-juridico/derecho/derecho-municipal/2797-los-municipios-y-ley-del-deporte-del-ano-2011-ii-por-abogado-eduardo-lara-salazar.html



Gaceta Oficial 39803 del 18 Noviembre 2011
Gaceta Oficial 39.803 del 18 Noviembre 2011
Sumario
Presidencia de la República
Decreto N° 8.607, mediante el cual se nombra a la ciudadana Consuelo Cerrada Méndez, Presidenta del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).
Decreto N° 8.608, mediante el cual se dispone que en su carácter de Patrimonio Cultural de la Nación, la obra y trayectoria de la agrupación Serenata Guayanesa serán objeto de preservación...


http://www.tuabogado.com/gaceta-oficial/gacetas-oficiales/gacetas-ordinarias/2011/3352-gaceta-oficial-39803-del-18-noviembre-2011.html


Decreto 8.563: Reglamento Parcial sobre la Superintendencia Nacional de Costos y Precios y el Sistema Nacional Integrado de Administración y Control ...
Decreto 8.563: Reglamento Parcial sobre la Superintendencia Nacional de Costos y Precios y el Sistema Nacional Integrado de Administración y Control de Precios.
Gaceta Oficial 39.802 del 17 Noviembre 2011
Decreto 8.563 08 de noviembre de 2011

HUGO CHÁVEZ FRÍAS
Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lo...


http://www.tuabogado.com/leyes/leyes/legislacion/1764-decreto-8563-reglamento-parcial-sobre-la-superintendencia-nacional-de-costos-y-precios-y-el-sistema-nacional-integrado-de-administracion-y-control-de-precios-gaceta-39802.html


INDEPABIS no tiene facultad para declarar ocupación temporal de inmuebles en casos de constructoras y tampoco puede ordenar la protocolización de do...
tsj.gov.ve
"En este orden de ideas, observa esta Sala prima facie que el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios determinó que la empresa recurrente había incurrido en la violación de los artículos 8 (numerales 2, 3 y 4), 16 (numeral 1), 17, 20 y 78 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, en razón de lo cual procedió a ordenar las siguientes acciones:


http://www.tuabogado.com/jurisprudencia/jurisprudencia/sentencias/contencioso-administrativo/366-indepabis-no-tiene-facultad-para-declarar-ocupacion-temporal-de-inmuebles-en-casos-de-constructoras-y-tampoco-puede-ordenar-la-protocolizacion-de-documentos.html

domingo, 20 de noviembre de 2011