TUBALANCEPERSONAL.com es una herramienta práctica, económica y sencilla en Venezuela y Estados Unidos que ayuda a las personas naturales y juridicas
martes, 3 de mayo de 2016
lunes, 25 de abril de 2016
lunes, 29 de febrero de 2016
Formato de Defensa Gremial para que los colegas participen en solicitud de inclusion con la Banca
Caracas_____________________
ATT: BANCO _____________
SUCURSAL:_______________
Ante todo un caluroso y afectuoso
saludo, a todo el equipo que conforma esta digna institución, Nosotros
dirigentes activos del Colegio de Licenciados en Administración del Dtto
Capital como apoyo logístico, estratégico, profesional; en pro de la activación
económica de los entes naturales y jurídicos de este país, nos vemos en la
obligación de resaltar que nuestros servicios aun no aparecen ( en sus páginas
web, oficinas, entre otros), como requisito indispensable en el área Financiera
que contribuye al adecuado desarrollo e impulso económico de nuestro país. Queremos
dar el aporte profesional necesario basados en la ley que nos faculta según
gaceta oficial de la República de Venezuela Nro 3.004 Extraordinario de fecha
26 de Agosto de 1982, y la resolución de la SUDEBAN SIB-11-GGR-GNP-40875 del 19
de Noviembre del 2014, por eso solicitamos su apoyo para
que a través de sus redes de información, hagan llegar a sus clientes y población
en general la información necesaria de que cuentan con un gremio activo y responsable que quiere
trabajar por sus intereses y una mejor Venezuela.
Muchas
gracias quedamos de Uds.
Lic. ____________________
Lac._________________
Recibido por :_______________
Fecha:__________________
viernes, 5 de diciembre de 2014
SUDEBAN EXHORTA A INSTITUCIONES BANCARIAS A ACEPTAR ESTUDIOS, INFORMES Y DICTÁMENES FIRMADOS POR LOS LICENCIADOS EN ADMINISTRACIÓN
PRESIDENCIA CLADC
COMITÉ EJECUTIVO DE DEFENSA GREMIAL
Gracias al trabajo en equipo entre el Presidente del Colegio de Licenciados en Administración del Distrito Capital (CLADC): Lcdo. Jesús Álvarez, el Comité Ejecutivo de Defensa Gremial del Distrito Capital, liderado por los Lcdos. Freddy Velásquez y Víctor Castillo Mc Pherson, en compañía de la Presidenta de la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela (FECLAVE): Lcda. Lilian Agüero y Vicepresidente de la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela (FECLAVE): Lcdo. Héctor Hernández; la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) en respuesta a comunicación enviada y gestiones realizadas por el Comité de Defensa Gremial del Colegio de Licenciados en Administración del Distrito Capital, exhorta a través de circular SIB-II-GGR-GNP-40875 de fecha 19/11/2014 enviada a las instituciones bancarias, a aceptar los estudios, informes y dictámenes firmados por los Licenciados en Administración.
Además de los Colegas mencionados que conformaron esta comisión mixta CLADC-FECLAVE, en sus mesas de trabajo previas a este comunicado, se contó con el apoyo de las Abogadas Yolanda Guerrero, Julia Pereira de la Consultoría Jurídica del Comité de Defensa Gremial, Dr. José Ruiz Roa, Presidente Vitalicio de la Federación de Colegios de Licenciados en Administración de Venezuela, Lcdo. Roy Machado Vicepresidente del CLADC, Lcdo. Rafael Carta La Guardia, Lcdo. Alexander Lamas Polanco y Lcdo. Miguel Aguilera. Es digno mencionar que en reuniones anteriores con otros Superintendentes de la SUDEBAN, que precedieron a la actual Superintendenta Mary Espinoza de Robles, y su directiva, además de la Presidenta de FECLAVE, Lcda. Lilian Agüero en años previos estuvieron por CONAPROLAC, los Licenciados Freddy Hernández, Jesús Barrios y José Pastor Bullones.
viernes, 19 de septiembre de 2014
Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE)
Categoría: Noticias
La Ley Orgánica de Precios Justos en su Artículo 23 establece que “la inscripción es requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país”.
Objeto
Este registro será de carácter público y accesible para aquellas personas naturales y jurídicas que fabriquen, importen, distribuyan y comercialicen bienes y servicios y desarrollen cualquier actividad económica en el País.
Sujetos
Personas tanto Naturales como Jurídicas, Fabricantes, importadores, distribuidores, comerciantes, y afines e incluso aquellas personas quienes ofrezcan servicios como honorarios profesionales y desarrollen cualquier actividad económica en el País, deberán inscribirse obligatoriamente ante el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE)
Los sujetos de aplicación deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados, específicamente: registro único de información fiscal (R.I.F), razón social, dirección de la empresa, sucursales y almacenes, entre otros.
Lapso
Los sujetos tendrán ciento ochenta (180) días continuos a partir del treinta y uno (31) de Marzo del 2014 (fecha en la cual entró en vigencia este sistema) para completar el proceso de inscripción ante la Superintendencia de Precios Justos. A saber la fecha límite para la inscripción será el día veintiocho (28) de Septiembre del presente año 2014.
Sanción
Quienes no formalicen su inscripción en el tiempo establecido por la Ley, serán ser sancionados con multa de 200 a 5000 unidades tributarias (UT).
Es importante recordar, que la ley dicta igualmente como medida sancionatoria para todo aquel sujeto de aplicación que especule, acapare y realice usura una sanción de suspensión temporal en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE).
Este registro será de carácter público y accesible para aquellas personas naturales y jurídicas que fabriquen, importen, distribuyan y comercialicen bienes y servicios y desarrollen cualquier actividad económica en el País.
Sujetos
Personas tanto Naturales como Jurídicas, Fabricantes, importadores, distribuidores, comerciantes, y afines e incluso aquellas personas quienes ofrezcan servicios como honorarios profesionales y desarrollen cualquier actividad económica en el País, deberán inscribirse obligatoriamente ante el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE)
Los sujetos de aplicación deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados, específicamente: registro único de información fiscal (R.I.F), razón social, dirección de la empresa, sucursales y almacenes, entre otros.
Lapso
Los sujetos tendrán ciento ochenta (180) días continuos a partir del treinta y uno (31) de Marzo del 2014 (fecha en la cual entró en vigencia este sistema) para completar el proceso de inscripción ante la Superintendencia de Precios Justos. A saber la fecha límite para la inscripción será el día veintiocho (28) de Septiembre del presente año 2014.
Sanción
Quienes no formalicen su inscripción en el tiempo establecido por la Ley, serán ser sancionados con multa de 200 a 5000 unidades tributarias (UT).
Es importante recordar, que la ley dicta igualmente como medida sancionatoria para todo aquel sujeto de aplicación que especule, acapare y realice usura una sanción de suspensión temporal en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE).
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