domingo, 4 de marzo de 2012

Título V: Del Impuesto sobre las Ganancias Fortuitas y Ganancias de Capital

Título V: Del Impuesto sobre las Ganancias Fortuitas y Ganancias de Capital
Capítulo II: Del Impuesto sobre las Ganancias de Capital
Artículo 67.-
Se crea, en los términos en este Capítulo, un gravamen proporcional a los dividendos originados en la neta del pagador que exceda de su renta neta fiscal gravada.
A todos los efectos de este Capítulo, se considerará renta neta aquella aprobada por la Asamblea de Accionistas y con fundamento en los estados financieros elaborados de acuerdo a lo establecido en el artículo 91 de la presente Ley. Los bancos o instituciones financieras o de seguros regulados por Leyes especiales en el área financiera y de seguro deberán igualmente considerar como neta, la anteriormente señalada. Asimismo, se considerará como renta fiscal gravada, la sometida a las tarifas y tipos proporcionales establecidos en esta Ley diferente a los aplicables a los dividendos conforme a lo previsto en este Capítulo.
Parágrafo Único: La Administración Tributaria aplicará las reglas de imputación establecidas en este Capítulo y determinará la parte gravable de los dividendos repartidos, en los casos en que la sociedad no haya celebrado Asamblea para aprobar el balance y el estado de resultados.
Artículo 68.-
Se considera como enriquecimiento neto por dividendos, el ingreso percibido a tal título, pagado o abonado en cuenta, en dinero o en especie, originado en la renta neta no exenta ni exonerada que exceda de la fiscal, que no haya sido gravada con el impuesto establecido en esta Ley.
Igual tratamiento se dará a las acciones emitidas por la propia empresa pagadora como consecuencia de aumentos de capital.
Parágrafo Único.-Se considera como dividendo la cuota parte que corresponda a cada acción en las utilidades de las compañías anónimas y demás contribuyentes asimilados, incluidas las que resulten de cuotas de participación en sociedades de responsabilidad limitada
Artículo 69.-
El excedente de renta neta a considerar a los fines de la determinación del dividendo gravable, será aquel que resulte de restarle a ésta, la renta neta fiscal gravada y la renta derivada de los dividendos recibidos de otras empresas.
Parágrafo Primero.-Los dividendos recibidos de empresas constituidas y domiciliadas en el exterior o constituidas en el exterior y domiciliadas en Venezuela, estarán excluidos de la renta neta prevista en este Artículo . En tal sentido, dichos dividendos estarán sujetos a un impuesto proporcional del treinta y cuatro por ciento (34%), pudiendo imputar a dicho resultado, el impuesto pagado por este concepto fuera del territorio venezolano, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 2º de esta Ley.
Parágrafo Segundo.-La renta de fuente extranjera distinta a los dividendos expresados en el parágrafo anterior, que fue tomada en cuenta conforme al Artículo 1º se considerará que forma parte de la renta neta fiscal gravada.
Artículo 70.-
A los efectos del régimen aquí previsto, los dividendos pagados o abonados en cuenta, se imputarán en el siguiente orden:
a) En primer lugar, a la renta neta fiscal gravada en el ejercicio inmediatamente anterior a aquél en que ocurre el pago, los cuales no serán gravados.
b) En segundo lugar, a los dividendos recibidos de terceros por el pagador en el ejercicio inmediatamente anterior a aquél en que ocurre el pago, los cuales ya fueron gravados como tales o se originaron de la renta neta fiscal gravada en cabeza de la sociedad que origina el dividendo.
c) En tercer lugar, a la renta neta que exceda de la renta neta fiscal del ejercicio inmediatamente anterior a aquél en que ocurre el pago, los cuales serán gravados conforme a lo previsto en este capítulo.
Artículo 71.-
Agotadas las utilidades del ejercicio inmediato anterior al pago, conforme al orden de imputación señalado en el Artículo precedente, o si no hay utilidades en ese ejercicio, se presumirá que los dividendos que se repartan corresponderán a las utilidades del ejercicio más cercano al inmediato anterior a aquel en que ocurre el pago y su gravabilidad se determinará en el mismo orden de imputación establecido en el Artículo anterior, hasta que las utilidades contra las que se pague el dividendo correspondan a un ejercicio regido por la Ley que se modifica, caso en el cual no serán gravables.
Artículo 72.-
Las sociedades o comunidades constituidas en el exterior y domiciliadas en Venezuela o constituidas y domiciliadas en el exterior que tengan en el país un establecimiento permanente estarán obligadas a pagar, en su carácter de responsables, por cuenta de sus socios, accionistas o comuneros, un impuesto del treinta y cuatro por ciento (34%) sobre su enriquecimiento neto no exento ni exonerado, que exceda del enriquecimiento neto gravado en el ejercicio.
Este dividendo presunto no procede en los casos en que la sucursal pruebe, a satisfacción de la Administración Tributaria, que efectuó totalmente en el país la reinversión de la diferencia entre la renta neta fiscal gravada y la renta neta. Esta reinversión deberá mantenerse en el país por el plazo mínimo de cinco (5) años. Los auditores externos de la sucursal deberán presentar anualmente con la declaración de rentas, una certificación que deje constancia que la utilidad a que se contrae este Artículo se mantiene en Venezuela.
Tal enriquecimiento se considerará como dividendo o participación recibido por el accionista, socio o comunero en la fecha de cierre del ejercicio anual de la sociedad o comunidad.
El reglamento determinará el procedimiento a seguir. Esta norma sólo es aplicable al supuesto previsto en este Artículo .
Artículo 73.-
Se considerará dividendo pagado, sujeto al régimen establecido en el presente capítulo, los créditos, depósitos y adelantos que hagan las sociedades a sus socios, hasta el monto de las utilidades y reservas conforme al balance aprobado que sirve de base para el reparto de dividendos, salvo que la sociedad haya percibido como contraprestación intereses calculados a una tasa no menor a tres (3) puntos porcentuales por debajo de la tasa activa bancaria, que al efecto fijará mensualmente el Banco Central de Venezuela y que el socio deudor haya pagado en efectivo el monto del crédito, depósito o adelanto recibidos, antes del cierre del ejercicio de la sociedad. A los efectos de este Artículo , se seguirá el mismo orden establecido en el Artículo 70 de esta Ley.
Se excluye de esta presunción los préstamos otorgados conforme a los planes únicos de ahorro a que se refiere el ordinal 8º del Artículo 14 de esta Ley.
Artículo 74.-
El impuesto proporcional que grava el dividendo en los términos de este Capítulo, será del treinta y cuatro por ciento (34%) y estará sujeto a retención total en el momento del pago o del abono en cuenta.
Parágrafo Primero: En los casos de dividendos en acciones, emitidos por la empresa pagadora a personas naturales o jurídicas, el impuesto proporcional que grava el dividendo en los términos de este Capítulo, estará sujeto a un anticipo del impuesto del uno por ciento (1%) sobre el valor total del dividendo decretado, que se acreditará al monto del impuesto proporcional que resulte a pagar en la declaración en los términos señalados en este Capítulo.
La empresa pagadora deberá exigir el comprobante respectivo del pago del anticipo a que hace referencia el párrafo anterior, a los fines de registrar la titularidad de las acciones en el libro de accionistas que a tal efecto lleve dicha empresa.
Parágrafo Segundo: Cuando los dividendos provengan de sociedades dedicadas a las actividades previstas en el encabezamiento del artículo 11 de esta Ley, se gravarán con la alícuota del cincuenta por ciento (50%), sujeta a retención total en la fuente.
Parágrafo Tercero: Cuando los dividendos provengan de sociedades que reciban enriquecimiento netos derivados de las actividades previstas en el aparte único del artículo 12 de la Ley, se gravarán con la alícuota del sesenta por ciento (60%), sujeta a retención total en la fuente.
Artículo 75.-
En aquellos supuestos en los cuales los dividendos provengan de sociedades cuyo enriquecimiento neto haya estado sometido a gravamen por distintas tarifas, se efectuará el prorrateo respectivo, tomando en cuenta el monto de la renta neta fiscal gravado con cada tarifa.
Artículo 76.-
Las disposiciones del presente capítulo serán aplicables a los contribuyentes asimilados a las compañías anónimas.
Artículo 77.-
Los ingresos obtenidos por las personas naturales, jurídicas o comunidades, por la enajenación de acciones, cuya oferta pública haya sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores, en los términos previstos en la Ley de Mercado de Capitales, siempre y cuando dicha enajenación se haya efectuado a través de una Bolsa de Valores demiciliada en el país, estarán gravadas como un impuesto proporcional del uno por ciento (1%), aplicable al monto del ingreso mutuo de la operación.
Parágrado Único.-En el supuesto de pérdidas que puedan producirse en la enajenación de dichas acciones, las pérdidas causadas no podrán ser deducidas de otros enriquecimientos del enajenante.
Artículo 78.-
El impuesto previsto en el artículo anterior, será retenido por la Bolsa de Valores en la cual se realice la operación, y lo enterará en una Receptoría de Fondos Nacionales dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de haberse liquidado y retenido el impuesto correspondiente.
Artículo 79.-
Los ingresos brutos percibidos por los conceptos a que se contrae este título, se considerarán como enriquecimientos netos y se excluirán a los fines de la determinación de la renta global neta gravable conforme a otros Títulos de esta Ley.

5 Razones Fabulosas Para Empezar Tu Propio Negocio


5 Razones Fabulosas Para Empezar Tu Propio Negocio
¿Has soñado con ser dueño de tu propio negocio en algún momento?

No estás solo. Todos los días, miles de personas aquí en Estados Unidos están realizando sus sueños empresariales. Lo bueno es que hoy en día, es más fácil que nunca empezar un negocio exitoso.
Tu también, puedes iniciar tu propia empresa, única y lucrativa. Sin embargo, tienes que saber lo que estás haciendo, si no, podrías cometer muchos errores críticos.
Es mi propósito ayudarte a iniciar y promover tu negocio en forma sabia y exitosa.
El primer paso en este proceso, es tener muy buenas razones por las qué debes tener un negocio propio.
En este articulo, voy a mencionar sólo 5 de las Fabulosas Razones que he descubierto durante mis 23 años de experiencia como empresario pero hay muchas más.
Primera razón - Todos los beneficios de tu trabajo son tuyos
Cuando trabajas como empleado, tu patrón compra tus servicios por un precio bajo y los vende por un precio más elevado. Es decir, estás ayudando a tu patrón hacerse rico, mientras vendes tu tiempo valioso por un salario bajo.
Como empleado, trabajas todas esas horas y después que gastes tu cheque estás en cero de nuevo. En el fondo, no has construido absolutamente nada para ti y los tuyos. Has desperdiciado otras 50 o 60 horas de tu vida por una miseria de dinero y ya se fue tu recompensa.
Ahora tienes que salir otra vez a vender otra trozo de tu vida para conseguir otro cheque y pagar más impuestos al gobierno.
Por otra parte, cuando tu pequeño negocio genera ganancias, son tuyas. Nadie va a intentar quitar lo que has ganado, con la excepción del servicio de impuestos internos (IRS).
Por qué enriquecer el negocio de tu patrón, cuando puedes enriquecerte con tu propio negocio que será un activo valioso para ti y tu familia.
Segunda razón - Un negocio propio te ofrece la oportunidad de generar ganancias sin limites
Como empleado, tu renta tiene límites extremos puestos en ella. Siempre ganarás menos que tu supervisor, gerente, etc. La única excepción a esto es cuando trabaja como vendedor.
Sin embargo, hay casos en que los vendedores que ganen demasiado dinero pueden ser víctimas de un plan de comisión reestructurado.
En cambio, cuando tienes tu propia empresa, es posible controlar tus ingresos personales. Tengo clientes que han empezado micronegocios que están ganando $12,000, $24,000 y más de $80,000 al año trabajando desde sus casas.
Tengo otros clientes que tienen pequeñas empresas que generan más de $150,000 al año para sus dueños.
¡En realidad, el cielo es el limite! Sólo el ser empresario te ofrece la oportunidad única de ganar todo el dinero que quieres.
Tercera razón - Tendrás más control sobre tu tiempo y destino personal.
Estarás completamente a cargo de tu tiempo y destino. Para muchos dueños de pequeñas empresas solo esta razón es suficiente para cambiar tu trabajo por un negocio propio.
Cuando sabes cómo estructurar tu negocio en forma correcta, experimentarás la libertad de no estar sujeto a jornadas excesivas de trabajo, así como a los altos impuestos y oportunidades limitadas de crecimiento personal y económico.
Por otra parte, si no sabes cómo desarrollar tu pequeña empresa en forma juiciosa, tener un negocio podría ser más esclavizante que trabajar como empleado. 
Cuarta razón - Cuando eres empresario, el gobierno estadounidense quiere ayudarte a lograr el éxito y a ganar más dinero.

El sistema económico aquí en los Estados Unidos fue creado especialmente para el empresario independiente. Esto se puede verificar estudiando la gran cantidad de ventajas tributarias, beneficios y programas de apoyo que el gobierno ofrece a los dueños de pequeñas empresas.
Incluso, si perteneces a un grupo minoritario, como los hispanos, existen muchos beneficios y recursos especiales para ayudarte a empezar y desarrollar un negocio en USA.
Cuando trabajas como empleado común, tienes muy pocos descuentos fiscales. Lamentablemente, los empleados pagan el porcentaje más alto de su sueldo bruto en impuestos en este país.
Como empleado ganas tu sueldo, luego el gobierno descuenta los impuestos federales y estatales, mas la seguridad social más y el Medicare.
En cambio, como dueño de negocio, tu empresa genera ingresos, después puedes descontar los gastos fijos y variables asociados con el negocio.
Además, si sabes hacerlo en forma correcta, podrías convertir muchos gastos personales en gastos de negocio. Finalmente, pagas impuestos solamente sobre la ganancia neta que tu negocio genera.
Muy de vez en cuando, un buen contador te puede ayudar a mostrar una perdida fiscal aunque en realidad tu negocio generó utilidades.
Esto podría ahorrarte miles de dólares cada año.
Quinta razón - Puedes construir un negocio con tu familia y otros seres amados
Cuando trabajas como empleado, tu vida laboral y tu vida familiar son totalmente separadas. Ha veces tu esposa y niños no entienden ninguna cosa referente a tu trabajo.
Trabajando como empleado, puedes tener el mismo trabajo por 40 años, pero no tienes nada que dejar de herencia a tu familia.
Tampoco, no puedes dejar un puesto especifico a tus herederos.
En cambio, cuando tienes un negocio propio, no sólo puede participar tu pareja, si no que también tus hijos pueden aprender algo de lo que heredarán algún día.
Hay muchos negocios familiares que han existido por más de 100 años y tu tienes la oportunidad de también construir una dinastía.
Además, tu raza, nacionalidad, nivel de educación, sexo, apellido y dominio del idioma inglés no deben ser barreras significativas si sabes cómo aprovechar tus talentos, pasiones y otros recursos intangibles para diseñar un negocio único y lucrativo en forma exitosa.
 

Contadores deberán denunciar delitos

Contadores deberán denunciar delitos
18.02.201205:25 AM Según lo que establece la normativa, el profesional que se encuentre con un manejo sospechoso de recursos, tendrá que llevar las pruebas ante una oficina
Aileen Nieto
Barcelona.- El presidente de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, Rafael Rodríguez Ramos, informó que desde el pasado 31 de enero, fecha en que se promulgó la Ley contra la Delincuencia Organizada, el gremio está obligado a denunciar irregularidades en los balances y estados financieros de sus clientes.
Según lo que establece la normativa, el profesional que se encuentre con un manejo sospechoso de recursos, tendrá que llevar las pruebas ante una oficina que instalará próximamente el Ejecutivo Nacional en cada región. De lo contrario, podría recibir una multa de 500 Unidades Tributarias (Bs 45.000) a 1.000 UT (Bs 90.000).
“A los contadores nos convierten en parte del sistema de apoyo del Gobierno y el Seniat para la detección de lavado de dinero y terrorismo. No estamos en contra de que se tomen medidas contra estos delitos, pero el problema es que nos coloca en una posición en la que podemos ser objeto de retaliaciones graves”.
Por otra parte, Rodríguez indicó que la Federación solicitará a la Superintendencia Nacional de Costos y Precios Justos estandarizar el formato en que las empresas deben entregar sus estados de costos, para evitar retrasos y trámites engorrosos y generar mayor confianza en el proceso.
Adecuados
Rodríguez agregó que próximamente el gremio activará una normativa para que los contadores tomen un examen que los certifique como “verdaderos profesionales” y que será obligatorio para colegiarse. También continuará con los cursos y talleres a escala nacional.

Nueva Ley de Costos no ataca a los factores inflacionarios

Nueva Ley de Costos no ataca a los factores inflacionarios
Aún sin anunciarse los precios de productos regulados

Caracas, febrero 21 (El Universal).- El año 2012 transcurre en medio de una coyuntura política electoral inédita, en la que el Gobierno debe afrontar un candidato opositor más fuerte que nunca, pero en la que también debe atender un problema crónico como la inflación, amén de otras distorsiones relacionadas con la actividad productiva, el mercado cambiario y la política monetaria. Los indicadores de escasez, que han retomado niveles no vistos desde hace casi cuatro años, empiezan a aquejar de nuevo a la población y al Gobierno. Para José Manuel Puente, profesor del Iesa y doctor en Economía Política en la universidad de Oxford en Inglaterra, "la escasez existe pero el Gobierno prefiere la inflación, porque la escasez es mucho más costosa políticamente que la inflación, pues al votante promedio le molesta no conseguir pañales o leche. Y el Gobierno seguirá jugando ese juego a lo largo de 2012".
Y aunque todavía no se anuncian los precios regulados a través de la Ley de Costos y Precios Justos, Puente advierte que esa ley no resolverá el problema de la inflación. "Mi percepción es que no controlará la inflación, que es un problema complejo, un fenómeno que puede tener diferentes orígenes por la vía de la demanda o la oferta. Y en Venezuela son varios los desequilibrios. Si bien la especulación es uno de esos fenómenos, y es deber del Estado regular con base a información y capacidad técnica, el origen especulativo (de la inflación) es uno de ellos" indica.
"La ley de Costos solo ataca la especulación pero no resuelve la política fiscal expansiva y el gasto público que impacta la liquidez", subraya Puente. Y al respecto, destaca que la masa monetaria creció por encima de 15% durante el año 2011, el salto más pronunciado desde 2006. "Eso es gasolina pura para la inflación", señala. www.notitarde.com

Sistema de Gestión Estratégica: Execution Premium Process (XPP) con el modelo Balanced Scorecard (BSC) como elemento central.

Generalmente las llamadas “Modas Gerenciales” no son mas que una sucesión continua de diferentes técnicas y filosofías que se complementan y se nutren mutuamente y en su esencia pareciera que siempre se tratara de lo mismo. Muchas incluyen palabras que transmiten un poder de talismán  (p.ej. visión estratégica, inteligencia emocional, reingeniería) y si están aderezadas con alguna palabra en ingles ( p.ej. Empowerment, Benchmarking, Downsizing, Outsourcing) lucen mas convincentes y poderosas.
Sin embargo hay que admitir que estas “Modas Gerenciales” cada dia se hacen mas Sistémicas, Integrales y Holísticas, es decir, siguen la tendencia de las ciencias en estos últimos años ( p.ej. la medicina, la psicología) y para los Licenciados en Administración, el estudio de estas Modas es muy importante. Por esta razón les dejo este articulo del Lic. Juan Carlos Aranibar (abajo un resumen y en el anexo el articulo completo) que trata sobre la XPP (Execution Premium Process) un Sistema de Gestión Estratégica basada en el Modelo de Balanced Score Card de los profesores Dr. R. Kaplan y Dr. D.Norton.

Saludos
Lic. Armando S. Roo

Sistema de Gestión Estratégica: Execution Premium Process (XPP) con el modelo Balanced Scorecard (BSC) como elemento central.


Expertos renombrados como Michael Porter y Michael Hammer coinciden: sin procesos operativos y de gobernabilidad excelentes, la estrategia –incluso la más visionaria- no puede ser puesta en ejecución. Inversamente, sin una visión y dirección estratégicas, la excelencia operacional no es suficiente para lograr, y menos aún sostener, el éxito en un Sistema de Gestión Estratégica.
Estudios desarrollados en los últimos años, demuestran que más de la mitad de las organizaciones encuestadas utilizan procesos formales de gestión de la ejecución estratégica. De éstas, tres cuartas partes superan a su grupo de similares.
Contrariamente, de las organizaciones sin un proceso formal de la ejecución, un 75% se desempeña por debajo o igual que el promedio de sus pares. El tener un sistema formal de la ejecución de la estrategia, al parecer, mejora el desempeño de la estrategia probablemente hasta 3 veces más.
Son variados los modelos y sistemas para gestionar la estrategia empresarial alineada a sus operaciones. Uno de los más posicionados hasta ahora, sobretodo en empresas, es el Sistema de Gestión Estratégica XPP de 6 etapas propuesto por los profesores Robert Kaplan y David Norton, cuya arquitectura comprensiva e integrada enlaza explícitamente la formulación y el planeamiento de la estrategia con la ejecución operativa.
El moderno Sistema de Gestión Estratégica obedece a la consecución de 6 etapas:
•    Etapa 1. Desarrollo de la estrategia usando un conjunto de herramientas tales como declaraciones de la misión, los valores, y la visión (MVV); análisis externo competitivo, económico, y ambiental; metodologías tales como las cinco fuerzas de Michael Porter y marco de posicionamiento competitivo, el enfoque de la estrategia basada en recursos, y las estrategias de “océano azul”, así como el planeamiento de escenarios, la simulación dinámica, y juegos de guerra.
•    Etapa 2: Traducir la estrategia usando herramientas tales como mapas estratégicos y Cuadro de Mando Integral, junto con metas e iniciativas estratégicas. También se considera gastos asociados al trabajo relacionado con la estrategia (STRATEX, Strategy Expeditures).
•    Etapa 3: Alinear la organización con la estrategia, conectando en cascada mapas estratégicos y Tableros de Comando a todas las unidades de la organización, alineando a empleados a través de un proceso formal de  comunicaciones y enlazando los objetivos e incentivos personales con los objetivos estratégicos lo cual es una parte vital del Sistema de Gestión Estratégica XPP.
•    Etapa 4: Planear las operaciones usando herramientas tales como calidad y gestión de procesos, reingeniería, paneles de control de proceso, pronósticos cíclicos, costeo basado en actividades, planeamiento de capacidad de recursos y presupuestación dinámica.
•    Etapa 5: Supervisar y aprender sobre problemas, barreras y desafíos. Este proceso integra la información sobre las operaciones y la estrategia en una estructura cuidadosamente diseñada de reuniones para revisión por parte de la gerencia.
•    Etapa 6: Probar y adaptar la estrategia, usando datos operacionales internos y nuevos datos del contexto y competitivos externos para así comenzar un nuevo ciclo del planeamiento estratégico integrado y ejecución operativa.

Licenciados en Administración de todo el país realizaron encuentro

Licenciados en Administración de todo el país realizaron encuentro
 
 
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El evento se realizó en un reconocido hotel de la capital regional
 
Hernán Velazco
Foto: David Carrasco
Ciudad Bolívar.- Organizaciones gremiales de licenciados en administración provenientes de todo el país, se dieron cita desde el viernes en horas de la tarde en un hotel de la capital regional en lo que fue la apertura al Primer Directorio Nacional Ampliado (Dinam), que tuvo como sede al estado Bolívar.
Lilian Agüero Castillo presidenta de la Federación de Colegios de Licenciados en Administración a nivel nacional, dijo que este evento tiene como objetivo iniciar el intercambio de ideas y experiencias profesionales para mejorar cada día más las labores desempeñadas por los administradores en todo el territorio nacional.
“Estamos concentrados unos 20 representantes de los distintos colegios de licenciados en administración que hacen vida en todo el país, quienes presentan su informe de gestión correspondiente al año 2011, lo cual nos sirve para ir retroalimentándonos de esas experiencias en aras de mejorar sustancialmente nuestra profesión”, destacó la declarante.
De igual manera, informó la fémina que se realizó la ponencia por parte de Juan Escobar, quien funge como un destacado especialista en las ciencias de administración, con reconocida trayectoria a nivel nacional e internacional.
En ese orden de ideas, Agüero Castillo expresó que la administración es una profesión muy amplia, que requiere actualizaciones constantes para mejorar los trabajos desempeñados en esa área. “Por ello, constantemente hacemos este tipo de encuentros que son sumamente positivos para todos los agremiados”.
Agregó que en noviembre del año pasado estuvieron presentes en un encuentro en Montevideo, capital de Uruguay, donde se activó la Organización Latinoamericana de Administración. “Estamos haciendo un trabajo nacional e internacional con agremiados de toda Latinoamérica que nos siguen dando herramientas para solidificar nuestra profesión y adecuarla a las exigencias de los nuevos tiempos”, habló. De igual modo destacó que los aportes dados por los profesionales venezolanos en esta rama, son reconocidos a nivel internacional.
La programación de esta actividad se inició desde el viernes en horas de la tarde con el registro de inscripciones y entrega de material de apoyo para establecer las mesas de trabajo. Ese mismo día se ofreció una misa de acción de gracias a las cinco de la tarde.
Otro aspecto importante tocado en este encuentro fue la actual situación financiera del país y las oportunidades de trabajo existentes en la actualidad para los nuevos egresados en administración de las diversas universidades a nivel nacional.
Presentación de informes
Durante el evento las palabras de bienvenida estuvieron a cargo de representantes de la Coordinación General del Colegio de Licenciados de Ciudad Bolívar, de la licenciada Nuvis Maurera. Asimismo, se ofrecieron los informes sobre los distintos encuentros deportivos realizados durante el año pasado por los agremiados y además iniciar el plan organizativo para las próximas competiciones deportivas.

PARA VIVIR LA CUARESMA

PARA VIVIR LA CUARESMA
 
Para no perder el rumbo esta Cuaresma, encontrarás a continuación 21 sencillas recomendaciones:
1. Procura ser amable con las personas con quienes convives.
2. Haz un esfuerzo por dialogar en familia sobre aquellos asuntos que convienen al espíritu familiar.
3. Sé atento con tus semejantes. y si conduces, hazlo cristianamente.
4. Recorta las horas de televisión y el tiempo dedicado a las redes sociales de Internet.  En cambio amplia las de reflexión y oración.
5. Haz alguna lectura que te ayude a profundizar tu fe.
6. Controla tus apetitos: dulces, refrescos, tabaco, alcohol y sé más libre.
7. Dedica algún tiempo diario a la lectura de la Palabra de Dios.
8. Lucha contra el malhumor y la tristeza. Saborea lo bello de la vida.
9. Presta mayor atención a las personas que a las cosas. En especial quienes más lo necesitan: ancianos, enfermos, necesitados. Trátalos con cariño.
10. Comparte tu dinero un poco más con otros que tienen menos, a costa de caprichos, chucherías, aperitivos,  etc.
11. Mejora en el trabajo, consciente de tu ideal cristiano.
12. Cuida la naturaleza como don de Dios, evitando todo desorden.
13. Evita la crítica negativa, viendo y hablando de lo positivo que puedes descubrir en cada semejante.
14. Disminuye el consumo de alcohol y si alguien cercano se excede, ayúdale a planteárselo e intentar superar el vicio.
15. Fomenta la paz a tu alrededor. Prescinde de enfados, violencias, malos modales, groserías, insultos, etc.

16. Participa más en los actos y celebraciones de la Comunidad y de los Sacramentos.17. Di la verdad. Habla claro, sin hipocresías ni mentiras.
18. Intenta hacer felices a los tuyos, con tus detalles y cariños.
19. Reduce tu tiempo de uso del móvil o minimiza el envío de mensajes SMS.
20. Haz un propósito concreto, signo principal de tu ejercicio cuaresmal, de tu primera atención; y participa en todas las celebraciones de Cuaresma y Pascua.
21. Realiza un retiro Cuaresmal. Ponte en silencio para meditar delante del Señor y pregúntale qué es lo que quiere de ti, qué es lo que espera de ti en tus circunstancias actuales.
(material tomado de http://webcatolicodejavier.org/vivircuaresma.html). Para saber más acerca de la cuaresma:http://www.aciprensa.com/fiestas/cuaresma/vivircua.htm

Un abrazo a todos.

10 FABULOSAS IDEAS PARA VENDER MA$

10 FABULOSAS IDEAS PARA VENDER MA$
Por Charles Denney
1. Vende tu persona, no sólo tu producto. La gente tiene que confiar en ti y sentirse a gusto cuando estén tratando contigo. Por eso, debes invertir el tiempo necesario para crear afinidad con el cliente y establecer un vínculo emocional antes de cerrar la venta.
2. El entusiasmo contagia. Comunica a tu cliente el entusiasmo que sientes hacia tu producto, servicio y negocio. ¡Si puedes contagiar a clientes potenciales con ese estusiasmo, tus ventas y ganancias aumentarán rapidamente!
3. Explota tu ventaja competitiva. Identifica la ventaja o beneficio más poderoso que tus competidores no ofrecen y úsalo como tu principal mensaje de venta.
4. La gente esta acostumbrada a respetar y valorar los consejos de personas con autoridad. Por eso, deja saber a tus prospectos que tú eres el presidente o propietario del negocio. Al saber esto, ellos te respetarán más y estarán más dispuestos a hacerte un pedido inmediatamente.
5. Ofrece una consulta gratuita a clientes potenciales antes de que compren tu producto o servicio. De esta manera, tendrán la oportunidad de conocerte a ti y a tu empresa sin riesgo. Esta táctica inevitablemente te generará un sinnúmero de ventas. 
6. Comunica un sentido de urgencia a tus clientes para que compren de inmediato. Mucha gente estará interesada en tu producto. Pero podrían posponer su decisión de compra u olividarla. Por esta rázon, debes motivarlos a actuar ahora.
7. Déjale saber al comprador que tu propuesta es única y limitada con el fin de crear un sentido de urgencia. Puedes ofrecer el mismo producto o servicio, pero siempre con otro precio, bono o plan de pago.
8. Ofrece a los compradores una garantía que va más alla que lo normal. En vez de garantizar el producto por 30 dias, ofréceles algo adicional. Diles que pueden probar el producto por un mes y quedarse con el incentivo aunque devuelvan el producto original. Este tipo de garantía siempre te ayudará a incrementar tus ventas. Aprenda más
9. Para que compren, siempre busca maneras de dar a tus clientes más confianza. Muestra personas reconocidas usando y recomendando tu producto, publica fotos y testimonios de clientes satisfechos. Ofrece referencias comerciales y personales de modo que un cliente nuevo pueda verificar que tú y tu empresa son confiables.
10. Ofréceles entrega gratis a tus prospectos si compran ahora mismo. Diles que la entrega normalmente les saldría $25, $50, ó $75 dólares, pero si toman la decisión ahora, la entrega sería gratis. Aunque esta técnica tenga un costo, te ayudará a multiplicar tus ventas y ganancias. ¿Y eso es lo que deseas, cierto? 

Economista Herrera: inflación no bajará de 30% en 2012

Economista Herrera: inflación no bajará de 30% en 2012
  La inflación cerrará el año en 32,6% aproximadamente de mantenerse las condiciones económicas actuales. Esa es la estimación inicial que hace la economista Tamara Herrera, quien manifestó que la represión de los precios no ayudará a calmar el Indice Nacional de Precios, mal incontenible durante los últimos 30 años.
Durante su participación en el Foro de Perspectivas Económicas organizado por VenEconomía, señaló que el año 2012 se presenta como un punto decisivo y de inflexión, donde el Gobierno buscará crecer, extremar el estímulo fiscal y monetario, contener la inflación, asegurar el abastecimiento, crear Misiones y reformar leyes de gran importancia.
Los resultados ya están en la calle: para los dos primeros meses del año, el Ejecutivo ha desembolsado 20% del presupuesto, equivalente a 55 mil millones de bolívares, lo cual supera en 59% el gasto para la misma fecha del año 2011.
Sobre las Reservas Líquidas, Herrera apuntó que hay una tendencia a que disminuyan desde la creación del Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden), puesto que en 2009 se encontraban en 17 mil millones de dólares, para 2010 se redujeron a nueve mil millones, en 2011 ya eran de cinco mil millones y para el pasado 27 de febrero quedaban apenas un mil 757 millones de dólares.
Aun quedan opciones para revertir esta tendencia, aseguró al tiempo que enumeraba las medidas: reducir la venta de divisas al sector público, vender más dólares Pdvsa al BCV, frenar la transferencia de activos del BCV al Fonden y paralizar las operaciones con oro, “esto no necesariamente pone en peligro la capacidad de pago para honrar su deuda”, aclaró.
En este punto entra la Ley de Costos y Precios Justos, al tiempo que expuso que hasta ahora la congelación de precios ha contenido el IPC, aunque no ha sido determinante, “el Gobierno sabe que congelar los precios de los productos es riesgoso. Se busca desacelerar los bienes de alta inflación, mientras se acepta el aumento de los costos de los alimentos”.
Controles malos y peores
También en referencia a la Ley de Costos, Jorge Botti, presidente de Fedecámaras, explicó que al comparar los precios de los artículos regulados con los no controlados durante los últimos ocho años, se obtiene que el segundo grupo ha sufrido una inflación entre 7 y 17 puntos inferior.
Esto obedece, según relató, a que la escasez se produce coyunturalmente, mientras el Gobierno decide aumentar los precios, “pasan a la informalidad y deben pagarse con un sobreprecio hasta de 300% por encima de lo que debería ser su valor real del mercado”. (LC) www.el-carabobeno.com

385 empresas tienen hasta el 13 de marzo para objetar nuevos precios

385 empresas tienen hasta el 13 de marzo para objetar nuevos precios
28-Feb 06:38 pm|CL
La Sundecop informó a través de su portal web, que las empresas podrán presentar sus observaciones en relación a la metodología de análisis de costos y los precios fijados por el organismo en la sede principal de Caracas. Consulte el listado
 
La Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop), informó este martes a través de un comunicado expuesto en su portal web, que 385 empresas deberán presentar en un plazo no mayor de dos semanas las observaciones que consideren pertinentes en relación a la metodología de análisis de costos y los precios fijados a través de la Providencia Administrativa Nº 053 de fecha 27 de febrero de 2012.

Dichas observaciones tendrán que ser presentadas en la sede de la Sundecop, ubicada en la avenida principal de la urbanización El Bosque, entre el 29 de febrero y el martes 13 de marzo, en el horario comprendido entre las 8:30 am a las 12:30 pm y de las 2:00 pm a las 5:30pm. Planta Baja, oficina de Atención al Ciudadano.

Pertenezco a una cooperativa... ¿Declaro Islr?

Pertenezco a una cooperativa... ¿Declaro Islr?

Las Asociaciones Cooperativas son "empresas" conformadas por personas que se unen mediante un acuerdo voluntario, cuya intención es hacer frente a necesidades y aspiraciones económicas de estas personas llamadas "asociados", en donde la participación de cada uno en el beneficio es determinada por el trabajo o la actividad realizada en el logro del propósito común y no por la cantidad de dinero o bienes que haya aportado; en cambio, una empresa mercantil (compañía) distribuye la ganancia entre los socios en proporción al capital económico que cada uno aportó.
En las cooperativas el trabajo es deber de todos los asociados, con derecho a participar en los "excedentes" que se produzcan por todos. Los excedentes son los ingresos (cobros) obtenidos por la cooperativa restándoles los egresos (pagos); lo que para una compañía es la renta (utilidad o ganancia) para las cooperativas es un excedente; finalmente es repartido entre los asociados luego de deducir los fondos y reservas establecidos en la ley. Las cooperativas deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta a fin de informar al Seniat (no pagan) sobre los ingresos, egresos y excedentes obtenidos en el año.
Los asociados que aportan su trabajo a la cooperativa tienen derecho a recibir dinero periódicamente (semanal o mensual) según su participación; se conoce como "anticipos a societarios" y se reciben a cuenta de los excedentes que se producen en todo el año en la cooperativa. Los asociados deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta al Seniat sobre el dinero recibido periódicamente (anticipos a societarios) y el recibido al final del año (excedentes), cuando sea mayor a 1.000 unidades tributarias. Para el año 2011 cuando el dinero recibido sea mayor a bolívares 76.000,00 con la unidad tributaria de bolívares 76,00.
Las cooperativas también pueden contratar excepcionalmente los servicios de trabajadores no asociados, es decir trabajadores que no pertenezcan a la cooperativa. Esta contratación se regirá por la Ley Orgánica del Trabajo; también devengarán los beneficios que se otorguen a los asociados. Los trabajadores no asociados deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta sobre los salarios y emolumentos mayores a 1.000 unidades tributarias. Para el año 2011 cuando este dinero ganado sea mayor a bolívares 76.000,00 con la unidad tributaria de bolívares 76,00.
La cooperativa debe entregar a los asociados y trabajadores no asociados para realizar la declaración el comprobante por concepto de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares (ARC-V). En este comprobante la cooperativa detallará mes a mes el dinero pagado, y debe ser entregado a todos, estén obligados o no a presentar la declaración, es decir, hayan ganado o no montos mayores a bolívares 76.000,00. La declaración puede presentarse electrónicamente a través de la página www.seniat.gob.ve o manualmente en el formulario DPN-25 (solo si hay pago). El pago deberá realizarlo en cualquier oficina receptora de fondos nacionales (bancos autorizados).
"El Estado que posea el mejor sistema nacional de educación será el mejor Gobierno". Robert Owen, considerado el padre del cooperativismo.

Reforma de LOT debe centrarse en jornada laboral y régimen de prestaciones sociales

Reforma de LOT debe centrarse en jornada laboral y régimen de prestaciones sociales
 El foro concentró en el auditorio de la Fundación Cipriano Jiménez Macías a cerca de 300 personas.
 ALFREDO FERMÍN
Antonio Espinoza Prieto, asesor de la comisión presidencial para la modificación de la Ley Orgánica del Trabajo, propone que esta reforma, anunciada para el 1º de mayo, debe circunscribirse de acuerdo con una disposición transitoria de la Constitución, a la restitución del régimen de prestaciones sociales, reducción de la jornada de trabajo y a la prescripción de las prestaciones que resulten de la reforma.
“Este debe ser el comienzo de una reforma integral de la legislación laboral, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las normas de protección de la Lopcymat y el sistema de seguridad social”, propuso Espinoza Prieto en el foro “Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo”, patrocinado por el Colegio de Licenciados en Relaciones Industriales, Asociación Venezolana de Derecho del Trabajo y Seguridad Social y el Grupo de Relaciones Industriales del estado Carabobo.
El foro, que concentró en el auditorio de la Fundación Cipriano Jiménez Macías a cerca de 300 personas, comenzó con una exposición de Napoleón Goizueta, presidente de la Asociación Venezolana de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. “Esta es la oportunidad de hacer observaciones a la comisión presidencial para, por lo menos, generar discusión porque esta ley es el núcleo central de la legislación laboral en el país”.
Recordó que cuando se hizo la reforma de la Ley en 1997, se dijo que se robaron las prestaciones sociales de los trabajadores. Sin embargo, después de tantos años no se ha estudiado si eso fue cierto o si el régimen contenía aspectos más favorables.
“Antes eran 30 días, calculados al último salario. Hoy son 60 días más dos. Lo que se ha debido hacer es un estudio objetivo, desprejuiciado para irse por el sistema más conveniente”.
35 horas semanales
Goizueta advirtió que, de acuerdo con la disposición constitucional, se debe volver al recálculo de las prestaciones, pero advierte que “no se puede legislar sin tomar en cuenta el artículo 108 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo”.
Guido Urdaneta, abogado especialista en Derecho del Trabajo y profesor de Derecho del Trabajo y Derecho Procesal del Trabajo, está de acuerdo con la adaptación de la prescripción en lo que se refiere al régimen de prestaciones sociales. Pero propone que, para reclamar otros derechos, es suficiente un año y no diez años como está previsto.
Jacquelina Richter, profesora de Sociología Jurídica y Derecho del Tabajo en la Universidad Central, advirtió que no es verdad que la reducción de la jornada laboral mejorará la calidad de vida de los trabajadores. “No se está tomando en cuenta el tiempo para la gestión cotidiana y la vida emocional”.
Antonio Espinoza Prieto, quien tuvo a su cargo la clausura del foro, está de acuerdo con la tesis de Michel Recard, ex primer ministro del presidente Miterrand, en Francia, de establecer 35 horas semanales (siete horas diarias durante cinco días).
Considera que es un planteamiento lógico porque el descanso del sábado y del domingo es una práctica universal, por lo cual puede considerársele un derecho adquirido de los trabajadores.
Si se aprueba esta tesis será necesario modificar la jornada nocturna y establecerla en seis horas y media diarias (32 horas y medias semanales). En consecuencia sería eliminada la jornada mixta.
Para Espinoza Prieto la retroactividad no se discutirá porque la Constitución ordenó volver al régimen de prestaciones sociales en la disposición transitoria 4-3, que ordenó a la Asamblea Nacional, en el primer año de su instalación, una reforma a la Ley Orgánica del Trabajo, nuevo régimen para el derecho de prestaciones sociales reconocido en su artículo 92.
En este foro también participaron los especialistas Héctor Jaime Martínez, Héctor Lucena y María Esperanza Hermida. www.el-carabobeno.com