sábado, 31 de mayo de 2014

Periodo de Lactancia?​??



Buenas tardes, Coleg@s

Por favor me pudieran informar cómo funciona y que se debe hacer, para que la empresa pueda cumplir con este beneficio a sus trabajadores, ¿cuánto dura?, ¿de cuánto tiempo son los descansos?, ¿cuánto descanso son por día?, etc.

Por favor si me pudieran especificar, en que articulo y en que Ley, se lo agradezco.

Porque tenía entendido que era hasta los 6 meses, 2 periodo de hora y media cada uno al día, pero parece que hay una modificación y se amplía este beneficio???

Buenas aquí esta información por periodo de lactancia:


En Venezuela, La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), permite a las madres lactantes, tomar un permiso especial para amamantar. Dicho permiso consiste en dos descansos durante la jornada laboral, cuya duración, dependen de la disponibilidad o no, de una guardería para los hijos de las trabajadoras.  A continuación transcribo el Art. 345 de la mencionada Ley.

 

Artículo 345 . Durante el período de lactancia, la mujer tendrá derecho a dos descansos diarios de media hora cada uno, para amamantar a su hijo o hija en el Centro de Educación Inicial o sala de lactancia respectiva.

Si no hubiere Centro de Educación Inicial con sala de lactancia, los descansos previstos en este artículo serán de una hora y media cada uno.

Especial protección a la Lactancia Materna, se publica oficialmente en Gaceta Oficial, en el año 2007,  la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna (LPPLM)[4], una LEY ESPECIAL que establece en su Art. 2 lo siguiente:

 

Artículo 2. Todos los niños y niñas tienen derecho a la lactancia materna en condiciones adecuadas que garanticen su vida, salud y desarrollo integral. Asimismo, las madres tienen derecho a amamantar a sus hijos e hijas, con el apoyo y colaboración de los padres. Los padres y demás integrantes de las familias deben alentar y brindar todo el apoyo necesario para que las madres puedan ejercer el derecho humano previsto en este artículo en beneficio de sus hijos e hijas. 

El Estado, con la participación solidaria de las comunidades organizadas promoverá, protegerá y apoyará la lactancia materna exclusiva a libre demanda de los niños y niñas hasta los seis meses de edad y, la lactancia materna con alimentación complementaria oportuna, adecuada; inocua y debidamente administrada hasta los dos años de edad. El ministerio con competencia en materia de salud podrá incrementar esta edad mediante resolución especial.

 

Es así como esta normativa viene a establecer la insoslayable obligación del Estado de proteger la lactancia materna hasta los 2 años de edad, lo cuales abarcan una fase de Lactancia Materna Exclusiva de Seis (6) meses y una fase de Lactancia Materna con Alimentación Complementaria hasta los dos (2) años de edad.

 

Adicionalmente, se define la Lactancia Optima en el Art. 5 de la LPPLM en el Nral 6, que incorpora tanto la lactancia materna exclusiva como la complementaria: 

 

Artículo 5:   A los fines de esta Ley se entenderá por:

 

6. “Lactancia materna óptima”: Práctica de la lactancia materna exclusiva a libre demanda durante los primeros seis meses de edad del niño o niña, seguida de la provisión de alimentos complementarios, manteniendo la lactancia materna hasta los dos años de edad o hasta la edad establecida mediante resolución especial por el ministerio con competencia en materia de salud.

 

Los párrafos 3,4 y 5 de la exposición de motivos de la LPPLM, establecen:

 

 

“La lactancia materna exclusiva o complementada con otros alimentos es concebida y reconocida científicamente como el método ideal y la  estrategia nutricional por excelencia requerida por los niños y niñas  durante los primeros seis meses de vida y hasta los dos años.

 

El periodo entre el nacimiento y los dos años de edad es considerada  como "ventana de tiempo crítica" para la promoción del crecimiento, la  salud y el desarrollo óptimo de los niños.

 

En resumen, queda extendido el período de lactancia hasta los 2 años de edad del niño o niña. Durante el cual la madre tendrá derecho a disfrutar o bien de dos (2) permisos diarios de ½ hora cada uno si la Entidad de Trabajo cuenta con Sala de Lactancia o bien de dos (2) permisos diarios cada de 1 ½ Horas cada uno en caso contrario. Saludos

Lic. Alfredo Guevara

Esta info fue ubicada por:



@tubalancep

0212.3680810 / 0412.9997237

 

Revisión de procedimientos administrativos en una Agencia de Viajes

PRIMERO LA ECONOMIA



“Primero la economía… y ya vendrá la política”, Esta frase citada por el Profesor español Ramón Tamames en su libro: “El Siglo de China de Mao a primera potencia mundial” (Planeta 2008). Expresión que caracteriza la estrategia de crecimiento económico aplicada por china a partir del año 1978 bajo la dirección de Dan Xiaoping.

Frase cargada de un alto pragmatismo solo superada por la expresión atribuida al propio Xiaoping: “Qué más da que el gato sea blanco o negro, con tal que cace ratones”.

Tras el fallecimiento de Mao en 1976, Dan Xiaoping “supo valorizar a su favor el cansancio. El sufrimiento y los deseos de prosperidad del pueblo chino, consiguiendo así la total consolidación del poder durante una sesión plenaria del Comité Central del Partido Comunista Chino en diciembre de 1978, en la que se planteó el cambio político y social de China, con base en la idea de las cuatro modernizaciones en Agricultura, industria, defensa, y en ciencia y tecnología”.

En la parte industrial se crearon las Zonas Económicas Especiales (ZEE), con lo cual se impulsaron las inversiones extranjeras, sobre todo las de  las multinacionales de  uso intensivo en capital, cuyas formas de organización sirvieron de aprendizaje a las empresas chinas.

El avance económico de china ha sido imparable. En la actualidad es la segunda economía del mundo, aunque lo que tratamos de destacar no es el hecho de haber llegado sino la forma en que llegó, dándole la importancia que le corresponde a la materia económica. Primero la economía, con el objetivo trazado de alcanzar una “sociedad razonablemente acomodada en lo económico.

La economía China se transformó en una economía mixta donde en materia política continuó siendo centralizada, pero en materia económica se liberalizó el comercio de servicios y movimientos de capital, la aceptación del libre mercado y la adaptación al proceso de globalización. El Prof. Tamames señala que tarde o temprano esta apertura comercial traerá obligatoriamente una reforma política tendiente a la democratización o “quinta modernización”.


Si tuviéramos que definir al proceso económico que están adoptando los distintos países que han logrado un despegue económico (Taiwán, Corea, China, Japón, Chile en Suramérica) lo podríamos denominar: “Pragmatismo económico”, el cual se caracteriza por la aplicación del libre mercado para el intercambio de bienes y servicios, apertura comercial, fomento de las exportaciones no tradicionales y el cambio del rol del Estado en la economía. Fiscalizando y dedicándose a las labores que le son propias: seguridad y defensa, educación y la atención de los verdaderos problemas de su población, con un marcado énfasis en la seguridad social y, dejando en un segundo plano el componente político en resumen aplicando el principio de: “Primero la economía… y ya vendrá la política”.


--
Publicado por Narciso Guaramato Parra para ECONOMIA AL ALCANCE DE TODOS el 5/21/2014 08:12:00 a. m.
 
Esta info fue ubicada por:
@tubalancep
0212.3680810 / 0412.9997237

Se prorroga lapso de postulaciones al Reconocimiento “Don Eugenio Mendoza Goiticoa” a La Responsabilidad Social Empresarial 2014

FEDECAMARAS invita a las empresas del país y a sus organizaciones base, a participar en el Reconocimiento Eugenio Mendoza a la Responsabilidad Social Empresarial 2014.


Su empresa u organización, afiliada o no a Fedecámaras, o su cámara o asociación, si afiliada: ¿Cuida a sus empleados y colaboradores?, ¿contribuye al desarrollo socioeconómico de la comunidad donde opera?, ¿realiza programas para minimizar su impacto ambiental?, Si ha respondido positivamente a estas preguntas, lo invitamos a participar en este reconocimiento.
Con esta iniciativa, Fedecámaras persigue impulsar el valor de la empresa privada y otras organizaciones como generadoras de bienestar social de manera sustentable, a través de su trayectoria en el tiempo y la magnitud del compromiso contraído, reconociendo las mejores prácticas de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) del país.
Las autopostuladas deberán cumplir con los requisitos establecidos en las Bases del Reconocimiento, llenar los respectivos formularios de auto-diagnóstico y consignarlos, de ser seleccionados en la primera fase, enviará los recaudos para la fase de evaluación definitiva a comisiones@fedecamaras.org.ve hasta el
27 de junio de 2014 hasta las 5:00 p.m.
1.- BASES DEL RECONOCIMIENTO
Se reconocerá como una Mejor Práctica de RSE aquella acción, proyecto, programa o proceso que, en atención a una expectativa de un grupo de relación y en congruencia con una política de la organización que se autopostule, haya generado la resolución de un problema, la superación de una deficiencia, el mejoramiento de un proceso, el cambio de cultura organizacional, implantar la RSE en la empresa y la sociedad de manera transversal, con criterios éticos. Sus resultados deben ser mensurables, innovadores, sostenibles y replicables.
2.- ÁREAS DE RSE
Se considerarán iniciativas y proyectos en las siguientes áreas: familia, educación, salud, emprendimiento, violencia, igualdad de género, consumo responsable, respeto al individuo, desarrollo comunitario, comunicación y diálogo, trabajo decente, participación ciudadana, medio ambiente, proveedores, consumidores, clientes, derechos humanos, inclusión social, u otro aspecto de reconocido peso en la RSE.
3.- CATEGORÍAS
El Reconocimiento será otorgado en las siguientes categorías:
Categoría 1: Mejor práctica de RSE para EMPRESAS con menos de 50 empleados. Para aquellas empresas que a través de prácticas innovadoras han logrado impactos positivos en sus empleados, el ambiente o la comunidad donde opera la empresa.
BAJAR ALICACIÓN
Categoría 2: Mejor práctica de RSE para empresas con 50 o más empleados. Para aquellas empresas que a través de prácticas innovadoras han logrado impactos positivos en sus empleados, el ambiente o la comunidad donde opera la empresa. 
BAJAR ALICACIÓN
Categoría 3: Mejore prácticas de RSE para Cámaras y Asociaciones Afiliadas. Para aquellas cámaras que a través de prácticas innovadoras han logrado impactos positivos en sus empleados, el ambiente o la comunidad. 
BAJAR ALICACIÓN
Categoría 4: Mejor práctica de RSE en Alianza. Para aquellas empresas que han desarrollado prácticas innovadoras en alianza con otra organización, logrando impactos positivos en el ambiente o la comunidad. 
BAJAR ALICACIÓN
Categoría 5: Trabajador destacado en RSE. Para aquel trabajador que haya jugado un papel significativo en el desarrollo de la RS de su empresa o cámara. Solo podrá ser postulado por la gerencia o unidad de personal de su organización, y el postulado deberá tener al menos un año de antigüedad en la organización. 
BAJAR ALICACIÓN
4.- CONDICIONES
Para aplicar a este reconocimiento, la iniciativa debe tener como mínimo un año ejecutándose.
Ninguna organización podrá aplicar más de una vez para una misma categoría; podrá si, aplicar a varias categorías a la vez, si así lo desea; a saber:
1.- Una empresa de menos de 50 empleados puede autopostularse a la categoría 1, la categoría 4 y la categoría 5 simultáneamente, siempre y cuando las iniciativas sean diferentes.
2.- Una empresa de 50 o más empleados puede autopostularse para la categoría 2, la categoría 4 y la categoría 5 simultáneamente, siempre que las iniciativas sean diferentes.
3.- Una cámara puede postularse simultáneamente para la categoría 3, la categoría 4 y la categoría 5, siempre que las iniciativas sean diferentes.
Sólo los finalistas deberán enviarán soportes.
5.- JURADO CALIFICADOR
A través de un jurado multidisciplinario conformado por personalidades en el área de la RSE, la Comisión de RSE de Fedecámaras otorgará un reconocimiento para cada categoría.
Con la finalidad de destacar la importancia que Fedecámaras concede a la Responsabilidad Social Empresarial y realizar un evento especial a tal efecto, se prorroga el lapso de autopostulaciones al Reconocimiento Eugenio Mendoza Goiticoa a la RSE, con base en el siguiente cronograma:
6.- CRONOGRAMA


Viernes 27 de junio de 2014: 5:00 pm., fecha y hora límites para envío de planilla a comisiones@fedecámaras.org.ve
Lunes 14 de julio de 2014: Finalistas serán notificados por correo electrónico.
Lunes 4 de agosto de 2014: fecha límite para envío de soportes.
Lunes 25 de agosto de 2014: Notificación pública del reconocimiento.
Septiembre 2014
Acto de entrega en el auditorio de Fedecámaras.
7.- SOPORTES
- Copia de estatutos.
- Soportes vinculados a la información contenida en la Planilla de Auto diagnóstico.
- Piezas gráficas o audiovisuales que documenten el caso y promueva su divulgación como folletos, revistas, campañas publicitarias, videos y otros.
Los soportes serán tratados en forma estrictamente confidencial.

INFORMACIÓN:
La postulación y envío de recaudos debe ser enviada a:
Lic. Yurmerys Pizzella
Telf.: 212-731.18.45212-731.17.11212-731.17.13 Ext. 130
Email: comisiones@fedecamaras.org.ve
Dirección. Edificio FEDECÁMARAS. PH. El Bosque. Caracas
 
Esta info fue ubicada por:
@tubalancep
0212.3680810 / 0412.9997237

Default o suspensión de pagos


                             


Default

DEFAULT

Paúl Gutiérrez, Jesús

I. DEFINICIÓN

Default o suspensión de pagos es un término habitualmente utilizado en finanzas para hacer referencia a una situación en la que el prestatario no hace frente a las obligaciones legales que tiene con sus acreedores en la forma establecida en el contrato de reconocimiento de la deuda.

El default puede producirse con distintos tipos de deuda, ya sean bonos, hipotecas o préstamos.

Desde el punto de vista de la economía internacional, el término "default" es habitualmente utilizado para hacer referencia al impago de la deuda soberana (sovereign default), es decir, cuando un gobierno adopta la decisión de no pagar su deuda externa.

II. DEFAULT, QUIEBRA E INSOLVENCIA

El término default debe distinguirse de los términos insolvencia y quiebra:

·         Default básicamente hace referencia a la situación en la que el deudor no ha pagado la totalidad de las deudas que tiene con sus acreedores. La diferencia con la quiebra es que en este caso el deudor tiene suficientes activos para hacer frente a sus deudas, pero sus activos no son lo suficientemente líquidos.

·         El término insolvencia es un término legal que se refiere a una situación en la que el deudor es incapaz de pagar sus deudas.

·         El término quiebra es una situación jurídica en la que el deudor no puede hacer frente a los pagos que debe realizar, porque éstos son superiores a sus recursos económicos disponibles.

III. DEFAULT PRIVADO Y SOVEREIGN DEFAULT

Los prestatarios privados tienen un claro interés en no incurrir en el impago de sus deudas. En primer lugar, porque pueden ser obligados legalmente a cancelar sus deudas. Y, en segundo lugar, porque va a dificultar la futura obtención de financiación, ya que ese impago muy probablemente quedará reflejado en su reporte de crédito, lo cual prácticamente eliminará la posibilidad de que pueda optar a algún tipo de crédito futuro.

Sin embargo, cuando el prestatario es una nación independiente, es decir, cuando nos encontramos ante un prestatario soberano, el incumplimiento en el pago de su deuda (sovereign default) no está sujeto a las sanciones legales que pueden invocarse en los casos de incumplimiento privado. Por ejemplo, Citybank no puede sancionar a Perú de la misma manera que puede embargar la casa de un deudor particular moroso. Los acreedores no pueden demandar a un país soberano en un tribunal o apoderarse de sus activos.

No obstante, lo anteriormente indicado no significa que un estado soberano que opte por el impago de su deuda no tenga costes. Por el contrario, la suspensión de la deuda exterior soberana va a traer consigo una serie de costes que deberá sopesar un gobierno antes de tomar una decisión:

·         Embargo de activos: si el país deudor tiene inversiones en los bancos y empresas del país acreedor podría sufrir su embargo.

·         Exclusión de préstamos futuros: un país que incumple el pago de su deuda soberana puede ser excluido del mercado internacional de capitales durante un tiempo.

·         El país puede ver reducidas las ganancias del comercio internacional si pierde acceso a la financiación exterior o si se imponen barreras al comercio por parte de los países acreedores.

La decisión de continuar con el pago de la deuda o, por el contrario, suspender su pago, va a ser una decisión coste-beneficio del gobierno del país deudor. A partir de un determinado volumen de deuda exterior soberana el gobierno prestatario puede resultarle beneficioso repudiar su deuda.

Hay que destacar que una vez superados determinados niveles de deuda, el incremento en los costes y beneficios de la suspensión evolucionan de forma muy distinta. En concreto, el coste de no pagar aumenta más despacio con la deuda adicional que el beneficio de no reembolsar. Este es un hecho tenido en cuenta por los prestamistas, lo cual determina una prudencia en la concesión de préstamos a un deudor soberano.

IV. ALGUNOS EJEMPLOS DE SOVEREIGN DEFAULT

El impago de la deuda soberana ha sido una de las características del panorama financiero internacional durante siglos. Por ejemplo, en el período transcurrido entre 1500 y 1800 Francia impagó su deuda soberana un total de ocho veces; por su parte, entre 1500 y 1900 España no cumplió con sus obligaciones de deuda en un total de 13 veces. Asimismo, en el último cuarto del pasado siglo el "sovereign default" fue un elemento habitual entre las economías emergentes.

Entre los sovereign default registrados recientemente, podemos resaltar los siguientes casos:
 

·         Rusia (1998)

·         Indonesia (1998)

·         Pakistán (1998)

·         Ucrania (1998)

·         Ecuador (1999)

·         Argentina (2001)

·         Uruguay (2001)

Jesús Paúl Gutiérrez
 
Esta info fue ubicada por:
@tubalancep
0212.3680810 / 0412.9997237

 

 

Realmente Quieres la libertad financiera para ti?


Hola te saluda Sebastian...
 
Hace un tiempo mientras dictaba un seminario sobre Finanzas Personales hice la siguiente pregunta al publico:
 
Que es la libertad financiera?
 
Recuerdo que alguien dijo: Ganar mucho dinero.
 
Otra persona dijo cuando sea millonario lograré la libertad financiera.
 
Recuerdo muy bien esta: Poder viajar a cualquier parte del mundo, con quien yo quiera, cada vez que quiera sin preocuparme por el dinero.
 
Todas: RESPUESTA EQUIVOCADA!
 
Dime para ti que es la libertad financiera?
 
Sabias que la libertad financiera se puede expresar en un número.
 
Claro ese numero es diferente para cada persona.
 
Veamos la definición de Robert Kiyosaki:
 
"La libertad financiera se logra cuando tus ingresos pasivos son superiores a tus gastos."
 
Que son los Ingresos pasivos? Son aquellos que se generan sin intercambio de tiempo, esfuerzo y conocimiento por dinero.
 
Un ejemplo sencillo son las rentas por inmuebles, no tienes que estar 8 horas al día en un inmueble para que el arrendatario te pague la renta mensual.
 
Otro ejemplo: Tengo ventas de un producto en Internet, una membresía, que genera ingresos recurrentes cada mes. Sin necesidad de que yo este ahí 8 horas al día, 6 días a la semana.
 
Pero bueno el punto es el siguiente:
 
Cualquier persona que quiera lograr la libertad financiera, necesita saber primeramente "Cual es el # de su libertad financiera"
 
Luego necesita conocer los caminos que le permitan lograrlo, es decir como generar múltiples fuentes de ingreso pasivo.
 
Y esto es lo que quiero enseñarte cuando obtengas el Material de Tips Financieros.
 
Además te voy a dar acceso a mi herramienta personal: Cuadro de mando de libertad financiera que te permitirá:
 
1. Conocer el número de tu libertad financiera
2. Controlar tus gastos diarios
3. Tomar mejores decisiones en el manejo del dinero
 
Un Abrazo
Tu amigo Sebastian
 
Por tu éxito financiero.
Esta info fue ubicada por:
@tubalancep
0212.6191140 / 0412.9997237


DECLARACIO​N ESTIMADA EN EXCEL

DPJ -  0028
DECLARACION ESTIMADA DE RENTAS Y PAGO PARA PERSONAS JURIDICAS, COMUNIDADES Y SOCIEDADES DE PERSONAS INCLUYENDO
ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS Y MINAS
A.- DATOS DEL CONTRIBUYENTE
EJERCICIO GRAVABLE
01     APELLIDOS Y NOMBRES - NOMBRES O RAZON SOCIAL:                      DESDE                     HASTA  
EL TRIUNFO, C. A.
1/1/2014 12/31/2014
06    DIRECCION DE RESIDENCIA O DOMICILIO FISCAL:  DIRECCION O DOMICILIO FISCAL: 03  Nª DE RIF:
AV. LA ESPERANZA   J-00000000-0
B.- DATOS DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL
APELLIDOS Y NOMBRES:                              ENRIQUE QUIJADA JEREZ JESUS DIAZ N° DE RIF:     V-00000000-0
C.- AUTOLIQUIDACION DE IMPUESTO 
CONCEPTOS Gravable con Tarifa 2 Gravable con Tarifa 3
1 FUENTE TERRITORIAL: ENRIQUECIMIENTO NETO (Ver sección D) 181                           - 3 182 0.00 6
2 FUENTE TERRITORIAL: PERDIDAS AÑOS ANTERIORES (Ver sección E) 173 0.00 7 174 0.00 6
3 FUENTE TERRITORIAL ENRIQUECIMIENTO GRAVABLE O PERDIDAS FISCAL (1 -2) 196                           - 4 197 0.00 3
4 FUENTE EXTRA TERRITORIAL:  ENRIQUECIMIENTO GRAVABLE O PERDIDAS FISCAL (Ver sección D) 401 0.00 9 406 0.00 4
5 RENTA MUNIDAL GRAVABLE O PERDIDA FISCAL (3 + 4) 431                           - 9      
6 IMPUESTO DETERMINADO SEGÚN TARIFA NO. 2 Y TARIFA NO. 3 185 0.00 5 186 0.00 4
    REBAJAS AL IMPUESTO
7 TOTAL REBAJA (SECCION F) 198 0.00 2  
8 TOTAL REBAJA (SECCION G) 199 0.00 1
     IMPUESTO DEL EJERCICIO
9 IMPUESTO DETERMINADO SEGÚN TARIFA NO. 2 MENOS REBAJAS 187 0.00 3  
10 IMPUESTO DETERMINADO TARIFA NO. 3 (MENOS REBAJAS 188 0.00 2
    IMPUESTO LIQUIDABLE
11 75% DEL IMPUESTO DETERMINADO EN 9 (TARIFA No. 2) 183 0.00 7  
12 96% DEL IMPUESTO DETERMINADO EN 6 (TARIFA No. 3) 184 0.00 6
13 TOTAL IMPUESTO LIQUIDABLE DEL EJERCICIO (11 + 12) 189 0.00 1
    ANTICIPOS APLICABLES AL IMPUESTO DEL EJERCICIO
14 TOTAL IMPUESTOS RETENIDOS HASTA EL MES ANTERIOR AL PLAZO PARA DECLARAR 221 0.00 9  
15 ANTICIPO POR ENAJENACION DE INMUEBLES 280 0.00 0  
16 IMPUESTO PAGADO EN DECLARACION SUSTITUIDA PLANILLA NO. 233 0.00 7  
17 TOTAL ANTICIPOS (14 + 15 + 16) 291 0.00 9
18 TOTAL IMPUESTO (SI 13 ES MAYOR O IGUAL A 17) ... (13-17) 290 0.00 0
19 CREDITO DEL EJERCICIO (SI 13 ES MENOR QUE 17) … (17 - 13) 297 0.00 3
    IMPUESTO PAGADO EN EXCESO
24 TOTAL IMPTO PAGADO EN EXCESO EN EJERC ANTERIORES (Ver Seccion 3) 241 0.00 9  
25 IMPUESTO PAGADO EN EXCESO A COMPENSAR (MONTO IGUAL O MENOR 24) 249 0.00 1  
26 TOTAL IMPUESTO A PAGAR ANTES DE LAS COMPENSACIONES (22 - 25) 355 0.00 5
D.- DATOS DE LA DECLARACION DEFINITIVA DEL AÑO ANTERIOR
EJERCICIO GRAVABLE No. Declaracion       ENRIQ NETO TERRITORIAL %  ENRIQ NETO ESTIMA      
DESDE          HASTA                          
01/01/13   /    31/12/13 00000000000000     Tarifa No. 2   0.00 80% 181 0.00 9      
TRASLADE EL ENRIQUECIMIENTO NETO ESTIMADO A LA SECCION "C" CASILLA NO. 1 0.00 8      
E.-  PERDIDAS DE AÑOS ANTERIORES PENDIENTES DE COMPENSACION  
EJERCICIOS   TARIFA No. 2 TARIFA No. 3
1 190 DESDE         HASTA     0   0 156 0.00 5 156 0.00 4
2 196 DESDE         HASTA     4   4 157 0.00 3 158 0.00 2
3 197 DESDE         HASTA     3   3 168 0.00 2 169 0.00 1
4 TOTAL PERIDAS FUENTE TERRITORIAL (TRASLADE A LA SECCION "C", CASILLA No. 2 193 0.00 7 194 0.00 6
F.- INVERSION ESTIMADA DE ACTIVIDADES DISTINTA A HIDROCARBUROS
Conceptos Inversión Anterior Inversion Estimada Rebaja de Impuesto
Excedente de rebajas años anteriores 820 0.00 329 0.00 9 822 0.00 8
Actividades industriales, agroindustriales y turísticas 831 0.00 334 0.00 8 833 0.00 7 10%
Actividades agricolas, pecuarias, pesqueras o piscicolas 842 0.00 339 0.00 7 844 0.00 6
TOTAL TRASLADE ESTE TOTAL A LA SECCION "c" CASILLA NO. 7 845 0.00 5
J.-  IMPUESTO PAGADO EN EXCESO EN EJERCICIOS  ANTERIORES  ( NO COMPENSADOS NI REINTEGRADOS )  
1 247 DESDE 1/1/2013 HASTA 12/31/2013 Declaracion No.    1390285025 248 0.00 2   2
2 246 DESDE 1/1/2013 HASTA 12/31/2013 Retenciones de Impuestos 250 0.00 0   2
TOTAL IMPUESTO PAGADO EN EXCESO EN EJERCICIOS ANTERIORES (NO COMPENSADOS NI REINTEGRADOS)   241 0.00  
Utilidad Neta Fiscal                            -
Valor de la Unidad Tributaria para el Periodo 127.00
Unidades tributarias para Impuesto 0.00
Tasa de Impuesto 15%
Impuesto en Unidades Tributarias 0.00
Sustraendo 0.00
Impuesto Neto en Unidades Tributarias 0.00
Impuesto en Bolívares 0.00
Total Impuesto del Ejercicico 0.00
Menos: Rebajas por Inversiones 0.00
Sub Total 0.00
75% de Impuesto Liquidable 0.00
Menos: Retenciones del Ejercicio 0.00
Crédito del Ejercicio 0.00
Impuesto a Pagar antes del descuento de impuestos pagados en exceso años anteriores 0.00
Retenciones de años anteriores 0.00
Crédito del Ejercicio (Retenciones del ejercicio actual mas retenciones del ejercicio anterior mas estimada) 0.00
Impuesto a Pagar 0.00

Esta info fue ubicada por:



@tubalancep

02126191140 / 04129997337