domingo, 4 de marzo de 2012

Pertenezco a una cooperativa... ¿Declaro Islr?

Pertenezco a una cooperativa... ¿Declaro Islr?

Las Asociaciones Cooperativas son "empresas" conformadas por personas que se unen mediante un acuerdo voluntario, cuya intención es hacer frente a necesidades y aspiraciones económicas de estas personas llamadas "asociados", en donde la participación de cada uno en el beneficio es determinada por el trabajo o la actividad realizada en el logro del propósito común y no por la cantidad de dinero o bienes que haya aportado; en cambio, una empresa mercantil (compañía) distribuye la ganancia entre los socios en proporción al capital económico que cada uno aportó.
En las cooperativas el trabajo es deber de todos los asociados, con derecho a participar en los "excedentes" que se produzcan por todos. Los excedentes son los ingresos (cobros) obtenidos por la cooperativa restándoles los egresos (pagos); lo que para una compañía es la renta (utilidad o ganancia) para las cooperativas es un excedente; finalmente es repartido entre los asociados luego de deducir los fondos y reservas establecidos en la ley. Las cooperativas deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta a fin de informar al Seniat (no pagan) sobre los ingresos, egresos y excedentes obtenidos en el año.
Los asociados que aportan su trabajo a la cooperativa tienen derecho a recibir dinero periódicamente (semanal o mensual) según su participación; se conoce como "anticipos a societarios" y se reciben a cuenta de los excedentes que se producen en todo el año en la cooperativa. Los asociados deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta al Seniat sobre el dinero recibido periódicamente (anticipos a societarios) y el recibido al final del año (excedentes), cuando sea mayor a 1.000 unidades tributarias. Para el año 2011 cuando el dinero recibido sea mayor a bolívares 76.000,00 con la unidad tributaria de bolívares 76,00.
Las cooperativas también pueden contratar excepcionalmente los servicios de trabajadores no asociados, es decir trabajadores que no pertenezcan a la cooperativa. Esta contratación se regirá por la Ley Orgánica del Trabajo; también devengarán los beneficios que se otorguen a los asociados. Los trabajadores no asociados deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta sobre los salarios y emolumentos mayores a 1.000 unidades tributarias. Para el año 2011 cuando este dinero ganado sea mayor a bolívares 76.000,00 con la unidad tributaria de bolívares 76,00.
La cooperativa debe entregar a los asociados y trabajadores no asociados para realizar la declaración el comprobante por concepto de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares (ARC-V). En este comprobante la cooperativa detallará mes a mes el dinero pagado, y debe ser entregado a todos, estén obligados o no a presentar la declaración, es decir, hayan ganado o no montos mayores a bolívares 76.000,00. La declaración puede presentarse electrónicamente a través de la página www.seniat.gob.ve o manualmente en el formulario DPN-25 (solo si hay pago). El pago deberá realizarlo en cualquier oficina receptora de fondos nacionales (bancos autorizados).
"El Estado que posea el mejor sistema nacional de educación será el mejor Gobierno". Robert Owen, considerado el padre del cooperativismo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario